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Gace1616CAN · Gacetas Oficiales2008-05-12

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Año XXV - Número 1616 Lima, 12 de mayo de 2008 SUMARIO Secretaría General de la Comunidad Andina Resolución 1162.- Resolución 1163.- Pág. Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios para la segunda quincena de mayo de 2008, correspondientes a la Circular N° 316 del 5 de mayo de 2008 Modificación de la Resolución 1149 - Calendario de días hábiles de la Secretaría General para el año 2008 RESOLUCION 1162 Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios para la segunda quincena de mayo de 2008, correspondientes a la Circular N° 316 del 5 de mayo de 2008 VISTOS: El Tratado de Creación del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, la Decisión 371 de la Comisión sobre el Sistema Andino de Franjas de Precios, la Resolución 1143 de la Secretaría General y el Reglamento de Procedimientos Administrativos de la Secretaría General, contenido en la Decisión 425 del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores; y, 1143, o de efectuar los cálculos establecidos en los artículos 11, 12, 13 y 14 de la Decisión 371, la Secretaría General debe comunicar quincenalmente a los Países Miembros los Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios;

CONSIDERANDO

Que, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 22 de la Decisión 371, y para efectos de la aplicación de las Tablas Aduaneras publicadas en la Resolución Artículo 1.- Se fijan los siguientes Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios correspondientes a la segunda quincena de mayo de 2008:

RESUELVE

NANDINA PRODUCTO MARCADOR PRECIO DE REFERENCIA (USD/t) 0203.29.00 0207.14.00 0402.21.19 1001.10.90 1003.00.90 1005.90.11 1005.90.12 Carne de cerdo Trozos de pollo Leche entera Trigo Cebada Maíz amarillo Maíz blanco 1 405 1 198 4 862 425 226 275 290 (Un mil cuatrocientos cinco) (Un mil ciento noventa y ocho) (Cuatro mil ochocientos sesenta y dos) (Cuatrocientos veinticinco) (Doscientos veintiséis) (Doscientos setenta y cinco) (Doscientos noventa) Para nosotros la Patria es América GACETA OFICIAL 12/05/2008 2.2 NANDINA PRODUCTO MARCADOR PRECIO DE REFERENCIA (USD/t) 1006.30.00 1201.00.90 1507.10.00 1511.10.00 1701.11.90 1701.99.00 Arroz blanco Soya en grano Aceite crudo de soya Aceite crudo de palma Azúcar crudo Azúcar blanco 769 517 1 355 1 184 292 377 Artículo 2.- Los Precios de Referencia indicados en el artículo anterior, se aplicarán a las importaciones que arriben a puertos de la Comunidad Andina entre el dieciséis y el treinta y uno de mayo del año dos mil ocho.

Artículo 3.- Para la determinación de los derechos variables adicionales o las rebajas arancelarias que correspondan a los Precios de Referencia indicados en el artículo 1, se podrán utilizar las Tablas Aduaneras publicadas en la Resolución 1143 de la Secretaría General, o se efectuarán los cálculos que se esta- (Setecientos sesenta y nueve) (Quinientos diecisiete) (Un mil trescientos cincuenta y cinco) (Un mil ciento ochenta y cuatro) (Doscientos noventa y dos) (Trescientos setenta y siete) blecen en los artículos 11, 12, 13 y 14 de la Decisión 371.

Artículo 4.- Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los ocho días del mes de mayo del año dos mil ocho. FREDDY EHLERS Secretario General RESOLUCION 1163 Modificación de la Resolución 1149 - Calendario de días hábiles de la Secretaría General para el año 2008 LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTO: El Reglamento de Procedimientos Administrativos de la Secretaría General de la Comunidad Andina contenido en la Decisión 425 del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores; y,

CONSIDERANDO

Que el artículo 30 del Reglamento de Procedimientos Administrativos dispone que el Secretario General debe dar a conocer el calendario de días hábiles de la Secretaría General; Que en el Anexo a que se refiere el artículo 2 de la Resolución 1149, publicada en la Gaceta Oficial 1593 de 29 de febrero de 2008, se establecieron los días feriados que se considerarán días inhábiles, a efectos del cómputo de los plazos de los procedimientos administrativos que se sigan ante la Secretaría General;

RESUELVE

Artículo 1.- Excluir del Anexo de la Resolución 1149 los días 15 y 16 de mayo de 2008. Artículo 2.- Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los ocho días del mes de mayo del año dos mil ocho.

FREDDY EHLERS Secretario General Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina - Paseo de la República 3895 - Fax (51-1) 221-3329 - Teléf. (51-1) 411-1400 - Casilla 18-1177 - Lima 18-Perú