14 de setiembre de 2010 D.1.10 RESOLUCION 1360 Denegación de la Inscripción en el Registro Subregional de Normas Sanitarias y Fitosanitarias de la Resolución Directoral Nº 09-2010-AG- SENASA-DSV del Servicio Nacional de Sanidad Agraria del Perú (SENASA), la cual establece categorías de Riesgo Fitosanitario LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: El Capítulo IX del Acuerdo de Cartagena (Programas de Desarrollo Agropecuario) y la Decisión 515 de la Comisión de la Comunidad Andina que aprueba el Sistema Andino de Sanidad Agropecuaria; y,
CONSIDERANDO
Que el 15 de abril de 2010 el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo de la República del Perú notificó a la Secretaría General la Resolución Directoral Nº 09-2010-AG-SENASA-DSV del Servicio Nacional de Sanidad Agraria del Perú (SENASA) de fecha 16 de febrero de 2010, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 18 de febrero de 2010, por la cual se establecen cinco (05) Categorías de Riesgo Fitosanitario; a fin de que se proceda a su inscripción en el Registro Subregional de Normas Sanitarias y Fitosanitarias;
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35 de la Decisión 515, mediante comunicación SG-X/D.1.10/276/2010 enviada el 21 de abril de 2010, la Secretaría General puso en conocimiento de los demás Países Miembros la norma nacional cuyo registro fue solicitado, a través de su respectivo Órgano de Enlace, con copia a los Servicios Oficiales de Sanidad Agropecuaria, para que hagan conocer sus observaciones dentro del plazo de treinta (30) días calendario;
Que el 22 de abril de 2010 la Secretaría General, mediante comunicación SG-F/D.1.10/455/2010 dirigida al Órgano de Enlace del Perú, acusó recibo de la norma nacional, anunció el inicio del trámite correspondiente y solicitó que de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la Decisión 515, en lo sucesivo, se incluya en la solicitud de registro subregional un resumen de la norma que permita definir sus alcances y objetivos;
Que vencido el plazo concedido a los Países Miembros para pronunciarse, la Secretaría General no ha recibido informaciones ni observaciones u oposiciones respecto a la inscripción de la Resolución Directoral Nº 09-2010-AG-SENASA-DSV del SENASA, en el Registro Subregional de Normas Sanitarias y Fitosanitarias; Que la Secretaría General, por medio de la Resolución 1008 aprobada el 31 de marzo de 2006 y publicada en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena el 6 de abril de 2006, adoptó las Categorías de Riesgo Fitosanitario para el comercio intrasubregional y con terceros países de plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados;
Que, no obstante la existencia de consenso entre los expertos de los Países Miembros para utilizar la Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias (NIMF) N° 32, que establece la Categorización de Productos según su Riesgo de Plagas, aprobada en abril de 2009 por la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF), como referencia para actualizar la normativa subregional de la materia, dicho proceso de actualización aún no ha concluido;
Que las Categorías de Riesgo Fitosanitario para el comercio intrasubregional y con terceros países de plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados, ya están contempladas en el ordenamiento jurídico comunitario y difieren en cuanto a los ámbitos de categorización y los requisitos fitosanitarios exigidos por la Resolución Directoral Nº 09- 2010-AG-SENASA-DSV del SENASA.
En consecuencia, a fin de no generar inseguridad jurídica, sería improcedente la aplicación de la norma interna, cuando la norma comunitaria que prima sobre la nacional, regula la misma materia;
RESUELVE
Artículo 1.- Denegar la inscripción de la Resolución Directoral Nº 09- 2010-AG-SENASA-DSV del Servicio Nacional de Sanidad Agraria del Perú (SENASA) del 16 de febrero de 2010, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 18 de febrero de 2010, por la cual se establecen cinco (05) Categorías de Riesgo Fitosanitario, en el Registro Subregional de Normas Sanitarias y Fitosanitarias a que se refiere la Decisión 515.
Artículo 2.- Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los catorce días del mes de setiembre del año dos mil diez. ADALID CONTRERAS BASPINEIRO Secretario General a.i. ----------------------- RESOLUCIONES RESOLUCION 1360 DENEGACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN EN EL RE-GISTRO SUBREGIONAL DE NORMAS SANITA- RIAS Y FITOSANITARIAS DE LA RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 09-2010-AG-SENASA-DSV DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA DEL PERÚ (SENASA), LA CUAL ESTABLECE CATEGORÍAS DE RIESGO FITOSANITARIO