RESOLUCIÓN N° 2384 ENCARGO TEMPORAL DE LA SECRETARÍA GENERAL LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA; VISTOS: Los literales a) y g) del artículo 30 del Acuerdo de Cartagena; el literal h) del artículo 3, literal b) del artículo 11 y el artículo 14 de la Decisión 409 - Reglamento de la Secretaría General; el artículo 53 de la Resolución 1075 - Texto Único Ordenado del Reglamento Interno de la Secretaría General; la Resolución 2133;
CONSIDERANDO
Que, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 14 de la Decisión 409, en caso de ausencia temporal del Secretario General, éste encargará interinamente la Secretaría General a cualquiera de los Directores Generales; Que, el Secretario General estará ausente los días 11, 12 y 13 de marzo de 2024, a fin de realizar una visita oficial a las autoridades del Estado Plurinacional de Bolivia, la Presidencia Pro Tempore del Consejo Consultivo Empresarial y la Universidad Andina Simón Bolívar.
Que, mediante Resolución 2133, se designó al señor Diego Fernando Caicedo Pinoargote como Director General de la Secretaría General de la Comunidad Andina, por un período de tres años, el cual fue prorrogado mediante Resolución 2326 por tres años más, hasta el 31 de marzo del 2026;
RESUELVE
Artículo 1. – Encargar temporalmente la Secretaría General al Director General, Diego Fernando Caicedo Pinoargote, en tanto dure la ausencia del Secretario General de la Comunidad Andina. Artículo 2.- La presente Resolución entrará en vigor a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. Dada el primer día del mes de marzo del año dos mil veinticuatro.
Gonzalo Gutiérrez Reinel Embajador Secretario General