RESOLUCIÓN N° 2222 Registro en la Lista Andina Satelital del satélite AMAZONAS NEXUS, perteneciente a la empresa HISPASAT S.A. en la posición orbital 61° Oeste LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: El artículo 104 del Acuerdo de Cartagena y la Decisión 877 de la Comisión de la Comunidad Andina; y,
CONSIDERANDO
Que, la empresa HISPASAT S.A. mediante comunicación recibida en la Secretaría General de la Comunidad Andina en fecha 24 de mayo de 2021, solicitó el registro del satélite AMAZONAS NEXUS ubicado en la posición orbital 61° Oeste, en la Lista Andina Satelital; Que, la Decisión 877 aprobada el 23 de abril de 2021 actualiza el procedimiento del registro andino para la autorización de satélites con cobertura sobre el territorio de los Países Miembros;
Que, de acuerdo a lo señalado en el artículo 8 de la mencionada Decisión, la Secretaría General emitirá la Resolución mediante la cual otorgue o deniegue el registro correspondiente conforme los plazos establecidos en dicha norma, y en caso de otorgar el registro andino, concederá al solicitante un Certificado de Registro por cada satélite y su ROE a explotar, el que será notificado a los Países Miembros conjuntamente con la Resolución;
Que, la Secretaría General de la Comunidad Andina el 28 de mayo de 2021, puso en conocimiento de las Autoridades Nacionales Competentes en materia de Telecomunicaciones de los Países Miembros, la solicitud presentada por la empresa HISPASAT S.A. a efecto de que emitan sus opiniones; y que, en esa misma fecha, la Secretaría General de la Comunidad Andina comunicó a la empresa HISPASAT S.A. el inicio del trámite;
Que, mediante Oficio Nro. MINTEL-DAIN-2021-0130-O del Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información de la República del Ecuador recibido en fecha 3 de agosto de 2021, se remitió a la Secretaría General un oficio de la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (ARCOTEL) señalando que “… no tiene objeción técnica en relación con lo solicitado”, refiriéndose a la solicitud de registro del satélite AMAZONAS NEXUS;
Que, en fecha 11 de agosto de 2021 fue recibido el Oficio N° 031-2021-MTC/03 del Viceministerio de Comunicaciones de la República del Perú mediante el cual se indicó que de conformidad al informe elaborado por la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones en relación a la solicitud de inscripción y registro del satélite AMAZONAS NEXUS en la Lista Andina Satelital, se cuenta con la conformidad de dicha entidad a fin de proceder con lo solicitado;
Que, el Viceministerio de Telecomunicaciones del Estado Plurinacional de Bolivia, mediante comunicación MOPSV/VMTEL/DESP. N° 614/2021 de 13 de agosto de 2021, indicó que luego del análisis correspondiente, la Agencia Boliviana Espacial (ABE) y la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes (ATT), no presentaron observaciones, por tanto dicho Viceministerio expresó que no tiene objeción a la solicitud de registro del satélite AMAZONAS NEXUS de la empresa HISPASAT S.A.;
Que, mediante comunicación de 26 de agosto de 2021, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de Colombia, indicó que una vez realizados los respectivos estudios técnicos, no se encuentra objeción para conceder a dicha empresa la autorización para explotar el satélite AMAZONAS NEXUS en las condiciones indicadas en la solicitud;
RESUELVE
Artículo 1.- Registrar en la Lista Andina Satelital al satélite AMAZONAS NEXUS perteneciente a la empresa HISPASAT S.A. en la posición orbital 61° Oeste. Artículo 2.- Conceder a la empresa HISPASAT S.A. de conformidad con lo dispuesto en la Decisión 877, el Certificado de Registro del satélite AMAZONAS NEXUS en la posición orbital 61° Oeste, lo cual será notificado a los Países Miembros y a la empresa HISPASAT S.A. Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.
Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los dos días del mes de septiembre del año dos mil veintiuno. Jorge Hernando Pedraza Secretario General