Septuagésimo Período Extraordinario de Sesiones de la Comisión 19 - 20 de agosto de 1993 Lima - Perú DECISION 339 Coordinación en las Negociaciones de la Ronda Uruguay LA COMISION DEL ACUERDO DE CARTAGENA, VISTOS: Los Artículos 108-A y 108-B del Acuerdo de Cartagena,
CONSIDERANDO
Que es necesario coordinar las posiciones en las negociaciones que se adelantan en la Ronda Uruguay, dada su importancia para los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena; Que se han reactivado las negociaciones de la Ronda Uruguay; DECIDE: Artículo 1.- Los Países Miembros coordinarán sus posiciones en las negociaciones que se vienen efectuando en la Ronda Uruguay.
Con este propósito, se realizará una reunión con asistencia de la Junta, funcionarios de los Gobiernos y los negociadores de los Países Miembros ante el GATT. Artículo 2.- Encomendar a la Junta, para que con el apoyo de los organismos internacionales especializados, particularmente con la Secretaría del GATT, la UNCTAD y el SELA, emprenda las acciones necesarias que contribuyan a la coordinación de las posiciones a que se refiere el artículo anterior.
Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los veinte días del mes de agosto de mil novecientos noventa y tres.