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RESOLUCIÓN N° 1139CAN · Resoluciones2007-12-20

PRECIOS DE REFERENCIA DEL SISTEMA ANDINO DE FRANJAS DE PRECIOS PARA LA PRIMERA QUINCENA DE ENERO DE 2008, CORRESPONDIENTES A LA CIRCULAR N° 307 DEL 20 DE DICIEMBRE DE 2007

20 de diciembre de 2007 2.22.46 RESOLUCION 1139 Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios para la primera quincena de enero de 2008, correspondientes a la Circular N° 307 del 20 de diciembre de 2007 LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: El Tratado de Creación del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, la Decisión 371 de la Comisión sobre el Sistema Andino de Franjas de Precios, las Resoluciones 1072 y 1123 de la Secretaría General y el Reglamento de Procedimientos Administrativos de la Secretaría General, contenido en la Decisión 425 del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores; y,

CONSIDERANDO

Que, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 22 de la Decisión 371, y para efectos de la aplicación de las Tablas Aduaneras publicadas en las Resoluciones 1072 y 1123, o de efectuar los cálculos establecidos en los artículos 11, 12, 13 y 14 de la Decisión 371, la Secretaría General debe comunicar quincenalmente a los Países Miembros los Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios;

Que, de conformidad con lo establecido en los artículos 17, 37 y 44 del Reglamento de Procedimientos Administrativos de la Secretaría General, se señala que contra la presente Resolución cabe interponer recurso de reconsideración dentro de los 45 días siguientes a su publicación en la Gaceta Oficial, así como acción de nulidad ante el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, dentro de los dos años siguientes a la fecha de su entrada en vigencia;

RESUELVE

Artículo 1.- Se fijan los siguientes Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios correspondientes a la primera quincena de enero de 2008: |NANDINA |PRODUCTO MARCADOR |PRECIO DE REFERENCIA (USD/t) | |0203.29.00 |Carne de cerdo |1 337 |(Un mil trescientos treinta y | | | | |siete) | |0207.14.00 |Trozos de pollo |1 144 |(Un mil ciento cuarenta y cuatro) | |0402.21.19 |Leche entera |3 796 |(Tres mil setecientos noventa y | | | | |seis) | |1001.10.90 |Trigo |403 |(Cuatrocientos tres) | |1003.00.90 |Cebada |226 |(Doscientos veintiséis) | |1005.90.11 |Maíz amarillo |210 |(Doscientos diez) | |1005.90.12 |Maíz blanco |230 |(Doscientos treinta) | |1006.30.00 |Arroz blanco |415 |(Cuatrocientos quince) | |1201.00.90 |Soya en grano |458 |(Cuatrocientos cincuenta y ocho) | |1507.10.00 |Aceite crudo de soya |1 068 |(Un mil sesenta y ocho) | |1511.10.00 |Aceite crudo de palma|980 |(Novecientos ochenta) | |1701.11.90 |Azúcar crudo |248 |(Doscientos cuarenta y ocho) | |1701.99.00 |Azúcar blanco |321 |(Trescientos veintiuno) | Artículo 2.- Los Precios de Referencia indicados en el artículo anterior, se aplica-rán a las importaciones que arriben a puertos de la Comunidad Andina entre el primero y el quince de enero del año dos mil ocho.

Artículo 3.- Para la determinación de los derechos variables adicionales o las rebajas arancelarias que correspondan a los Precios de Referencia indicados en el artículo 1, se podrán utilizar las Tablas Aduaneras publicadas en las Resoluciones 1072 y 1123 de la Secretaría General, o se efectuarán los cálculos que se establecen en los artículos 11, 12, 13 y 14 de la Decisión 371.

Artículo 4.- Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil siete. FREDDY EHLERS Secretario General ----------------------- RESOLUCIONES RESOLUCION 1139 PRECIOS DE REFERENCIA DEL SISTEMA ANDINO DE FRANJAS DE PRECIOS PARA LA PRIMERA QUINCENA DE ENERO DE 2008, CORRES-PONDIENTES A LA CIRCULAR N° 307 DEL 20 DE DICIEMBRE DE 2007