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RESOLUCIÓN N° 1481CAN · Resoluciones2012-06-27

PRECIOS DE REFERENCIA DEL SISTEMA ANDINO DE FRANJAS DE PRECIOS PARA LA PRIMERA QUINCENA DE JULIO DE 2012, CORRESPONDIENTES A LA CIRCULAR N° 415 DEL 25 DE JUNIO DE 2012

27 de junio de 2012 D.1.9 RESOLUCION 1481 Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios para la primera quincena de julio de 2012, correspondientes a la Circular N° 415 del 25 de junio de 2012 LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: El artículo 29 del Acuerdo de Cartagena, la Decisión 371 de la Comisión sobre el Sistema Andino de Franjas de Precios, la Resolución 1447 de la Secretaría General; y,

CONSIDERANDO

Que, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 22 de la Decisión 371, y para efectos de la aplicación de las Tablas Aduaneras publicadas en la Resolución 1447, o de efectuar los cálculos establecidos en los artículos 11, 12, 13 y 14 de la Decisión 371, la Secretaría General debe comunicar quincenalmente a los Países Miembros los Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios;

RESUELVE

Artículo 1.- Se fijan los siguientes Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios correspondientes a la primera quincena de julio de 2012: |NANDINA |PRODUCTO MARCADOR |PRECIO DE REFERENCIA (USD/t) | |0203.29.00 |Carne de cerdo |2 193 |(Dos mil ciento noventa y tres) | |0207.14.00 |Trozos de pollo |1 298 |(Mil doscientos noventa y ocho) | |0402.21.19 |Leche entera |3 782 |(Tres mil setecientos ochenta y | | | | |dos) | |1001.10.90 |Trigo |305 |(Trescientos cinco) | |1003.00.90 |Cebada |226 |(Doscientos veintiséis) | |1005.90.11 |Maíz amarillo |296 |(Doscientos noventa y seis) | |1005.90.12 |Maíz blanco |318 |(Trescientos dieciocho) | |1006.30.00 |Arroz blanco |643 |(Seiscientos cuarenta y tres) | |1201.00.90 |Soya en grano |562 |(Quinientos sesenta y dos) | |1507.10.00 |Aceite crudo de soya |1 148 |(Mil ciento cuarenta y ocho) | |1511.10.00 |Aceite crudo de palma|1 025 |(Mil veinticinco) | |1701.11.90 |Azúcar crudo |464 |(Cuatrocientos sesenta y cuatro) | |1701.99.00 |Azúcar blanco |602 |(Seiscientos dos) | Artículo 2.- Los Precios de Referencia indicados en el artículo anterior, se aplica-rán a las importaciones que arriben a puertos de la Comunidad Andina entre el primero y el quince de julio del año dos mil doce.

Artículo 3.- Los Países Miembros que apliquen el Sistema Andino de Franjas de Precios de conformidad con las Decisiones 695 y 717, podrán utilizar, para la determinación de los derechos variables adicionales o las rebajas arancelarias que correspondan a los Precios de Referencia indicados en el artículo 1, las Tablas Aduaneras publicadas en la Resolución 1447 de la Secretaría General, o podrán efectuar los cálculos que se establecen en los artículos 11, 12, 13 y 14 de la Decisión 371.

Artículo 4.- Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los veintisiete días del mes de junio del año dos mil doce. ADALID CONTRERAS BASPINEIRO Secretario General a.i. ----------------------- RESOLUCIONES RESOLUCION 1481 PRECIOS DE REFERENCIA DEL SISTEMA ANDINO DE FRANJAS DE PRECIOS PARA LA PRIMERA QUINCENA DE JULIO DE 2012, CORRESPONDIEN-TES A LA CIRCULAR N° 415 DEL 25 DE JUNIO DE 2012