7 de noviembre de 2008 2.22.46 RESOLUCION 1191 Rectificación de los Precios de Referencia del Trigo y del Maíz Blanco del Sistema Andino de Franjas de Precios para la primera quincena de noviembre de 2008, de la Resolución 1189, correspondientes a la Circular N° 327-A del 7 de noviembre de 2008 LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: La Resolución 1189 y el artículo 35 de la Decisión 425 que aprueba el Reglamento de Procedimientos Administrativos de la Secretaría General, y
CONSIDERANDO
Que en el artículo 1 de la Resolución 1189 se fijaron los precios de referencia de los productos marcadores de la Franja del Trigo y de la Franja del Maíz Blanco para la primera quincena de noviembre de 2008; Que, conforme a lo previsto en el Anexo 1 de la Decisión 371 (Sistema Andino de Franjas de Precios), los precios de referencia para los precitados productos se fijan conforme a la información recibida por parte de Reuters;
Que, con fecha 6 de noviembre de 2008, la Secretaría General recibió un correo electrónico de Reuters, en el cual indican que han realizado un cambio del campo que registra la información referida al valor Basis del Trigo, información que se utiliza en el cálculo del precio de referencia de las Franjas del Trigo y del Maíz Blanco; Que, en ese sentido, en la elaboración de los precios de referencia de los productos marcadores de la Franja del Trigo y de la Franja del Maíz Blanco para la primera quincena de noviembre de 2008, la Secretaría General no contó con la información adecuada, por lo cual es necesario recalcular los precios de referencia quincenal en dichos productos incorporando esta información;
Que, el artículo 35 de la Decisión 425 permite a la Secretaría General corregir de oficio los errores materiales o de cálculo de sus propios actos en cualquier momento;
RESUELVE
Artículo 1.- Sustituir en el artículo 1 de la Resolución 1189, los precios de referencia de la subpartida Nandina 1001.10.90, Producto Marcador: Trigo y subpartida Nandina 1005.90.12, Producto Marcador: Maíz Blanco, los cuales quedan de la siguiente manera: |NANDINA |PRODUCTO MARCADOR |PRECIO DE REFERENCIA (USD/t) | |1001.10.90 |Trigo |289 |(Doscientos ochenta y nueve) | |1005.90.12 |Maíz blanco |241 |(Doscientos cuarenta y uno) | Artículo 2.- Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.
Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil ocho. FREDDY EHLERS Secretario General ----------------------- RESOLUCIONES RESOLUCION 1191 RECTIFICACIÓN DE LOS PRECIOS DE REFEREN-CIA DEL TRIGO Y DEL MAÍZ BLANCO DEL SISTE-MA ANDINO DE FRANJAS DE PRECIOS PARA LA PRIMERA QUINCENA DE NOVIEMBRE DE 2008, DE LA RESOLUCIÓN 1189, CORRESPONDIENTES A LA CIRCULAR N° 327-A DEL 7 DE NOVIEMBRE DE 2008