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RESOLUCIÓN N° 1983CAN · Resoluciones2018-02-19

ENCARGATURA TEMPORAL DE LA SECRETARÍA GENERAL

RESOLUCIÓN N° 1983 Encargatura temporal de la Secretaría General LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA; VISTOS: Los artículos 30 y 44 del Acuerdo de Cartagena, los artículos 11 literal a) y 14 de la Decisión 409 - Reglamento de la Secretaría General; el artículo 53 de la Resolución 1075 - Texto Único Ordenado del Reglamento Interno de la Secretaría General; y las Resoluciones 1636 y 1888; y,

CONSIDERANDO

Que corresponde al Secretario General realizar las acciones que le permitan coordinar y mantener vínculos de trabajos con los diversos Órganos e Instituciones del Sistema Andino de integración de la Comunidad Andina; Que el Secretario General se ausentará los días 19 y 20 de febrero de 2018 de la Sede de la Secretaría General para participar en el Acto de Lanzamiento del Encuentro Empresarial Andino 2018 en coordinación con Pro- Ecuador y sostener reuniones con representantes de la Cámara de Comercio de Guayaquil, en la ciudad de Guayaquil, Ecuador;

Que el artículo 53 de la Resolución 1075 establece que los funcionarios de la Secretaría General realizarán viajes de servicio cuyos gastos serán responsabilidad de la Secretaría General; Que mediante Decisión 409 se dispuso que en caso de ausencia temporal del Secretario General, éste encargará interinamente la Secretaría General a cualquiera de los Directores Generales;

Que mediante la Resolución 1636 de fecha 9 de diciembre de 2013 se designó a la señora Luz Marina Monroy, como Directora General de la Secretaría General de la Comunidad Andina y que dicha designación fue ampliada por un periodo de tres años adicionales mediante Resolución 1888 de fecha 7 de diciembre de 2016.

RESUELVE

Artículo Único.- Encargar la Secretaría General a la Directora General Luz Marina Monroy Acevedo, quien actuará en calidad de Secretaria General ad- interim, los días lunes 19 y martes 20 de febrero de 2018 inclusive. Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución que entrará en vigencia en la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.

Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los dieciséis días del mes de febrero del año dos mil dieciocho. Walker San Miguel Rodríguez Secretario General