0.3 DECIMOPRIMERA REUNION DEL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES DE LA COMUNIDAD ANDINA 24 - 25 de junio de 2003 Quirama, Antioquia - Colombia DECISION 558 Incorporación de la materia de la integración en el currículo de la Educación Media EL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES, VISTOS: Los artículos 16, 22 y 30 del Acuerdo de Cartagena;
CONSIDERANDO
Que el Consejo Presidencial Andino, en su reunión de Cartagena de Indias, Colombia, de 1999, instruyó a los Ministros de Educación a impulsar acciones para que las políticas educativas refuercen tanto la identidad andina como el ejercicio de la interculturalidad de nuestros pueblos y fomente los valores de la integración; Que en el XIII Consejo Presidencial Andino, de Carabobo, en el año 2001, los Presidentes encomendaron a los Ministros de Educación que presenten al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores un diseño curricular armonizado a fin de incorporar los valores de la integración de la cultura andina en la educación primaria y secundaria; y Que la Universidad Andina Simón Bolívar viene desarrollando una serie de libros sobre la Historia de América Andina, instrumento que será de vital importancia para el proyecto de armonización de la enseñanza de la integración que contribuirá a la formación de una conciencia ciudadana andina;
DECIDE: Artículo 1.- Incorporar la materia de Integración Andina en el diseño curricular de la Educación Media, con el objeto de difundir, de manera coordinada, una visión común de la historia, los valores de la integración y de la cultura de los Países Miembros de la Comunidad Andina. Artículo 2.- Los Ministros de Educación adoptarán los lineamientos de dicho proyecto, a más tardar el 30 de junio de 2004.
Dicha materia deberá ser incorporada en los programas educativos, a partir del siguiente año escolar de haber sido acordado el mencionado diseño curricular, de conformidad con los cronogramas educativos vigentes en cada País Miembro. Artículo 3.- Los Ministros de Educación establecerán un sistema de seguimiento del cumplimiento de la presente Decisión, a los fines de actualizar los programas sobre la materia, de conformidad con los avances del proceso andino de integración. Artículo 4.- La presente Decisión entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.
Dada en el Recinto Quirama, Departamento de Antioquia, República de Colombia, a los veinticinco días del mes de junio del año dos mil tres. ----------------------- DECISION 558 INCORPORACIÓN DE LA MATERIA DE LA INTEGRACIÓN EN EL CURRÍCULO DE LA EDUCACIÓN MEDIA DECISIONES