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RESOLUCIÓN N° 2569CAN · Resoluciones2026-03-13

ENCARGO TEMPORAL DE LA SECRETARÍA GENERAL

RESOLUCIÓN N° 2569 Encargo temporal de la Secretaría General LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA; VISTOS: El literal a) del artículo 30 del Acuerdo de Cartagena; el literal b) del artículo 11 y el artículo 14 de la Decisión 409; el artículo 57 de la Resolución 2518 que contiene el Reglamento Interno de la Secretaría General de la Comunidad Andina; las Resoluciones 2133, 2236 y 2460; y,

CONSIDERANDO

Que, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 14 de la Decisión 409, en concordancia con el artículo 57 del Reglamento Interno de la Secretaría General de la Comunidad Andina, en caso de ausencia temporal del Secretario General, éste encargará interinamente la Secretaría General a cualquiera de los Directores Generales; Que, el Secretario General se ausentará del 16 al 18 de marzo de 2026, con motivo de su asistencia al evento Regional de Alto Nivel denominado “Lanzamiento de la ampliación del Programa EUROFRONT: un horizonte renovado de cooperación y seguridad fronteriza” en la ciudad de Quito, Ecuador;

Que, se ha informado a los miembros del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores sobre la participación del Secretario General en el citado evento, mediante comunicación SG/E/DS/468/2026, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 14 de la Decisión 409; Que, mediante la Resolución 2133, de 25 de febrero de 2020, se designó al señor Diego Fernando Caicedo Pinoargote como Director General de la Secretaría General de la Comunidad Andina, por un período de tres años, el cual fue prorrogado mediante Resolución 2326 por tres años más, hasta el 31 de marzo de 2026;

Que, mediante Resolución 2460, de 30 de diciembre de 2024, se designó al señor Diego Fernando Caicedo Pinoargote como Director General de Comercio;

RESUELVE

Artículo 1º. - Encargar temporalmente la Secretaría General al Director General de Comercio, Diego Fernando Caicedo Pinoargote, en tanto dure la ausencia del Secretario General de la Comunidad Andina. Artículo 2º.- El Director General encargado deberá informar al Secretario General sobre las actuaciones y decisiones que haya suscrito y/o autorizado durante la vigencia del encargo.

Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los trece días del mes de marzo del año dos mil veintiséis. Gonzalo Gutiérrez Reinel Embajador Secretario General