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RESOLUCIÓN N° 1460CAN · Resoluciones2012-03-29

PRECIOS DE REFERENCIA DEL SISTEMA ANDINO DE FRANJAS DE PRECIOS PARA LA PRIMERA QUINCENA DE ABRIL DE 2012, CORRESPONDIENTES A LA CIRCULAR N° 409 DEL 23 DE MARZO DE 2012

26 de marzo de 2012 D.1.9 RESOLUCION 1460 Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios para la primera quincena de abril de 2012, correspondientes a la Circular N° 409 del 23 de marzo de 2012 LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: El artículo 29 del Acuerdo de Cartagena, la Decisión 371 de la Comisión sobre el Sistema Andino de Franjas de Precios, la Resolución 1447 de la Secretaría General; y,

CONSIDERANDO

Que, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 22 de la Decisión 371, y para efectos de la aplicación de las Tablas Aduaneras publicadas en la Resolución 1447, o de efectuar los cálculos establecidos en los artículos 11, 12, 13 y 14 de la Decisión 371, la Secretaría General debe comunicar quincenalmente a los Países Miembros los Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios;

RESUELVE

Artículo 1.- Se fijan los siguientes Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios correspondientes a la primera quincena de abril de 2012: |NANDINA |PRODUCTO MARCADOR |PRECIO DE REFERENCIA (USD/t) | |0203.29.00 |Carne de cerdo |2 197 |(Dos mil ciento noventa y siete) | |0207.14.00 |Trozos de pollo |1 278 |(Un mil doscientos setenta y ocho)| |0402.21.19 |Leche entera |3 845 |(Tres mil ochocientos cuarenta y | | | | |cinco) | |1001.10.90 |Trigo |321 |(Trescientos veintiuno) | |1003.00.90 |Cebada |226 |(Doscientos veintiséis) | |1005.90.11 |Maíz amarillo |311 |(Trescientos once) | |1005.90.12 |Maíz blanco |384 |(Trescientos ochenta y cuatro) | |1006.30.00 |Arroz blanco |588 |(Quinientos ochenta y ocho) | |1201.00.90 |Soya en grano |540 |(Quinientos cuarenta) | |1507.10.00 |Aceite crudo de soya |1 240 |(Un mil doscientos cuarenta) | |1511.10.00 |Aceite crudo de palma|1 202 |(Un mil doscientos dos) | |1701.11.90 |Azúcar crudo |565 |(Quinientos sesenta y cinco) | |1701.99.00 |Azúcar blanco |670 |(Seiscientos setenta) | Artículo 2.- Los Precios de Referencia indicados en el artículo anterior, se aplica-rán a las importaciones que arriben a puertos de la Comunidad Andina entre el primero y el quince de abril del año dos mil doce.

Artículo 3.- Los Países Miembros que apliquen el Sistema Andino de Franjas de Precios de conformidad con las Decisiones 695 y 717, podrán utilizar, para la determinación de los derechos variables adicionales o las rebajas arancelarias que correspondan a los Precios de Referencia indicados en el artículo 1, las Tablas Aduaneras publicadas en la Resolución 1447 de la Secretaría General, o podrán efectuar los cálculos que se establecen en los artículos 11, 12, 13 y 14 de la Decisión 371.

Artículo 4.- Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los veintiséis días del mes de marzo del año dos mil doce. ADALID CONTRERAS BASPINEIRO Secretario General a.i. ----------------------- RESOLUCIONES RESOLUCION 1460 PRECIOS DE REFERENCIA DEL SISTEMA ANDINO DE FRANJAS DE PRECIOS PARA LA PRIMERA QUINCENA DE ABRIL DE 2012, CORRESPON-DIENTES A LA CIRCULAR N° 409 DEL 23 DE MAR-ZO DE 2012