JurídicoESEN
RESOLUCIÓN N° 1997CAN · Resoluciones2018-04-19

ACTUALIZACIÓN DEL ANEXO II DE LA RESOLUCIÓN 1457 – VÍAS Y CRUCES DE FRONTERA, Y RUTAS HABILITADAS Y PLAZOS AUTORIZADOS PARA EL TRÁNSITO TERRESTRE INTERNACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ.

RESOLUCIÓN N° 1997 Actualización del Anexo II de la Resolución 1457 – Vías y Cruces de frontera, y Rutas habilitadas y plazos autorizados para el Tránsito Terrestre Internacional de la República del Perú. LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: Los artículos 3 literal i) y 104 del Acuerdo de Cartagena, y las Decisiones 617, 636 y 787 sobre Tránsito Aduanero Comunitario, las Resoluciones 1457, 1944 de la Secretaría General; y,

CONSIDERANDO

Que los artículos 3 literal i) y 104 del Acuerdo de Cartagena, señalan que para alcanzar los objetivos del Acuerdo, se empleará como mecanismo o medida la integración física y que los Países Miembros deberán desarrollar acciones conjuntas para lograr un mejor aprovechamiento del espacio físico, por ejemplo en transporte, comprendiendo las medidas para facilitar el tráfico fronterizo entre los Países Miembros;

Que la Decisión 617 que regula lo correspondiente al Tránsito Aduanero Comunitario, modificada por las Decisiones 636 y 787, en su Segunda Disposición Final establece que la Secretaría General de la Comunidad Andina adoptará las normas reglamentarias que resulten necesarias para su correcta aplicación; Que mediante Resolución 1457 se aprobó el Reglamento de la Decisión 617 cuyos Anexos I y II, contienen las vías y cruces autorizados así como la relación de rutas habilitadas y plazos autorizados para tránsito terrestre internacional, los cuales, según refiere el artículo 1 será actualizado mediante Resolución de la Secretaría General, a solicitud de la administración aduanera del País Miembro correspondiente;

Que mediante Resolución 1944 de 18 de agosto de 2017, se modificaron los Anexos I y II de la Resolución 1457 que contienen las vías y cruces de frontera autorizados así como las rutas habilitadas y plazos autorizados para el tránsito terrestre internacional de la República del Perú; Que mediante Oficio N° 73-2018-MINCETUR/VMCE/DGNCI de 9 de marzo de 2018, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo de la República del Perú solicitó la actualización del Anexo II de la Resolución 1457, en cuanto a las rutas habilitadas y plazos autorizados para al Tránsito Terrestre Internacional de la República del Perú; adjuntando la Resolución de la Intendencia Nacional 16-2017/SUNAT/310000, que modifica determinados códigos de rutas consignados en el Anexo 5 “Códigos de Ruta y Plazos para el Tránsito Aduanero Internacional de Mercancías” del procedimiento general DESPA-PG.27 (versión 3), norma aduanera que regula las operaciones de tránsito aduanero internacional.

RESUELVE

Artículo 1.- Modificar el Anexo II de la Resolución 1457, Rutas Habilitadas y Plazos Autorizados para Tránsito Terrestre Internacional de la República del Perú, de acuerdo a lo siguiente: “ANEXO II RUTAS HABILITADAS Y PLAZOS AUTORIZADOS PARA TRÁNSITO TERRESTRE INTERNACIONAL (…) RUTAS Y PLAZOS PARA EL TRÁNSITO TERRESTRE INTERNACIONAL DE PERÚ Artículo 2.- Deróguese el artículo 2 de la Resolución 1944 “Actualización de los Anexos I y II de la Resolución 1457 – Vías y Cruces de frontera, y Rutas habilitadas y plazos autorizados para el Tránsito Terrestre Internacional de la República del Perú”.

La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los diecinueve días del mes de abril del año dos mil dieciocho. Luz Marina Monroy Acevedo Secretaria General a.i