RESOLUCIÓN N° 2057 Encargatura temporal de la Secretaría General LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA; VISTOS: El artículo 14 de la Decisión 409 que aprueba el Reglamento de la Secretaría General, el artículo 46 de la Resolución N° 1075 Texto Único Ordenado del Reglamento Interno de la Secretaría General, y las Resoluciones N° 2032 y,
CONSIDERANDO
Que, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 14 de la Decisión 409 en caso de ausencia temporal del Secretario General, éste encargará interinamente la Secretaría General a cualquiera de los Directores Generales; Que, el artículo 46 de la Resolución N° 1075 establece que todos los funcionarios tendrán derecho a disfrutar de 22 días hábiles por concepto de vacaciones remuneradas por cada año de servicios y proporcionalmente por las fracciones de año cumplido;
Que, el Secretario General se ausentará de la Sede de la Secretaría General, con motivo de hacer uso de sus vacaciones el 17 de abril de 2019, por lo que resulta necesario encargar interinamente la Secretaría General a un Director General por el tiempo que dure dicha ausencia temporal; Que, mediante la Resolución N° 2032 de fecha 23 de noviembre de 2018, se designó al Señor Doctor Clarems Endara Vera, como Director General de la Secretaría General de la Comunidad Andina.
RESUELVE
Artículo Único. - Encargar la Secretaría General al Director General Dr. Clarems Endara Vera, quien actuará en calidad de Secretario General ad-interim, el día 17 de abril de 2019. Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución que entrará en vigencia en la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los doce días del mes de abril del año dos mil nueve.
Jorge Hernando Pedraza Secretario General