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RESOLUCIÓN N° 2073CAN · Resoluciones2019-07-15

ENCARGATURA TEMPORAL DE LA SECRETARÍA GENERAL

RESOLUCIÓN N° 2073 Encargatura temporal de la Secretaría General LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA; VISTOS: El artículo 30 literales a) g) y j) del Acuerdo de Cartagena, los artículos 3 literal j), 11 literales b) y t) y 14 de la Decisión 409 - Reglamento de la Secretaría General; el artículo 53 de la Resolución 1075 - Texto Único Ordenado del Reglamento Interno de la Secretaría General; y la Resolución 1920 de fecha 17 de abril de 2017 y,

CONSIDERANDO

Que, corresponde al Secretario General realizar las acciones que le permitan coordinar y mantener vínculos de trabajos con los diversos organismos internacionales y visibilizar la CAN en los 50 años tanto a nivel externo como interno; Que, el artículo 53 de la Resolución 1075 establece que los funcionarios de la Secretaría General realizarán viajes de servicio cuyos gastos serán responsabilidad de la Secretaría General;

Que, el Secretario General se ausentará de la Sede de la Secretaría General del 16 al 18 de julio de 2019, para atender reuniones con embajadores de los Países Miembros de la Comunidad Andina y miembros de Sistema Económico Latinoamericano y del Caribe (SELA) en la ciudades de Buenos Aires, República de Argentina y Montevideo, República Oriental del Uruguay, con el fin de informar sobre el proceso de integración e intensificar las relaciones;

Que, mediante Decisión 409 se dispuso que, en caso de ausencia temporal del Secretario General, éste encargará interinamente la Secretaría General a cualquiera de los Directores Generales; Que, mediante la Resolución N° 1920 de fecha 17 de abril de 2017, se designó al Señor Embajador José Antonio Arróspide del Busto, como Director General de la Secretaría General de la Comunidad Andina.

RESUELVE

Artículo Único. - Encargar la Secretaría General al Director General Embajador José Antonio Arróspide del Busto, quien actuará en calidad de Secretario General ad-interim, del 16 al 18 de julio de 2019. La presente Resolución entrará en vigencia en la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los quince días del mes de julio del año dos mil diez y nueve.

Jorge Hernando Pedraza Secretario General