RESOLUCIÓN N°2376 Modificación de la Resolución 2367 “Precios Piso y Techo y Tablas Aduaneras del Sistema Andino de Franjas de Precios para el período abril de 2024 – marzo de 2025” LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: El artículo 8 de la Decisión 370; las Decisiones 371, 384, 392, 402, 403, 410, 411, 413, 430, 453, 469, 470, 482, 497, 512, 518, 520, 579, 796, 805, 807, 885 y 906 de la Comisión de la Comunidad Andina; y,
CONSIDERANDO
Que la Decisión 371 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena estableció el método para el cálculo de los Precios Piso y Techo y las Tablas Aduaneras del Sistema Andino de Franjas de Precios; Que de acuerdo con los artículos 19 y 21 de la referida Decisión, corresponde a la Secretaría General de la Comunidad Andina fijar mediante Resolución dichos precios para cada producto marcador, adjuntando las tablas aduaneras correspondientes;
Que mediante la Resolución 2367 se fijaron los precios piso y techo de las franjas establecidas en la Decisión 371, para el periodo comprendido entre el 1 de abril de 2024 y el 31 de marzo de 2025; Que resulta necesario modificar el Anexo II de la Resolución 2367, a fin de incluir la Tabla 3 “Tabla Aduanera del Arroz Blanco y Productos Vinculados”;
Que de conformidad a lo establecido en el artículo 19 de la Decisión 371, el Comité Andino Agropecuario, con motivo de su reunión de fecha 30 de enero de 2024, emitió su conformidad a la presente Resolución;
RESUELVE
Artículo 1.- Modificar el Anexo II de la Resolución 2367, a fin de incluir la Tabla 3 “Tabla Aduanera del Arroz Blanco y Productos Vinculados”, con el siguiente contenido: Artículo 2.- Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigor a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.
Dada en la ciudad de Lima, a los dos días del mes de febrero del año dos mil veinticuatro. Gonzalo Gutiérrez Reinel Embajador Secretario General