25 de setiembre de 2012 E RESOLUCION 1506 Modificación del calendario de días hábiles de la Secretaría General para el año 2012 LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTO: El Reglamento de Procedimientos Administrativos de la Secretaría General de la Comunidad Andina contenido en la Decisión 425 del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores y la Resolución 1451 de la Secretaría General;
CONSIDERANDO
Que el artículo 30 del Reglamento de Procedimientos Administrativos dispone que el Secretario General debe dar a conocer anualmente el calendario de días hábiles de la Secretaría General; Que mediante Resolución 1451 se establecieron los días no hábiles de la Secretaría General, señalándose además que otros días inhábiles que decrete la Secretaría General serán adoptados e informados oportunamente;
Que el Secretario General podrá acoger aquellos días no hábiles establecidos en la normativa peruana.
RESUELVE
Artículo 1.- Modificar el artículo 3 de la Resolución 1451, con el fin de incorporar entre los días que no serán considerados como hábiles, de acuerdo a lo establecido en los Decretos Supremos No. 099-2011-PCM y No. 095-2012-PCM de Perú, las siguientes fechas: - 1 y 2 de octubre - 2 de noviembre - 24 de diciembre - 31 de diciembre Artículo 2.- Mediante Disposición Administrativa se determinará la forma de recuperación de las horas dejadas de laborar los días 1 y 2 de octubre, y 2 de noviembre de 2012.
Los días 24 y 31 de diciembre no estarán sujetos a compensación. Artículo 3.- Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los veinticinco días del mes de setiembre del año dos mil doce.
ADALID CONTRERAS BASPINEIRO Secretario General (a.i.) ----------------------- RESOLUCIONES RESOLUCION 1506 MODIFICACIÓN DEL CALENDARIO DE DÍAS HÁBILES DE LA SECRETARÍA GENERAL PARA EL AÑO 2012