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RESOLUCIÓN N° 1280CAN · Resoluciones2009-09-30

ADOPTA EL CRONOGRAMA DE IMPLEMENTACIÓN DEL DOCUMENTO ÚNICO ADUANERO Y DE LA DECLARACIÓN ANDINA DEL VALOR

30 de setiembre de 2009 D.1.5 RESOLUCION 1280 Adopta el Cronograma de Implementación del Documento Único Aduanero y de la Declaración Andina del Valor LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTAS: Las Decisiones 571 - Valor en Aduana de las Mercancías Importadas, 670 - Adopción del Documento Único Aduanero, 716 - Modificación del plazo para la entrada en vigencia de las Decisiones 670 y 671; y, las Resoluciones 846 - Reglamento Comunitario de la Decisión 571 y 1239 - Actualización de la Adopción de la Declaración Andina del Valor; y,

CONSIDERANDO

Que el contenido del artículo 6 de la Decisión 670 dispone que el formato electrónico que se utilizará para el intercambio de información entre las administraciones aduaneras de los Países Miembros en relación con el Documento Único Aduanero, así como el cronograma para su implementación, se aprobará mediante Resolución de la Secretaría General de la Comunidad Andina;

Que la Primera Disposición Final de la Decisión 670, vigente a la fecha, encarga a esta Secretaría General la coordinación y el seguimiento al proceso de implementación de dicha Decisión, habilitándola a emitir la reglamentación que resulte necesaria para su aplicación efectiva al momento de su entrada en vigencia prevista para el 11 de enero de 2011;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 y la Disposición Transitoria Primera de la Decisión 571, corresponde a la Secretaría General de la Comunidad Andina adoptar y reglamentar mediante Resolución el funcionamiento de la Declaración Andina del Valor; Que, atendiendo a lo dispuesto en los artículos 1, 2 y 4 de la Resolución 1239, la Declaración Andina del Valor constituye un documento soporte de la Declaración en Aduana o Declaración Aduanera de las mercancías importadas y se establece su presentación conjunta; por lo que las actividades para su plena implementación y funcionamiento requieren darse de manera simultánea con las actividades (incluidas las informáticas) para la implementación del Documento Único Aduanero;

Que, en la XXIV Reunión del Grupo de Expertos en Documento Único Aduanero de manera conjunta con Expertos en Valoración Aduanera, realizada de modo presencial en Lima del 24 al 28 de agosto de 2009, se aprobó una propuesta de Cronograma de Actividades para la implementación del Documento Único Aduanero y de la Declaración Andina del Valor, el cual resulta oportuno y conducente para la realización efectiva de dicha implementación, resultando conveniente que este Órgano Comunitario determine su adopción;

RESUELVE

Artículo 1.- Adoptar el Cronograma de Actividades para la implementación del Documento Único Aduanero y de la Declaración Andina del Valor que se indica en el Anexo adjunto a la presente Resolución. Artículo 2.- La presente Resolución entrará en vigor en la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los treinta días del mes de setiembre del año dos mil nueve.

ANA MARÍA TENENBAUM DE REÁTEGUI Directora General Encargada de la Secretaría General ANEXO CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES PARA LA IMPLEMENTACION DEL DOCUMENTO ÚNICO ADUANERO (DUA) Y LA DECLARACIÓN ANDINA DEL VALOR (DAV) | |ACTIVIDADES |FECHA DE |FECHA DE |DURACION | | | |INICIO |FIN | | |1 |Análisis y diseño informático para la |01/11/2009|01/04/201|5 meses | | |implementación del DUA y la DAV. | |0 | | |2 |Construcción de la solución informática |01/04/2010|1/09/2010|5 meses | | |para la implementación del DUA y la DAV.| | | | |3 |Presentación del formato del DUA y la |17/05/2010|21/05/201|5 días | | |DAV impreso y electrónico a los | |0 | | | |declarantes de los Países Miembros, | | | | | |conforme corresponda. | | | | |4 |Ajustes por parte del operador de |24/05/2010|24/09/201|4 meses | | |comercio de sus sistemas informáticos | |0 | | | |para la transmisión de los datos del DUA| | | | | |y la DAV, conforme corresponda. | | | | |5 |Pruebas internas de la solución |02/09/2010|02/10/201|1 mes | | |informática para la implementación del | |0 | | | |DUA y la DAV, elaborada por los Países | | | | | |Miembros. | | | | |6 |Pruebas integrales para el intercambio |04/10/2010|17/11/201|45 días | | |electrónico de la información del DUA y | |0 | | | |la DAV entre las Administraciones | | | | | |Aduaneras de los Países Miembros. | | | | |7 |Instalar en producción la solución |18/11/2010|24/11/201|7 días | | |informática del DUA y la DAV. | |0 | | |8 |Primer intercambio oficial de la |25/11/2010|01/12/201|7 días | | |información del DUA y la DAV, de manera | |0 | | | |electrónica entre las Aduanas de los | | | | | |Países Miembros, en ambiente de prueba | | | | | |piloto. | | | | |9 |Incorporación de modificaciones técnicas|02/12/2010|02/01/201|1 mes | | |requeridas luego del primer intercambio | |1 | | | |oficial de información. | | | | |10 |Transmisión electrónica de los datos del|11/01/2011|-------- |-------- | | |DUA y la DAV para intercambio de | | | | | |información entre las Aduanas de los | | | | | |Países Miembros. | | | | ----------------------- RESOLUCIONES RESOLUCION 1280 ADOPTA EL CRONOGRAMA DE IMPLEMENTA-CIÓN DEL DOCUMENTO ÚNICO ADUANERO Y DE LA DECLARACIÓN ANDINA DEL VALOR