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RESOLUCIÓN N° 329CAN · Resoluciones de la Junta del Acuerdo de Cartagena1992-12-03

INCLUSIÓN DE PRODUCTOS EN LA NÓMINA DE PRODUCTOS NO PRODUCIDOS PARA EFECTOS DE LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 65 DEL ACUERDO

ACUERDO DE CARTAGENA JUNTA Resolución 329 3 de diciembre de 1992 RESOLUCION 329 RESOLUCION 329 Inclusión de productos en la Nómina de Productos No Producidos para efectos de la aplicación del Artículo 65 del Acuerdo LA JUNTA DEL ACUERDO DE CARTAGENA, VISTOS: El Artículo 65 del Acuerdo y las Decisiones 70 y 83 de la Comisión;

CONSIDERANDO

Que el Acuerdo de Cartagena, en su Artículo 65 establece que, cuando se trate de productos no producidos en la Subregión, cada país podrá diferir la aplicación de los gravámenes comunes, hasta el momento en que la Junta verifique que se ha iniciado su producción; Que para efectos de la aplicación de esta norma, el Artículo 10 de la Decisión 70 estableció que la Comisión, a propuesta de la Junta, aprobaría una nómina de productos respecto de los cuales no existe producción en la Subregión;

Que la conformación de la referida nómina fue aprobada mediante la Decisión 83 de la Comisión; Que el Gobierno de Colombia mediante facsímil SIE-DGA-91 del 13 de junio de 1991 solicitó incluir en la Nómina de Productos No Producidos el producto Embriones congelados de animales, que pertenece a la subpartida NANDINA 0511.99.90; Que el Gobierno de Perú mediante facsímil No. 109-92-VMIGNI/DGAPIF del 18 de mayo de 1992 solicitó incluir en la Nómina de Productos No Producidos a las subpartidas NANDINA 2836.10.00, 2841.30.00, 2915.12.10, 2921.19.00 y 2929.10.90;

Que el Gobierno de Venezuela mediante facsímil 2233/156 con fecha 20 de mayo de 1992 solicitó incluir en la Nómina de Productos No Producidos las subpartidas NANDINA 2820.10.00, 2824.10.00, 2824.20.00, 2824.90.00, 2825.90.30, 2834.22.00, 2835.24.00, 2841.70.00, 2841.80.00 y 2841.90.00; Que el Gobierno de Colombia mediante facsímil DGN-112 del 11 de junio de 1992 solicitó incluir en la Nómina de Productos No Producidos la subpartida NANDINA 9027.10.10 Analizadores de gases o de humos: eléctricos o electrónicos;

Que el Gobierno de Colombia mediante facsímil MINCOMEX No. 207 del 10 de julio de 1992, solicitó incluir en la Nómina de Productos No Producidos a la subpartida NANDINA 7115.10.00; Que de conformidad con lo establecido en el Artículo 12 de la Decisión 70, la Junta adelantó las consultas con los Países Miembros sobre la no existencia de producción subregional de los productos a que se refieren las solicitudes presentadas por los Gobiernos de Colombia, Perú y Venezuela;

Que los Gobiernos de los Países Miembros en algunos casos respondieron favorablemente y en otros no contestaron dentro de los plazos previstos en la Decisión 70; -2-

RESUELVE

Artículo 1.- Incluir en la Nómina de los Productos No Producidos a que se refiere el Artículo 1 de la Decisión 83 de la Comisión, los productos que figuran en el Anexo de la presente Resolución. Artículo 2.- En cumplimiento del Artículo 13 de la Decisión 9 de la Comisión, comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, que entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.

Dada en la ciudad de Lima, a los tres días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y dos. IVAN GABALDON MARQUEZ MANUEL JOSE CARDENAS JOSE RAFAEL SERRANO HERRERA -3- ANEXO NANDINA Ex. 0511.99.90 DESCRIPCION Los demás (productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otras partidas; animales muertos de los capítulos 1 ó 3, impropios para la alimentación humana). - Embriones congelados. 2820.10.00 Dióxido de manganeso 2824.10.00 Monóxido de plomo (litargirio y masicot) 2824.20.00 Minio y minio anaranjado 2824.90.00 Los demás (óxidos de plomo) 2825.90.30 Peróxidos metálicos 2834.22.00 Nitratos de bismuto 2835.24.00 Fosfatos de potasio Ex. 2836.10.00 Carbonato de amonio comercial y demás carbonatos de amonio - Bicarbonato de amonio 2841.30.00 Dicromato de sodio 2841.70.00 Molibdatos 2841.80.00 Tungstatos (volframatos) 2841.90.00 Las demás (sales de los ácidos oxometálicos y peroxometálicos) 2915.12.10 Formiato de sodio 2921.19.00 Las demás (monoaminas acíclicas, sus derivados y sales de estos productos) 2929.10.90 Los demás (isocianatos) 7115.10.00 Catalizadores de platino en forma de telas o enrejados. 9027.10.10 Eléctricos o electrónicos (analizadores de gases o de humos). ****