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RESOLUCIÓN N° 1157CAN · Resoluciones2008-04-07

PRECIOS DE REFERENCIA DEL SISTEMA ANDINO DE FRANJAS DE PRECIOS PARA LA SEGUNDA QUINCENA DE ABRIL DE 2008, CORRESPONDIENTES A LA CIRCULAR N° 314 DEL 4 DE ABRIL DE 2008

7 de abril de 2008 2.22.46 RESOLUCION 1157 Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios para la segunda quincena de abril de 2008, correspondientes a la Circular N° 314 del 4 de abril de 2008 LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: El Tratado de Creación del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, la Decisión 371 de la Comisión sobre el Sistema Andino de Franjas de Precios, las Resoluciones 1072 y 1123 de la Secretaría General y el Reglamento de Procedimientos Administrativos de la Secretaría General, contenido en la Decisión 425 del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores; y,

CONSIDERANDO

Que, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 22 de la Decisión 371, y para efectos de la aplicación de las Tablas Aduaneras publicadas en las Resoluciones 1072 y 1123, o de efectuar los cálculos establecidos en los artículos 11, 12, 13 y 14 de la Decisión 371, la Secretaría General debe comunicar quincenalmente a los Países Miembros los Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios;

Que, de conformidad con lo establecido en los artículos 17, 37 y 44 del Reglamento de Procedimientos Administrativos de la Secretaría General, se señala que contra la presente Resolución cabe interponer recurso de reconsideración dentro de los 45 días siguientes a su publicación en la Gaceta Oficial, así como acción de nulidad ante el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, dentro de los dos años siguientes a la fecha de su entrada en vigencia;

RESUELVE

Artículo 1.- Se fijan los siguientes Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios correspondientes a la segunda quincena de abril de 2008: |NANDINA |PRODUCTO MARCADOR |PRECIO DE REFERENCIA (USD/t) | |0203.29.00 |Carne de cerdo |1 192 |(Un mil ciento noventa y dos) | |0207.14.00 |Trozos de pollo |1 159 |(Un mil ciento cincuenta y nueve)| |0402.21.19 |Leche entera |4 862 |(Cuatro mil ochocientos sesenta y| | | | |dos) | |1001.10.90 |Trigo |467 |(Cuatrocientos sesenta y siete) | |1003.00.90 |Cebada |226 |(Doscientos veintiséis) | |1005.90.11 |Maíz amarillo |256 |(Doscientos cincuenta y seis) | |1005.90.12 |Maíz blanco |276 |(Doscientos setenta y seis) | |1006.30.00 |Arroz blanco |769 |(Setecientos sesenta y nueve) | |1201.00.90 |Soya en grano |504 |(Quinientos cuatro) | |1507.10.00 |Aceite crudo de soya |1 320 |(Un mil trescientos veinte) | |1511.10.00 |Aceite crudo de palma|1 217 |(Un mil doscientos diecisiete) | |1701.11.90 |Azúcar crudo |290 |(Doscientos noventa) | |1701.99.00 |Azúcar blanco |359 |(Trescientos cincuenta y nueve) | Artículo 2.- Los Precios de Referencia indicados en el artículo anterior, se aplica-rán a las importaciones que arriben a puertos de la Comunidad Andina entre el dieciséis y el treinta de abril del año dos mil ocho.

Artículo 3.- Para la determinación de los derechos variables adicionales o las rebajas arancelarias que correspondan a los Precios de Referencia indicados en el artículo 1, se podrán utilizar las Tablas Aduaneras publicadas en las Resoluciones 1072 y 1123 de la Secretaría General, o se efectuarán los cálculos que se establecen en los artículos 11, 12, 13 y 14 de la Decisión 371.

Artículo 4.- Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los siete días del mes de abril del año dos mil ocho. ANA MARIA REATEGUI Directora General Encargada de la Secretaría General ----------------------- RESOLUCIONES RESOLUCION 1157 PRECIOS DE REFERENCIA DEL SISTEMA ANDINO DE FRANJAS DE PRECIOS PARA LA SEGUNDA QUINCENA DE ABRIL DE 2008, CORRESPON-DIENTES A LA CIRCULAR N° 314 DEL 4 DE ABRIL DE 2008