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gace357CAN · Gacetas Oficiales1998-07-21

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GACETA OFICIAL Año XIV - Número 357 Lima, 21 de julio de 1998 del Acuerdo de Cartagena SUMARIO Secretaría General de la Comunidad Andina Resolución 104.- Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios para la primera quincena de agosto de 1998, correspondientes a la Circular N° 81 del 20 de julio de 1998 Pág. 1 RESOLUCION 104 Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios para la primera quincena de agosto de 1998, correspondientes a la Circular N° 81 del 20 de julio de 1998 LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: El Tratado de Creación del Tribunal de Justicia del Acuerdo de Cartagena y la Decisión 371 de la Comisión sobre el Sistema Andino de Franjas de Precios;

CONSIDERANDO

Que, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 22 de la Decisión 371, y para efectos de la aplicación de las Tablas Aduaneras publicadas en la Resolución 037, la Secretaría General debe comunicar quincenalmente a los Países Miembros los Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios; Que es necesario facilitar a las autoridades aduaneras nacionales la aplicación oportuna de los Precios de Referencia, evitando la necesidad de someter dichos precios a ratificación mediante disposiciones internas y publicación en diarios oficiales;

Que, en virtud del Artículo 1 del Tratado de Creación del Tribunal de Justicia del Acuerdo de Cartagena, las Resoluciones de la Secretaría General hacen parte del ordenamiento jurídico andino; y, Que de acuerdo al Artículo 5 del Tratado citado, los Países Miembros están obligados a adoptar las medidas que sean necesarias para asegurar el cumplimiento de las normas que conforman el ordenamiento jurídico de la Comunidad Andina, y se comprometen, asimismo, a no adoptar ni emplear medida alguna que sea contraria a dichas normas o que de algún modo dificulte su aplicación;

RESUELVE

Artículo 1.- Se fijan los siguientes Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios correspondientes a la primera quincena de agosto de 1998: Para nosotros la Patria es América GACETA OFICIAL NANDINA PRODUCTO MARCADOR 0203.29.00 0207.14.00 0402.21.19 1001.10.90 1003.00.90 1005.90.11 1005.90.12 1006.30.00 1201.00.90 1507.10.00 1511.10.00 1701.11.90 1701.99.00 Carne de cerdo Trozos de pollo Leche entera Trigo Cebada Maíz amarillo Maíz blanco Arroz blanco Soya en grano Aceite crudo de soya Aceite crudo de palma Azúcar crudo Azúcar blanco Artículo 2.- Los Precios de Referencia indicados en el artículo anterior, se aplicarán a las importaciones que arriben a puertos de la Comunidad Andina entre el primero y el quince de agosto de mil novecientos noventa y ocho.

Artículo 3.- En cumplimiento del artículo 17 de la Decisión 425, comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución. 21/07/98 2.2 PRECIO DE REFERENCIA (USD/t) 1 328 920 1 881 141 121 124 139 382 277 626 707 214 283 (Un mil trescientos veintiocho) (Novecientos veinte) (Un mil ochocientos ochenta y uno) (Ciento cuarenta y uno) (Ciento veintiuno) (Ciento veinticuatro) (Ciento treinta y nueve) (Trescientos ochenta y dos) (Doscientos setenta y siete) (Seiscientos veintiséis) (Setecientos siete) (Doscientos catorce) (Doscientos ochenta y tres) Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los veinte días del mes de julio de mil novecientos noventa y ocho.

JORGE VEGA CASTRO Director General Encargado de la Secretaría General Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina - Paseo de la República 3895 - Fax (51-1) 221-3329 - Teléf. (51-1) 221-2222 - Casilla 18-1177 - Lima 18-Perú