JurídicoESEN
Gace1717CAN · Gacetas Oficiales2009-05-15

Documentos publicados en esta gaceta

Año XXVI - Número 1717 Lima, 15 de mayo de 2009 SUMARIO Secretaría General de la Comunidad Andina Resolución 1237.- Por la cual se dispone la inscripción en el Registro Subregional de Normas Sanitarias y Fitosanitarias, de la Resolución Directoral Nº 07-2009-AGSENASA-DSV del Servicio Nacional de Sanidad Agraria de Perú que establece los requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio en la importación de plantas de gerbera (Gerbera spp.) procedentes de Colombia Pág. 1 RESOLUCION 1237 Por la cual se dispone la inscripción en el Registro Subregional de Normas Sanitarias y Fitosanitarias, de la Resolución Directoral Nº 07-2009-AG-SENASA-DSV del Servicio Nacional de Sanidad Agraria de Perú que establece los requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio en la importación de plantas de gerbera (Gerbera spp.) procedentes de Colombia LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, Subregional poniendo en conocimiento de los Países Miembros la referida Resolución;

VISTA: La Decisión 515 de la Comisión de la Comunidad Andina que aprueba el Sistema Andino de Sanidad Agropecuaria; y, Que, la Resolución Directoral Nº 07-2009AG-SENASA-DSV del Servicio Nacional de Sanidad Agraria de Perú establece los requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio en la importación de plantas de gerbera (Gerbera spp.) procedentes de Colombia;

CONSIDERANDO

Que el 17 de febrero de 2009, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo de Perú, mediante Oficio Nº 10-2009-MINCETUR/VMCE/DNINCI, notificó a la Secretaría General la Resolución Directoral Nº 07-2009-AGSENASA-DSV del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, con fecha 29 de enero de 2009, para que de conformidad con el artículo 35 de la Decisión 515, se procediera al trámite correspondiente para su inscripción en el Registro Subregional de Normas Sanitarias y Fitosanitarias;

Que, de acuerdo con el procedimiento establecido en los artículos 34, 35 y 36 de la Decisión 515, la Secretaría General, mediante comunicación SG-X/D.1.10/129/2009 del 20 de febrero de 2009, dio inicio al trámite de Registro Que, a la fecha, la Secretaría General no ha recibido observación alguna de ningún País Miembro respecto a la inscripción de la Resolución Directoral Nº 07-2009-AG-SENASA-DSV en el Registro Subregional de Normas Sanitarias y Fitosanitarias, habiéndose cumplido el plazo para que los Países Miembros se pronuncien sobre dicha norma nacional;

Que, en opinión de la Secretaría General, la Resolución Directoral Nº 07-2009-AG-SENASADSV cumple con los objetivos establecidos en el artículo 4 incisos a) y c) así como el artículo 12 de la Decisión 515, relacionados con la pre- Para nosotros la Patria es América GACETA OFICIAL vención y control de plagas que representen un riesgo para la sanidad agropecuaria de la Comunidad Andina, estableciendo procedimientos para facilitar el comercio y evitando que las medidas fitosanitarias se conviertan en restricciones encubiertas al comercio;

Que, la Secretaría General de la Comunidad Andina considera que tratándose de movilización de plantas de “Gerbera” (Gerbera spp.) para reproducción, que no cuenta con requisitos armonizados a nivel subregional, la Resolución Directoral Nº 07-2009-AG-SENASA-DSV del Servicio Nacional de Sanidad Agraria de Perú incorpora requisitos para asegurar la calidad sanitaria del producto que ingresa al Perú procedente de Colombia, sin contravenir la normativa subregional vigente, por lo que es procedente su inscripción en el Registro Subregional de Normas Sanitarias y Fitosanitarias; 15/05/2009 2.2

RESUELVE

Artículo 1.- Inscribir la Resolución Directoral Nº 07-2009-AG-SENASA-DSV del Servicio Nacional de Sanidad Agraria de Perú, con fecha 29 de enero de 2009, en el Registro Subregional de Normas Sanitarias y Fitosanitarias a que se refiere la Decisión 515. Artículo 2.- Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.

Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los catorce días del mes de mayo del año dos mil nueve. FREDDY EHLERS Secretario General Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina - Paseo de la República 3895 - Fax (51-1) 221-3329 - Teléf. (51-1) 411-1400 - Casilla 18-1177 - Lima 18-Perú