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PROCESO 02-AI-2020CAN · Interpretaciones prejudiciales2022-05-05

ACCIÓN DE INCUMPLIMIENTO INTERPUESTA POR LA REPÚBLICA DEL PERÚ EN CONTRA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA, POR SUPUESTA VIOLACIÓN DE LOS ARTS. 3 Y 18 DE LA DECISIÓN 398 DE LA COMISIÓN DEL ACUERDO DE CARTAGENA, DE LOS ARTS. 3 Y 15 DE LA DECISIÓN 837 DE LA COMISIÓN DE LA COMUNIDAD ANDINA Y DEL ART. 4 DEL TRATADO DE CREACIÓN DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA

pe de y 0 2 e 4 pas PROCESO 02-Al-2020 Acción de incumplimiento interpuesta por la República del Perú en contra del Estado Plurinacional de Bolivia, por supuesta violación de los arts. 3 y 18 de la Decisión 398 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena, de los arts. 3 y 15 de la Decisión 837 de la Comisión de la Comunidad Andina y del art. 4 del Tratado de Creación del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina Magistrado sustanciador: Hernán Rodrigo Romero Zambrano SA SECRETA En San Francisco de Quito, el 27 de abril de 2022, en el marco de la acción de incumplimiento interpuesta por la República del Perú en contra del Estado Plurinacional de Bolivia, por supuesta violación de los arts. 3 y 18 de la Decisión 398 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena, de los arts. 3 y 15 de la Decisión 837 de la Comisión de la Comunidad Andina y del art. 4 del Tratado de Creación del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, el Magistrado sustanciador adopta el siguiente Auto!: VISTO: El Auto del 19 de abril de 2022 emitido por el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina (en adelante, el Tribunal o el TJCA).

El Memorando N* 185-TJCA-2022 de fecha 21 de abril de 2022, suscrito por el Secretario del TJCA.

CONSIDERANDO

Que, mediante Auto de fecha 19 de abril de 2022, el TJCA decidió, entre otros, convocar a las partes del proceso a una audiencia pública en la fecha y hora previamente coordinada por la Secretaría del TJCA?; Que, por Memorando N* 185-TJCA-2022 de fecha 21 de abril de 2022, el Secretario del TJCA informó lo siguiente: 1 De conformidad con lo establecido en el art. 24 del Reglamento Interno del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, aprobado mediante el Acuerdo 01/2020 publicado en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena núm. 4011 del 30 de junio de 2020. 2 En la misma providencia, se encargó a la Secretaría del TJCA la coordinación de los aspectos técnicos y logísticos que sean necesarios para la efectiva realización de la diligencia convocada. añ á a) RIA > 3) Proceso 02-AT-2020 «( ) Consultada la agenda de los señores Magistrados, la referida audiencia podrá ser realizada el jueves 16 de junio del presente año, a las 10:00 horas.

Por otra parte, me permito informar que se tomó contacto con el señor Carlos Rabanal Sobrino, Director de Coherencia Jurídica y Defensa de Compromisos Comerciales Internacionales del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo de la República del Perú, quien confirmó la disponibilidad de la parte demandante para comparecer a la audiencia en la fecha y hora indicadas.

Asimismo, informo que se tomó contacto con el apoderado de la parte demandada, Dr. David Padilla Moreno, quien, tras las respectivas consultas con la Procuraduría General del Estado del Estado Plurinacional de Bolivia, confirmó la disponibilidad de la parte demandada para comparecer a la referida audiencia en la fecha y hora antes mencionadas.

( )> Que, corresponde fijar la fecha para la realización de la audiencia por medios telemáticos que fue convocada por el TJCA, mediante Auto de fecha 19 de abril de 2022; Que, de conformidad con lo anterior, el Magistrado sustanciador del presente proceso: DECIDE: ÚNICO: Fijar el jueves 16 de junio de 2022, a las 10:00 horas, como fecha y hora para la realización de la audiencia por medios telemáticos que fue convocada por el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, dentro del presente proceso.

NOTIFÍQUESE,

CÚMPLASE Y PUBLÍQUESE. E J j ¡QUUIL XA A Y Ú y Hernán Rodrigo Romero Zambrano — Luis Felipe Aguil r Feijoó - Magistrado-sustanciador Secretario +