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DECISIÓN N° 336CAN · Decisiones1993-08-24

PLAN ANDINO DE ACCIÓN PARA EL CONTROL Y ERRADICACIÓN DE LA FIEBRE AFTOSA Y APOYO AL PROGRAMA DE EMERGENCIA DEL PERÚ

Septuagésimo Período Extraordinario de Sesiones de la Comisión 19 - 20 de agosto de 1993 Lima - Perú DECISION 336 Plan Andino de Acción para el Control y Erradicación de la Fiebre Aftosa y Apoyo al Programa de Emergencia del Perú LA COMISION DEL ACUERDO DE CARTAGENA, VISTOS: El Artículo 70 del Acuerdo y las Decisiones 16, 255 y 328 de la Comisión;

CONSIDERANDO

Que la Fiebre Aftosa se mantiene en la Subregión como la enfermedad de mayor importancia por la forma negativa como afecta a la producción ganadera y al comercio intrasubregional y con terceros países; Que al existir la enfermedad en la Subregión su producción pecuaria es objeto de restricciones en el comercio internacional, particularmente por los países libres de la enfermedad que conforman los mejores mercados de productos y subproductos pecuarios;

Que en el Perú se registra un brote epizoótico de rápida difusión que sobrepasa su capacidad de control y que constituye una amenaza para la Sanidad Animal de los países vecinos; Que la Junta está haciendo gestiones ante la CEE, la FAO y la OPS para la elaboración de un Plan de Acción que complemente al Programa Subregional adoptado por la Decisión 255;

DECIDE: Artículo 1.- Encomendar a la Junta la elaboración y adopción de un Plan de Acción con la cooperación técnica de la FAO, la CEE y la OPS, que complemente el Programa Subregional de Erradicación de la Fiebre Aftosa adoptado por la Decisión 255, y la gestión ante esos organismos para la obtención de recursos no reembolsables destinados a la ejecución del Plan de Acción. Artículo 2.- Encargar a la Junta que apoye las gestiones que realiza el Gobierno del Perú para el desarrollo de un Programa de Emergencia destinado al Control de la Fiebre Aftosa.

Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los veinte días del mes de agosto de mil novecientos noventa y tres.