RESOLUCIÓN N° 2070 Encargatura temporal de la Secretaría General LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA; VISTOS: El artículo 30 literales a) g) y j) del Acuerdo de Cartagena, los artículos 3 literal j), 11 literales b) y t) y 14 de la Decisión 409 - Reglamento de la Secretaría General; el artículo 53 de la Resolución 1075 - Texto Único Ordenado del Reglamento Interno de la Secretaría General; y las Resoluciones 1646 de fecha 1 de febrero de 2014 y Resolución 1900 de fecha 30 de enero de 2017; y,
CONSIDERANDO
Que, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 14 de la Decisión 409, en caso de ausencia temporal del Secretario General, éste encargará interinamente la Secretaría General a cualquiera de los Directores Generales; Que, el Secretario General se ausentará de la Sede de la Secretaría General del jueves 27 al viernes 28 de junio de 2019 inclusive, con motivo de hacer uso de sus vacaciones, por lo que resulta necesario encargar interinamente la Secretaría General a un Director General por el tiempo que dure la ausencia temporal;
Que, mediante la Resolución 1646 de 01 de febrero de 2014, se designó al señor César Montaño Huerta como Director General de la Secretaría General de la Comunidad Andina y que dicha designación fue ampliada por un periodo de tres años adicionales mediante Resolución 1900.
RESUELVE
Artículo Único. - Encargar la Secretaría General al Director General Dr. César Montaño Huerta, quien actuará en calidad de Secretario General ad-interim, los días jueves 27 al viernes al 28 de junio de 2019 inclusive. Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución que entrará en vigencia en la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.
Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los veintiséis días del mes de junio del año dos mil diecinueve. Jorge Hernando Pedraza Secretario General