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Gace2024CAN · Gacetas Oficiales2012-03-02

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GACETA OFICIAL 10/06/2011 1.64 Año XXIX - Número 2024 Lima, 2 de marzo de 2012 SUMARIO Secretaría General de la Comunidad Andina Resolución 1456.- Casos Especiales de Valoración Aduanera Pág. 1 Resolución 1457.- Reglamento de la Decisión 617 sobre Tránsito Aduanero Comunitario RESOLUCION 1456 Casos Especiales de Valoración Aduanera LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: La Disposición Final Primera de la Decisión 571 sobre el Valor en Aduana de las Mercancías Importadas, su Reglamento aprobado mediante Resolución 846 y la Resolución 961 sobre Procedimiento de los Casos Especiales de Valoración Aduanera;

CONSIDERANDO

Que en la Primera Disposición Final de la Decisión 571 se establece la creación de un Grupo Ad-Hoc de expertos gubernamentales en Valoración Aduanera del Comité Andino de Asuntos Aduaneros, con la finalidad de recomendar los procedimientos a seguir para los casos especiales de valoración aduanera; Que el numeral 2 del artículo 46 del Reglamento Comunitario aprobado por Resolución 846, consagra que “La Secretaría General, mediante Resolución, establecerá los casos especiales que resulten posteriormente de la práctica de las Administraciones Aduaneras…”;

Que mediante Resolución 961 se adoptó el Procedimiento de los Casos Especiales de Valoración Aduanera; Que en la Trigésima Reunión del Grupo de Expertos en Valoración Aduanera, realizada a través de videoconferencia el 14 de diciembre de 2011, los representantes de los Países Miembros opinaron favorablemente sobre el proyecto de Resolución preparado por la Secretaría General, el cual actualiza los procedimientos a seguir respecto de determinados casos especiales de valoración aduanera;

RESUELVE

CAPÍTULO I Disposiciones Generales Artículo 1.- Objeto La presente Resolución tiene por objeto establecer los criterios para determinar el valor en aduana en ciertos casos especiales en los que no sea posible aplicar el método principal del Valor de Transacción ni los secundarios, ni aun considerando la flexibilidad contemplada en el método del “Último Recurso”, debido a la particular naturaleza de las mercancías que se han de valorar, o por las circunstancias de las operaciones determinantes de la importación, o porque se presenta un cambio de régimen o destino aduanero.

En aquellos casos no contemplados en la presente Resolución o en la legislación de cada País Miembro, deberán seguirse los criterios que se señalan en el artículo 17. Artículo 2.- Adiciones y deducciones para la determinación del valor en aduana Para la determinación del valor en aduana de la mercancía importada, al precio base que resulte Para nosotros la patria es América GACETA OFICIAL de la aplicación de los criterios contenidos en la presente Resolución, se efectuará las adiciones y/o deducciones conforme a lo previsto en el artículo 6 de la Decisión 571, y los artículos 18 y 31 del Reglamento Comunitario aprobado por Resolución 846.

Artículo 3.- Tratamiento Tributario La presente Resolución no contempla el tratamiento tributario de las mercancías importadas, de regulación interna de cada País Miembro. Artículo 4.- Reglamentación interna de los criterios para determinar el valor en aduana El orden de aplicación de los criterios establecidos en los artículos de la presente Resolución para determinar el valor en aduana, podrá ser reglamentado por la legislación interna de cada País Miembro, para su mejor aplicación. CAPÍTULO II Casos especiales de valoración Artículo 5.- Mercancías usadas u obsoletas El valor en aduana de las mercancías que, posterior a su adquisición, pero antes de su importación, hayan sido usadas o quedado en estado de obsolescencia, se determinará a partir de uno de los siguientes criterios: a) Precio de referencia establecido para la mercancía, idéntica o similar, usada u obsoleta que se importa, sin efectuar depreciación o aplicar obsolescencia, según corresponda. b) Precio de referencia establecido para la mercancía idéntica o similar en estado nuevo, al cual se aplicará la depreciación u obsolescencia, según corresponda. c) Precio en términos FOB pagado por tales mercancías, en el estado en que fueron adquiridas, al cual se aplicará la depreciación u obsolescencia correspondiente. d) Precio estimado por un perito en la materia, independiente del comprador y vendedor, siendo el costo asumido por el importador.

Para los literales b y c, los porcentajes de depreciación o de obsolescencia y el tipo de mercancía que pueda ser depreciada o a las que se pueda aplicar la obsolescencia, se establecerá en la legislación de cada País Miembro. No será posible aplicar depreciación y obsolescencia en el mismo momento. 02/03/2012 2.28 Artículo 6.- Mercancías reparadas, reacondicionadas, remanufacturadas, transformadas o reconstruidas El valor en aduana de las mercancías que, posterior a su adquisición, pero antes de su importación, hayan sido reparadas, reacondicionadas, remanufacturadas, transformadas o reconstruidas, se determinará a partir de uno de los siguientes criterios: a) Precio de referencia establecido para la mercancía importada en condición de reparada, reacondicionada, remanufacturada, transformada o reconstruida, sin adicionar el valor de la reparación, reacondicionamiento, transformación o reconstrucción. b) Precio negociado, en términos FOB, por tales mercancías en el estado de adquisición, adicionado con el importe de la reparación, reacondicionamiento, remanufactura, transformación o reconstrucción. Este valor debe incluir el costo de los materiales incorporados, de la mano de obra, envases o embalajes de ser el caso, y el beneficio de quien efectuó el trabajo. c) Precio estimado por un perito en la materia, independiente del comprador y vendedor, siendo el costo asumido por el importador.

Artículo 7.- Mercancías averiadas, dañadas o deterioradas El valor en aduana de las mercancías que, posterior a su adquisición, pero antes de su importación, se encuentren parcialmente averiadas, dañadas o deterioradas, con un valor residual, se determinará a partir del precio realmente pagado o por pagar de dicha mercancía al momento de su adquisición o en su defecto a partir de un precio de referencia de mercancía idéntica o similar, reducido en la proporción de la avería, daño o deterioro, cuyo valor podrá establecerse con uno de los criterios siguientes: a) La estimación de un perito en la materia, independiente del comprador y del vendedor, siendo el costo asumido por el importador. b) El costo presupuestado para las reparaciones o la restauración, y c) En caso de que exista, la indemnización efectuada por la compañía de seguros.

El valor en aduana de la mercancía totalmente averiada, dañada o deteriorada, se determinará GACETA OFICIAL a partir del precio estimado por un perito en la materia, independiente del comprador y vendedor, siendo el costo asumido por el importador, o en caso de que exista, el valor establecido por la compañía de seguros. 02/03/2012 3.28 b) Precio de factura inicial adicionado o reducido (cuando sea viable según la legislación de cada País Miembro) en el valor pactado y facturado por la nueva mercancía recibida en sustitución, siempre que las características de la inicialmente importada hayan variado.

Artículo 8.- Mercancías importadas a granel que sufran variaciones en cantidad o peso durante su transporte Artículo 11.- Mercancías reimportadas después de un perfeccionamiento pasivo La determinación del valor en aduana de las mercancías importadas a granel, llegadas en exceso o en menor cantidad de la negociada, se establecerá a partir del precio unitario pactado entre el comprador y el vendedor.

El precio base será el resultado de multiplicar el precio unitario establecido en la negociación por la cantidad de mercancías efectivamente llegadas. El valor en aduana de las mercancías reimportadas que hayan sido sometidas a perfeccionamiento pasivo será determinado considerando el valor total de la mercancía tal y como se reimporta, incluyendo el valor agregado en el exterior, los gastos de transporte, costo del seguro y demás gastos de entrega ocasionados por el envío y devolución de la mercancía. El porcentaje de variación y las mercancías para las cuales se aceptará este procedimiento será establecido en las legislaciones nacionales de los Países Miembros.

El valor agregado en el exterior comprende el precio pagado o por pagar por concepto de la transformación, elaboración y reparación con o sin garantía de las mercancías, incluido el valor de los materiales, la mano de obra, envases o embalajes, demás gastos incurridos en el exterior y el beneficio de quien efectuó el trabajo en el extranjero.

Artículo 9.- Mercancías importadas sin valor comercial El valor en aduana de las mercancías importadas sin valor comercial, tales como: regalos, donaciones, material publicitario o de propaganda y muestras, se determinará considerando uno de los siguientes criterios: a) Valores registrados en los documentos soporte de la negociación. b) Precios de referencia de mercancía idéntica o similar. c) Monto asegurado, señalado en el documento del seguro. d) Precio estimado por un perito en la materia, independiente del comprador y vendedor, siendo el costo asumido por el importador.

Artículo 10.- Mercancías importadas en sustitución de otra El valor en aduana de la mercancía importada recibida en sustitución de otra que resultó averiada, defectuosa o que en general no cumplió con las estipulaciones del contrato, se determinará a partir de uno de los siguientes criterios: a) Precio de factura inicial, si la mercancía recibida en sustitución no se factura o es facturada como gratuita.

Artículo 12.- Mercancías importadas bajo el régimen de admisión temporal El valor en aduana de las mercancías importadas bajo el régimen de admisión temporal se determinará a partir de uno de los siguientes criterios: a) Valores registrados en los documentos soporte de la negociación. b) Precio de referencia de mercancía idéntica o similar a la importada. c) Valor de la mercancía registrado en el documento de seguro. d) Precio estimado por un perito, independiente del comprador y vendedor, siendo su costo asumido por el importador.

Si la mercancía ingresada bajo el régimen de admisión temporal es sometida al régimen de importación para el consumo, el valor en aduana será aquel que se determinó al momento de la presentación y aceptación de la declaración del régimen de admisión temporal de dichas mercancías. Artículo 13.- Mercancías importadas en alquiler o en arrendamiento financiero con o sin opción de compra El valor en aduana de las mercancías importadas en alquiler o en arrendamiento financiero GACETA OFICIAL 02/03/2012 4.28 con o sin opción de compra, se determinará a partir de uno de los siguientes criterios: primeras y “vida útil restante” para las segundas. 1.

Precio de referencia establecido para mercancía idéntica o similar. 2. Estipulaciones del contrato de arrendamiento, de acuerdo a los siguientes tipos de contrato: b) Con opción de compra La opción de compra se ejercitará bajo los términos del contrato de arrendamiento. Según el momento de la compra, el valor en aduana se determinará: a) Sin opción de compra La determinación del valor en aduana se efectuará a partir del valor presente de los alquileres pagados o por pagar, durante la vida útil de las mercancías utilizando para el efecto las siguientes fórmulas y considerando: i. Con cánones de arrendamiento pagaderos en plazos anticipados: t A [(1+r) - 1] Vc = —————— t-1 r(1+r) ii.

Con cánones de arrendamiento pagaderos en plazos vencidos: t A [(1+r) - 1] Vc = —————— t r(1+r) Donde: Vc = Es el valor actual que pretende hallarse. A = Es el importe del canon de arrendamiento (anual, semestral, trimestral, bimestral o mensual, según el caso). r = Es la tasa de interés estipulada en el contrato o en su defecto la Libor (anual, semestral, trimestral, bimestral o mensual, según el plazo que cubra A). t = Es la vida útil de la mercancía que puede expresarse en años o fracción de año, según corresponda el pago de A y r. Cuando se desconozca la vida útil, podrá utilizarse la duración de una mercancía idéntica o similar importada, o consultar con empresas especializadas en colaboración con el importador.

Se distinguirá entre la vida útil de mercancías nuevas y usadas, utilizando, por ejemplo, la expresión “vida útil total” para las i. Al comienzo del contrato. Se partirá del precio de dicha opción. ii. En el transcurso o al vencimiento del contrato. Se partirá del valor actualizado de los alquileres pagados o por pagar durante la vida útil, empleando para el efecto las fórmulas y consideraciones previstas en el numeral 2, literal a) del presente artículo, adicionado con el valor residual exigido.

En la determinación del valor en aduana, según los supuestos anteriores, además de las adiciones y deducciones reguladas en el artículo 2, se efectuarán, entre otras, las siguientes deducciones: a) Gastos de conservación y reparación de la mercancía. b) Gastos de explotación a cargo del importador. c) Beneficio normal del importador. Artículo 14.- Antigüedades, obras de arte o modelos de colección El valor en aduana de antigüedades, obras de arte, modelos de colección o de aquellos bienes en cuya elaboración haya predominado el ingenio o la creatividad, se determinará a partir de uno de los siguientes criterios: a) Información obtenida de publicaciones especializadas. b) Valores registrados en los documentos de la negociación. c) Precio fijado por un perito en la materia, independiente del comprador y vendedor, siendo el costo asumido por el importador.

Artículo 15.- Determinación del valor en aduana de los desperdicios de las mercancías que ingresan a un régimen de transformación El valor en aduana de los desperdicios generados de un proceso de transformación, de mercancías ingresadas a depósitos industriales o GACETA OFICIAL 02/03/2012 5.28 para perfeccionamiento activo, se determinará a partir de uno de los siguientes criterios: siderará, entre otros, el precio establecido según uno de los siguientes criterios: a) Precio de venta en el mercado nacional de los desperdicios, o de otros desperdicios que sean idénticos o similares, a cuyo valor se le aplicará el porcentaje de participación en el proceso productivo de las materia primas e insumos extranjeros, con las deducciones señaladas en al artículo 5 del Acuerdo sobre Valoración de la OMC, de ser el caso. 1.

Precio de referencia. b) Precio fijado por un perito en la materia, independiente del comprador y vendedor, siendo el costo asumido por el importador. Artículo 16.- Valoración de películas cinematográficas El valor en aduana de las películas cinematográficas importadas se determinará a partir del valor del soporte físico y del valor de la licencia que se pague por el derecho a la exhibición, proyección y distribución, adquirido según contrato, el cual será aplicado proporcionalmente al número de copias de las películas que se importen en cada caso.

Para el caso de las películas cinematográficas grabadas digitalmente e incorporadas en un soporte físico, el valor en aduana se determinará según lo establecido en la legislación nacional de los Países Miembros. Artículo 17.- Criterios para otros casos especiales no reglamentados Para la determinación del valor en aduana en los casos especiales no reglamentados por esta Resolución, ni en los instrumentos emitidos por los Comités de Valoración de la OMC y Técnico de Valoración de la OMA, anexos al Reglamento Comunitario aprobado por Resolución 846, ni en la legislación de los Países Miembros, se con- 2.

Precio de reventa en el país de importación, deducidos los costos y gastos en que se incurra para su importación y comercialización. 3. Valor registrado en los documentos de seguro de las mercancías. 4. Valor registrado en los contratos u otros documentos relacionados con las mercancías. 5. Valor registrado en la Declaración de Exportación confirmado por la Autoridad Aduanera del país de exportación. 6.

Precio fijado por un perito en la materia, independiente del comprador y vendedor, siendo el costo asumido por el importador. 7. Precio del mercado interno del país de exportación de mercancías, que sea aplicable en el país de importación; siempre que de él se deduzcan los impuestos internos de dicho país que se hayan pagado. Para la determinación del valor en aduana de acuerdo a lo señalado en el presente artículo, se deberá considerar lo estipulado en el numeral 2 del artículo 7 del Acuerdo sobre Valoración de la OMC.

Artículo 18.- La presente Resolución, la cual deroga a la Resolución 961, entrará en vigencia a los sesenta días siguientes a su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los veintiocho días del mes de febrero del año dos mil doce. ADALID CONTRERAS BASPINEIRO Secretario General a.i. GACETA OFICIAL 02/03/2012 6.28 RESOLUCION 1457 Reglamento de la Decisión 617 sobre Tránsito Aduanero Comunitario LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: Los Artículos 3 y 104 del Acuerdo de Cartagena, y las Decisiones 617 y 636 sobre Tránsito Aduanero Comunitario; y,

CONSIDERANDO

Que el Acuerdo de Cartagena, en su Artículo 3, destaca la importancia de emplear la integración física como mecanismo para alcanzar sus objetivos, reconociendo además la necesidad de adelantar acciones en el campo de la integración fronteriza; Que el Artículo 104 del citado Acuerdo establece que los Países Miembros desarrollarán acciones conjuntas para lograr un mejor aprovechamiento del espacio físico y el fortalecimiento de los servicios necesarios para el avance del proceso de integración económica de la Subregión en el campo de los transportes y las comunicaciones;

Que dicho dispositivo señala además que la acción conjunta a ser desarrollada por los Países Miembros comprenderá las medidas necesarias para facilitar el tráfico fronterizo; Aduanero Comunitario respecto del presente proyecto normativo, acordaron recomendar su aprobación por la Secretaría General;

RESUELVE

Aprobar el Reglamento de la Decisión 617 sobre Tránsito Aduanero Comunitario. Artículo 1.- Rutas y plazos La aduana de partida autorizará el Tránsito Aduanero Comunitario señalando las rutas y plazos dentro de los cuales deberán ser presentadas las mercancías en las aduanas de paso de frontera y en la de destino. Para tal efecto, se tendrá en cuenta la información que se consigna en las tablas de los Anexos I y II que forman parte integrante del presente Reglamento, sobre las vías y cruces de frontera y sobre las rutas habilitadas y sus plazos, respectivamente.

La actualización de dichas tablas será efectuada mediante Resolución de la Secretaría General, a solicitud de la administración aduanera del País Miembro correspondiente. Artículo 2.- Productos sensibles Que el artículo 57 de la Decisión 617 establece que las sanciones administrativas a las infracciones previstas en la mencionada Decisión se aplicarán de conformidad con la reglamentación que para el efecto expida la Secretaría General de la Comunidad Andina, previa consulta con el Comité Andino de Asuntos Aduaneros;

Que, asimismo, la Segunda Disposición Final de la citada Decisión 617 establece que la Secretaría General de la Comunidad Andina adoptará las normas reglamentarias que resulten necesarias para su correcta aplicación; Que en la XXIV Reunión del Grupo de Expertos en Tránsito Aduanero Comunitario, realizada el 26 de octubre de 2011, los representantes de los Países Miembros opinaron favorablemente sobre el proyecto de Reglamento preparado por la Secretaría General;

Que en la XXVII Reunión del Comité Andino de Asuntos Aduaneros realizada el 28 de octubre de 2011, los representantes de los Directores de Aduana, tomando en consideración la conformidad del Grupo de Expertos en Tránsito De conformidad con el segundo párrafo del artículo 10 de la Decisión 617, modificado por el artículo 1 de la Decisión 636, la aduana de partida autorizará el Tránsito Aduanero Comunitario de mercancías consideradas como productos sensibles, de acuerdo con la lista actualizada de estos productos a ser aprobada mediante Resolución de la Secretaría General, siempre que se cumpla con cualquiera de las siguientes condiciones: a) Se encuentren en vehículos o unidades de carga cerrados que se puedan precintar; b) Cuando se trate de mercancías que por sus características, dimensiones o volumen no puedan ser transportadas en vehículos o unidades de carga cerrados, se autorizará siempre que la mercancía sea debidamente individualizada e identificable.

Artículo 3.- Documentos que sustentan la Declaración Aduanera El obligado principal presentará ante la aduana de partida los documentos que soportan la De- GACETA OFICIAL claración Aduanera, conforme se indica en el artículo 12 de la Decisión 617. Cuando el obligado principal sea una persona distinta al transportista autorizado, éste deberá entregar el documento original de la garantía económica, el cual quedará en poder y custodia de la aduana de partida.

Artículo 4.- Mercancías acondicionadas en una o varias unidades de carga o vehículos de transporte Para efectos de lo dispuesto en los artículos 14 y 15 de la Decisión 617, la aduana de partida autorizará el Tránsito Aduanero Comunitario siempre que las mercancías sean objeto de declaración aduanera de un mismo obligado principal y se encuentren amparadas en uno o más documentos de transporte según corresponda al modo de transporte.

Artículo 5.- Cambio forzoso de la aduana de paso de frontera Para la aplicación del artículo 21 de la Decisión 617, cuando por causa de fuerza mayor o caso fortuito ocurrida durante el Tránsito Aduanero Comunitario, el transportista no pueda utilizar la aduana de paso de frontera indicada en el Documento Único Aduanero o cumplir con la ruta o plazos previstos, deberá comunicar por escrito esta situación a la autoridad aduanera más próxima, en el más breve plazo, acreditando la causa que se invoca.

La autoridad aduanera a quien se comunicó tal situación, podrá autorizar el cambio de aduana de paso de frontera y/o las rutas y plazos a cumplir, una vez verificada la causa invocada, o negar dicha autorización si no se comprueba la ocurrencia de fuerza mayor o caso fortuito. Artículo 6.- Verificación de las aduanas de paso de frontera De conformidad con el artículo 23 de la Decisión 617, las aduanas de paso de frontera dejarán constancia de sus actuaciones en el Documento Único Aduanero; sin perjuicio de la verificación externa o verificación física de las mercancías cuando corresponda, debiendo además verificar el cumplimiento de las rutas y plazos autorizados por la aduana de partida.

Artículo 7.- Sospecha de irregularidades aduaneras Para efectos de lo dispuesto en el artículo 24 de la Decisión 617, se entiende por sospecha de 02/03/2012 7.28 irregularidades aduaneras la presunción sobre la posible comisión de los hechos previstos como infracción en el artículo 56 de la misma Decisión, sobre la base de circunstancias que permitan evidenciar su probable ocurrencia. Artículo 8.- Diferencias no justificadas Para efectos de determinar las diferencias no justificadas a que se refiere el artículo 26 de la Decisión 617, se tendrán en cuenta los hechos previstos como infracción en los literales g) y h) del artículo 56 de la misma Decisión, aplicándose las sanciones administrativas correspondientes, sin perjuicio de las demás responsabilidades que puedan corresponder de conformidad con la legislación nacional de cada País Miembro.

Artículo 9.- Transbordo de las mercancías Para autorizar el transbordo de mercancías bajo el Régimen de Tránsito Aduanero Comunitario dispuesto por el artículo 28 de la Decisión 617, el transportista autorizado deberá presentar su solicitud por escrito con la justificación correspondiente a la autoridad aduanera más próxima en el más breve plazo, quien luego de la verificación correspondiente autorizará el transbordo, dejando constancia del hecho en el Documento Único Aduanero y, si el caso lo amerita, colocará un nuevo precinto aduanero, debiendo comunicar dicha acción a las aduanas de partida, de paso de frontera y de destino, a la brevedad posible.

Excepcionalmente, de no ser posible el transbordo a otro medio de transporte o unidad de carga de la misma empresa, la aduana podrá autorizar al transportista el transbordo en otras unidades de transporte y/o carga de otra empresa igualmente habilitada y registrada ante la aduana, bajo responsabilidad del transportista. Artículo 10.- Presentación de las mercancías ante la aduana de destino Para la finalización del Tránsito Aduanero Comunitario, en cumplimiento del artículo 32 de la Decisión 617, las mercancías deben presentarse ante la aduana de destino o ante un depósito ubicado en la jurisdicción de la aduana de destino. Cuando el destino de las mercancías sea un tercer país, el Tránsito Aduanero Comunitario concluirá con la verificación de la salida de las mercancías del territorio del País Miembro al que corresponde la aduana de salida.

GACETA OFICIAL Artículo 11.- Aplicación de las sanciones 02/03/2012 8.28 el artículo 1 de la Decisión 617, según corresponda. a) Para el obligado principal Todas las infracciones establecidas en el artículo 56 de la Decisión 617, serán sancionables administrativamente con la imposición de una multa sobre el obligado principal, conforme a lo establecido en la Resolución que para el efecto aprobará la Secretaría General.

La actualización de los montos de dichas multas será efectuada por la Secretaría General mediante Resolución, previa solicitud de la Administración Aduanera de alguno de los Países Miembros. b) Para el transportista En los supuestos de los literales b), c), d), e), f), g), h), i), j), k), l) y m) del artículo 56 de la Decisión 617 modificada por Decisión 636, se aplicará al transportista la sanción de suspensión del registro para efectuar el transporte internacional de mercancías por carretera, en los términos señalados en la Decisión 399 o en sus normas modificatorias o sustitutorias de ser el caso, sin perjuicio de la multa que pudiera corresponderle de ser también obligado principal.

Se aplicará la sanción de suspensión de la autorización para el ejercicio del tránsito aduanero comunitario, para los demás transportistas señalados en el artículo 1 de la Decisión 617, según corresponda. Se aplicará una sanción de suspensión de 10 a 44 días calendario a criterio de la Aduana del País Miembro a las infracciones de los literales b), c), e) y f) del artículo 56 de la Decisión 617.

Se aplicará una sanción de suspensión de 45 a 90 días calendario a criterio de la Aduana del País Miembro a las infracciones de los literales d), g), h), i), j), k), l) y m) del artículo 56 de la Decisión 617. Si dentro del periodo de un año el transportista fuere sancionado con una tercera suspensión en el territorio aduanero nacional de los Países Miembros, la cual haya quedado firme o ejecutoriada, se aplicará la cancelación del registro establecido en la Decisión 399, para efectuar el transporte internacional de mercancías por carretera.

Se aplicará la sanción de cancelación de la autorización para el ejercicio del tránsito aduanero comunitario, para los demás transportistas señalados en El procedimiento aplicable para la imposición de las sanciones, así como las condiciones administrativas para el cobro de las mismas, se regirán por las disposiciones contempladas en la legislación nacional del País Miembro en el que fue cometida la infracción. Las Resoluciones por las cuales se emitan multas, suspensiones o cancelaciones, y que hayan quedado firmes o ejecutoriadas, serán comunicadas a la Secretaría General para conocimiento y difusión a las Administraciones Aduaneras de los Países Miembros.

La Secretaría General comunicará oficialmente dichas Resoluciones, sin perjuicio de su publicación en la página web institucional de la Comunidad Andina. Artículo 12.- Liquidación de los derechos de aduana e impuestos Para efectos de lo dispuesto en el artículo 58 de la Decisión 617, se liquidarán los derechos de aduana, impuestos, recargos e intereses, cuando se haya incurrido en las infracciones previstas en los literales e), g) y h) del artículo 56 de la misma Decisión, sin perjuicio del cobro de la multa que pueda corresponder como sanción. El cómputo de los intereses a que se refiere el párrafo precedente, se efectuará de acuerdo con lo establecido en la legislación nacional de cada País Miembro, conforme resulte aplicable.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA: En el caso de la República de Ecuador, se otorgará un plazo de seis meses a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución, para la culminación y remisión de la información correspondiente a Rutas y Plazos Autorizados del Anexo II. Durante dicho período será de aplicación, para la correcta implementación de dicho Anexo, la información obrante en la legislación nacional de dicho País Miembro, la misma que será comunicada a la Secretaría General para su correspondiente difusión a los demás Países Miembros.

DISPOSICIONES FINALES PRIMERA: En el caso del Estado Plurinacional de Bolivia, en cuanto a rutas y plazos autorizados, se consignará la información establecida en la legislación nacional de dicho País Miembro; para lo cual deberá remitir esta información a la Secretaría General, la misma que mediante Re- GACETA OFICIAL 02/03/2012 9.28 solución la difundirá a los demás Países Miembros.

Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los veintiocho días del mes de febrero del año dos mil doce. SEGUNDA: La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. ADALID CONTRERAS BASPINEIRO Secretario General a.i. ANEXO I VÍAS Y CRUCES DE FRONTERA BOLIVIA CRUCES DE FRONTERA 1 PAÍS FRONTERIZO1 Puerto Acosta PE Kasani PE Desaguadero PE Charaña PE Charaña CL Tambo Quemado CL Pisiga CL Est.

Avaroa CL Apacheta/Hito Cajones CL Villazón AR Bermejo AR Yacuiba AR Arroyo Concepción BR San Matías BR San Vicente BR Guayaramerín BR Cobija BR Villamontes (Picada Sucre/Hito BR 94) PY Fuente: ISO 3166-1 Newsletter VI-7 Códigos para la representación de los nombres de países y sus subdivisiones, Parte 1 Códigos de país. GACETA OFICIAL 02/03/2012 10.28 COLOMBIA CRUCES DE FRONTERA PAÍS FRONTERIZO Paraguachón VE Puente Internacional San Antonio-Cúcuta VE Puente Internacional Francisco de Paula Santander- Cúcuta Puente Internacional La Unión Puente Internacional José Antonio Páez Puente Rumichaca EC Puente San Miguel EC ECUADOR CRUCES DE FRONTERA PAÍS FRONTERIZO Rumichaca CO Macará PE Huaquillas PE PERÚ CRUCES DE FRONTERA PAÍS FRONTERIZO Aguas Verdes (Tumbes) EC La Tina EC Santa Rosa CL Desaguadero BO Iñapari BR GACETA OFICIAL 02/03/2012 11.28 ANEXO II RUTAS HABILITADAS Y PLAZOS AUTORIZADOS PARA TRÁNSITO TERRESTRE INTERNACIONAL RUTAS HABILITADAS BOLIVIA DESCRIPCIÓN DE LA RUTA HABILITADA 01 Desaguadero - El Alto - La Paz - Oruro - Potosí - Tarija - Bermejo 02 Tambo Quemado - Patacamaya - Caihuasi - Cochabamba - Villa Tunari - Yapacaní - Guabirá - Santa Cruz. 03 Santa Cruz - Camiri - Fortín Villazón (Frontera con Paraguay). 04 Santa Cruz - Cotoca - Pailón - Puerto Suárez (Frontera con Brasil). 05 Potosí - Sucre 06 La Paz - Escoma - Apolo - Puerto Heath - Cobija 07 La Paz - Sapecho - Yucumo - Rurrenabaque 08 Yucumo - San Borja - San Ignacio - Trinidad 09 Rurrenabaque - Santa Rosa - Riberalta - Guayamerín 10 Santa Cruz - San Ramón - Trinidad 11 San Ramón - San Ignacio de Velasco - San Matías 12 Boyuibe - Yacuiba COLOMBIA DESCRIPCIÓN DE LA RUTA HABILITADA 01 Cúcuta - Bucaramanga - Socorro - Tunja - La Caro - Bogotá - Armenia - Alambrado - La Paila - Cali - Popayán - Pasto - Puente Rumichaca. 02 Cúcuta - Pamplona - Floridablanca - Girón - La Fortuna - La Lizama - Puerto Araujo - Honda - Ibagué - Variante Ibagué - La Línea - Calarca - Club Campestre - La Paila - Buga - Palmira - Puerto Tejada - Villa Rica - Santander de Quilichao - Crucero - Popayán - Variante de Popayán - Mojarras - Pasto - Paso por Pasto - Pedregal - Ipiales y viceversa. 03 Paraguachón - Maicao - Riohacha - Barranquilla - Cartagena - El Viso - San Onofre - Toluviejo - Sincelejo - La Ye - Medellín - La Pintada - Cerritos - Cartago - Zarzal - Cali - Popayán - Pasto - Puente Rumichaca. 04 Medellín - Pto.

Triunfo - La Lizama - Bucaramanga - Cúcuta. 05 Puente Terrestre Interoceánico 06 Medellín - Guapá - Palo de Letras 07 Palo de Letras - Necoclí - Arboletes - Montería - La Ye GACETA OFICIAL 02/03/2012 12.28 08 San Miguel (Frontera con Ecuador) - Mocoa - Pitalito - Neiva - Girardot 09 Palo de Letras - Bahía Solano - Las Animas - La Virginia 10 San Miguel (Frontera con Ecuador) - Villa Garzón - San Vicente del Caguán - Villavicencio Yopal - Arauca (Frontera con Venezuela) 11 Girardot - Honda - Puerto Triunfo 12 Pamplona - Málaga - Tunja 13 Mocoa - Pasto - Tumaco ECUADOR DESCRIPCIÓN DE LA RUTA HABILITADA 01 Rumichaca - Tulcán - Ibarra - Quito - Aloag - Santo Domingo - Quevedo - Babahoyo - Guayaquil - Machala - Huaquillas 02 Aloag - Ambato - Riobamba - Azogues - Cuenca - Loja - Velacruz - Catacocha - Macará. (Este eje coincide con la carretera Panamericana en su paso por el Ecuador) 03 Esmeraldas - Santo Domingo 04 Puente San Miguel - Lago Agrio - Baeza - Pifo - Quito 05 Manta - Montecristi - Jipijapa - Guayaquil 06 Puerto Bolívar - Machala PERÚ DESCRIPCIÓN DE LA RUTA HABILITADA 01 Aguas Verdes - Tumbes - Sullana - Piura - Chiclayo - Trujillo - Chimbote - Pativilca - Lima Pisco - Camaná - Repartición - Moquegua - Tacna 02 La Tina - Sullana 03 Matarani - Arequipa - Juliaca - Puno - Desaguadero 04 Ilo - Moquegua - Humalzo - Mazocruz - Ilave - Desaguadero 05 Mazocruz - Pichupichuni - Desaguadero 06 Tacna - Concordia 07 Juliaca - Urcos - Quincemil - Puente Inambari - Puerto Maldonado - Iberia - Iñapari 08 Olmos - Corral Quemado - Tarapoto 09 Pacasmayo - Cajamarca 10 Pativilca - Huaraz 11 Lima - La Oroya - Huánuco - Tingo María - Pucallpa 12 La Oroya - Huancayo 13 Puerto General San Martín - Pisco - Ayacucho 14 Puerto San Juan - Nazca - Cuzco GACETA OFICIAL 02/03/2012 13.28 PLAZOS AUTORIZADOS COLOMBIA 2 Código de Aduana para las rutas y los plazos2 Aduanas 89 Cúcuta 37 Rumichaca 48 Cartagena 87 Barranquilla 19 Santa Marta 39 Maicao (Paraguachón) 03 Bogotá 04 Bucaramanga 35 Buenaventura 88 Cali 36 Cartago 10 Manizales 90 Medellín 16 Pereyra 25 Riohacha 24 Valledupar 01 Armenia 37 Ipiales 46 Puerto Asis Fuente: Tabla 2: Aduanas de los Países Miembros, Anexo IV de la Decisión 670.

GACETA OFICIAL 02/03/2012 14.28 RUTA Y PLAZO PARA EL RÉGIMEN DE TRÁNSITO ADUANERO INTERNACIONAL DESDE CÚCUTA Código de Ruta 89-37 89-48 89-87 89-19 Descripción de la Ruta Plazos en días y horas Rumichaca 1. Cúcuta - Bucaramanga - Sangil - Socorro - Tunja - La Caro - Bogotá - Armenia - Alambrado - La Paila - Cali Popayán - Pasto - Puente Rumichaca. 2.

Cúcuta - Pamplona - Floridablanca - Girón - La Fortuna - La Lizama - Puerto Araujo - Honda - Ibagué Variante Ibagué - La Línea - Calarca - Club Campestre La Paila - Buga - Palmira - Puerto Tejada - Villa Rica Santander de Quilichao - Crucero - Popayán - Variante de Popayán - Mojarras - Pasto - Paso por Pasto - Pedregal - Ipiales y viceversa. 10 (240 hs.) Cartagena 1.

Cúcuta - Zulia - Sardinata - Abrego - Ocaña - Aguas Claras - Aguachica - Pailitas - Curumaní - San Roque Bosconia - El Difícil - Plato - Sambrano - Carmen de Bolívar - Carreto - Gambote - Cartagena. 2. Cúcuta - La Donjuana - El Diamante - Pamplona Bucaramanga - Playón - San Alberto - San Martin Aguachica - Curumaní - San Roque - Bosconia - El Difícil - Plato - Sambrano - Carmen de Bolivar - Carreto Gambote - Cartagena. 6 (144 hs.) Barranquilla 1.

Cúcuta - Zulia - Sardinata - Abrego - Ocaña - Aguas Claras - Aguachica - Pailitas - Curumaní - San Roque Bosconia - El Difícil - Plato - Sambrano - Carmen de Bolivar - Carreto - Calamar - Barranquilla. 2. Cúcuta - La Donjuana - Pamplona - Bucaramanga Playón - San Alberto - San Martin - Aguachica - Curumaní - San Roque - Bosconia - El Difícil - Plato - Sambrano - Carmen de Bolívar - Carreto - Calamar - Barranquilla. 6 (144 hs.) Santa Marta 1.

Cúcuta - Zulia - Sardinata - Ocaña - Aguas Claras Aguachica - Pailitas - Curumani - San Roque - Bosconia - Fundación - La Ye de Ciénega - Santa Marta. 2. Cúcuta - La Donjuana - El Diamante - Pamplona Bucaramanga - Playón - San Alberto - San Martín Aguachica - Curumaní - San Roque - Bosconia - Fundación - La Ye de Ciénega - Santa Marta. 6 (144 hs.) Aduana de: Partida Destino Cúcuta Cúcuta Cúcuta Cúcuta RUTA Y PLAZO PARA EL RÉGIMEN DE TRÁNSITO ADUANERO INTERNACIONAL DESDE PARAGUACHÓN Código de Ruta 39-37 Aduana de: Partida Destino Paraguachón Rumichaca Descripción de la Ruta Plazos en días y horas 1.

Paraguachón - Maicao - Riohacha - Santa Marta - La Ye de Ciénega - Fundación - Bosconia - San Roque - Pailitas - Aguachica - San Alberto - La Lizama - Puerto Araujo Puerto Boyaca - Puerto Salgar - Honda - Mariquita - Léri10 (240 hs.) da - Ibagué - Calarca - Armenia - La Paila - Buga - El Cerrito - Palmira - Candelaria - Villa Rica - Santander de Quilichao - Piendamó - Popayán - El Bordo - Mojaras - El Tablón - Chachaguí - Pasto - Ipiales - Rumichaca.

GACETA OFICIAL 02/03/2012 15.28 RUTA Y PLAZO PARA EL RÉGIMEN DE TRÁNSITO ADUANERO INTERNACIONAL DESDE BARRANQUILLA Código de Ruta Aduana de: Partida Descripción de la Ruta Destino Plazos en días y horas 1. Barranquilla - La Ye de Ciénega - Fundación - Bosconia - San Roque - Pailitas - Aguachica - San Alberto La Lizama - Puerto Araujo - Puerto Boyaca - Puerto Salgar - Honda - Mariquita - Lérida - Ibagué - Calarca 10 (240 hs.) Armenia - La Paila - Buga - El Cerrito - Palmira - Candelaria - Villa Rica - Santander de Quilichao - Piendamó Popayán - El Bordo - Mojaras - El Tablón - Chachaguí Pasto - Ipiales - Rumichaca. 87-37 Barranquilla Rumichaca 87-39 Barranquilla 1.

Barranquilla - Santa Marta - Palomino - Riohacha Paraguachón Maicao - Paraguachón. 3 (72 hs.) RUTA Y PLAZO PARA EL RÉGIMEN DE TRÁNSITO ADUANERO INTERNACIONAL DESDE BOGOTÁ Código de Ruta Aduana de: Partida Descripción de la Ruta Destino Plazos en días y horas 1. Bogotá - La Caro - Briceño - Chocontá - Tunja - Barbosa - Socorro - San Gil - Bucaramanga - Berlín - Pamplona - El Diamante - Cúcuta. 03-89 03-39 03-37 Bogotá Bogotá Bogotá Cúcuta Paraguachón Rumichaca 2.

Bogotá - La Vega - Villeta - Guaduas - Honda - Puerto 5 (120 hs.) Salgar - Puerto Boyacá - Puerto Araujo - La Lizama Girón - Bucaramanga - Pamplona - La Donjuana - Cúcuta 1. Bogotá - La Vega - Villeta - Guaduas - Honda - Puerto Salgar - Puerto Boyacá - Puerto Araujo - La Lizama San Alberto - Aguachica - San Roque - Jagua de Ibirico - Agustin Codazzi - La Paz - Villanueva - San Juan del Cesar - Barranca - Hato Nuevo - Maicao - Paraguachón. 2.

Bogotá - La Vega - Villeta - Guaduas - Honda - Puerto Salgar - Puerto Boyacá - Puerto Araujo - La Lizama San Alberto - Aguachica - San Roque - Bosconia - Fundación - Ye de Cienega - Mamotoco - Palomino - Riohacha - Maicao - Paraguachón. 1. Bogotá - La Vega - Villeta - Guaduas - Honda - Mariquita - Armero - Lérida - Ibagué - Cajamarca - Calarcá Armenia - La Paila - Buga - Palmira - Candelaria - Villa Rica - Santander de Quilichao - Piendamó - Popayán El Timbío - El Bordo - Mojarras - El Tablón - Chachaguí - Pasto - Ipiales - Rumichaca. 7 (168 hs.) 7 (168 hs.) GACETA OFICIAL 02/03/2012 16.28 RUTA Y PLAZO PARA EL RÉGIMEN DE TRÁNSITO ADUANERO INTERNACIONAL DESDE BUCARAMANGA Código de Ruta Aduana de: Descripción de la Ruta Plazos en días y horas Partida Destino 04-89 Bucaramanga Cúcuta 04-39 1.

Bucaramanga - El Playón - San Alberto - Aguas Claras - Aguachica - Pelaya - Curumaní - San Roque Jagua de Ibirico - Agustín Codazzi - La Paz - Villa Nueva - San Juan del Cesar - Barranca - Maicao - ParaBucaramanga Paraguachón guachón. 2. Bucaramanga - El Playón - San Alberto Aguas Claras - Aguachica - Pelaya - Curumaní - San Roque - Bosconia - Fundación - Ye de Ciénega - Mamatoco - Palomino - Riohacha - Maicao - Paraguachón. 5 (120 hs.) 04-37 1.

Bucaramanga - Girón - Lebrija - La Lizama - Puerto Araujo - Puerto Boyacá - Puerto Salgar - Honda - Mariquita - Lérida - Ibagué - Calarca - Armenia - La Paila Buga - El Cerrito - Palmira - Candelaria - Villa Rica Santander de Quilichao - Piendamó - Popayán - El Bordo - Mojaras - El Tablón - Chachaguí - Pasto - Ipiales Rumichaca. 9 (216 hs.) Bucaramanga Rumichaca 1.

Bucaramanga - Pamplona - La Donjuana - Cucuta. 3 (72 hs.) RUTA Y PLAZO PARA EL RÉGIMEN DE TRÁNSITO ADUANERO INTERNACIONAL DESDE BUENAVENTURA Código de Ruta Descripción de la Ruta Plazos en días y horas 1. Buenaventura - Loboguerrero - Buga - La Paila Armenia - Calarcá - Cajamarca - Ibagué - Lérida - Armero - Mariquita - Honda Puerto Salgar - Puerto Boyacá Puerto Araujo - La Lizama - Lebrija - Girón - Bucaramanga - Pamplona - Cúcuta. 8 (192 hs.) Buenaventura 1.

Buenaventura - Loboguerrero - Buga - La Paila Armenia - Calarcá - Cajamarca - Ibagué - Lérida - Armero - Mariquita - Honda - Puerto Salgar - Puerto Boyacá Paraguachón Puerto Araujo - La Lizama - San Alberto - Aguas Claras - Aguachica - San Roque - Bosconia - Fundación - Ye de Cienega - Mamatoco - Palomino - Riohacha Maicao Paraguachón. 8 (192 hs.) Buenaventura 1.

Buenaventura - Loboguerrero - Dagua - Cali - Jamundí - Villa Rica - Santander de Quilichao - Piendamó - Popayán - El Bordo - Mojaras - El Tablón - Chachaguí Pasto - Ipiales - Rumichaca. 4 (96 hs.) Aduana de: Partida 35-89 35-39 35-37 Buenaventura Destino Cúcuta Rumichaca GACETA OFICIAL 02/03/2012 17.28 RUTA Y PLAZO PARA EL RÉGIMEN DE TRÁNSITO ADUANERO INTERNACIONAL DESDE CALI Código de Ruta Aduana de: Partida Descripción de la Ruta Destino Plazos en días y horas Cali 1.

Cali - Yumbo - Cerrito - Buga - La Paila - Armenia Calarcá - Cajamarca - Ibagué - Lérida - Armero - Mariquita - Honda Pto Salgar - Puerto Boyacá - Puerto ArauParaguachón jo - La Lizama - San Alberto - Aguas Claras - Aguachica 8 (192 hs.) - San Roque - Bosconia - Fundación - Ye de Ciénaga Mamatoco - Palomino - Riohacha Maicao - Paraguachón. 88-89 Cali Cúcuta 1.

Cali - Yumbo - Cerrito - Buga - La Paila - Armenia Calarcá - Cajamarca - Ibagué - Lérida - Armero - Mariquita - Honda Puerto Salgar - Puerto Boyacá - Puerto Araujo - La Lizama - Lebria Girón - Bucaramanga Pamplona - La Donjuana - Cúcuta. 8 (192 hs.) 88-37 Cali Rumichaca 1. Calí - Jamundí - Villa Rica - Santander de Quilichao Piendamó - Popayán - El Bordo - Mojaras - El Tablón Chachaguí - Pasto - Rumichaca. 4 (96 hs.) 88-39 RUTA Y PLAZO PARA EL RÉGIMEN DE TRÁNSITO ADUANERO INTERNACIONAL DESDE CARTAGENA Código de Ruta Aduana de: Partida 48-39 48-89 48-37 Descripción de la Ruta Destino Plazos en días y horas Cartagena 1.

Cartagena - Bayunca - Luruaca - Sabanalarga - PaParaguachón lermo - Cienéga - Ye de Ciénega - Mamatoco - Palomino - Riohacha - Maicao - Paraguachón. 3 (72 hs.) Cartagena Cúcuta 1. Cartagena - Bayunca - Luruaca - Sabanalarga - Palermo - Cienéga - Ye de Ciénega - Fundación - Bosconia - San Roque - Aguas Claras - Ocaña - Abrego - Sardinata - Zulia - Cúcuta. 4 (96 hs.) Rumichaca 1.

Cartagena - Turbaco - Gambote - San Onofre - Toluviejo - Sincelejo - Chinú - Sahagún - La Ye - Pueblo Nuevo - Planeta Rica - Caucasia - Tarazá - Yarumal Barbosa - Bello - Medellín - Itagüí - Primavera - Santa Bárbara - Supía - Riosucio - Cerrito - Cartago - La Paila - Buga - Palmira - Caloto - Piendamó - Popayán - El Bordo - Mojarras - El Tablón - Chachaguí - Pasto - Ipiales - Rumichaca. 9 (216 hs.) Cartagena GACETA OFICIAL 02/03/2012 18.28 RUTA Y PLAZO PARA EL RÉGIMEN DE TRÁNSITO ADUANERO INTERNACIONAL DESDE CARTAGO Código de Ruta Aduana de: Partida 36-39 Cartago Descripción de la Ruta Destino 1.

Cartago - Armenia - Calarcá - Cajamarca - Ibagué Mariquita - Honda - Puerto Salgar - Puerto Boyacá Puerto Araujo - La Lizama - San Alberto - Aguas Claras Paraguachón - Aguachica - San Roque - Bosconia - Fundación - Ye de Ciénaga - Mamatoco - Palomino - Riohacha Maicao Paraguachón. 36-89 Cartago Cúcuta 1. Cartago - Armenia - Calarcá - Cajamarca - Ibagué Mariquita - Honda - Puerto Salgar - Puerto Boyacá Puerto Araujo - La Lizama - Lebrija - Girón - Bucaramanga - Pamplona - La Donjuana - Cúcuta. 36-37 Cartago Rumichaca 1. - Cartago - La Paila - Buga - Buga - Palmira - Caloto Piendamó - Popayán - El Bordo - Mojarras - El Tablón Chachaguí - Pasto - Ipiales - Rumichaca.

Plazos en días y horas 8 (192 hs.) 6 (144 hs.) 4 (96 hs.) RUTA Y PLAZO PARA EL RÉGIMEN DE TRÁNSITO ADUANERO INTERNACIONAL DESDE MANIZALES Código de Ruta Aduana de: Partida 10-39 Manizales 10-89 Manizales 10-37 Manizales Descripción de la Ruta Destino Plazos en días y horas 1. Manizales Mariquita - Honda - Puerto Salgar - Puerto Boyacá - Puerto Araujo - La Lizama - San Alberto Paraguachón Aguas Claras - Aguachica - San Roque - Bosconia Fundación - Ye de Ciénaga - Mamatoco - Palomino Riohacha Maicao - Paraguachón. 8 (192 hs.) Cúcuta 1.

Manizales Mariquita - Honda - Puerto Salgar - Puerto Boyacá - Puerto Araujo - La Lizama - Lebrija - Girón Bucaramanga - Pamplona - La Donjuana - Cúcuta. 5 (120 hs.) Rumichaca 1. Manizales - Chinchina - Cerrito - Cartago - La Paila Buga - Palmira - Caloto - Piendamó - Popayán - El Bordo - Mojarras - El Tablón - Chachaguí - Pasto - Ipiales Rumichaca. 5 (120 hs.) GACETA OFICIAL 02/03/2012 19.28 RUTA Y PLAZO PARA EL RÉGIMEN DE TRÁNSITO ADUANERO INTERNACIONAL DESDE MEDELLÍN Código de Ruta Aduana de: Partida 90-39 Medellín 90-89 Medellín 90-37 Medellín Descripción de la Ruta Destino 1.

Medellín - Bello - Barbosa - Yarumal - Tarazá - Caucasia - Planeta Rica - La Ye - Sahagún - Sincelejo Paraguachón Toluviejo - San Onofre - Gambote - Carreto - Calamar Malambo - Palermo - Ciénega - Ye de Ciénega - Mamatoco - Palomino - Riohacha - Maicao - Paraguachón. Plazos en días y horas 7 (168 hs.) Cúcuta 1. Medellín - Bello - Girardota - Cisnero - Puerto Berrío Puerto Araujo - La Lizama - Lebrija - Girón - Bucara6 (144 hs.) manga - Pamplona - La Donjuana - Cúcuta.

Rumichaca 1. Medellín - Rionegro - Marinilla - Cocoroná - Caño Alegre - Puerto Salgar - Honda - Mariquita - Armero Lérida - Ibagué - Cajamarca - Calarcá - Armenia - La Paila - Buga - Palmira - Caloto - Piendamó - Popayán El Bordo - Mojarras - El Tablón - Chachaguí - Pasto 7 (168 hs.) Ipiales - Rumichaca. 2. Medellín - Itagüí - Primavera Santa Barbara - Supía - Riosucio - Cerrito - Cartago - La Paila - Buga - Buga - Palmira - Caloto - Piendamó Popayán - El Bordo - Mojarras - El Tablón - Chachaguí Pasto - Ipiales - Rumichaca.

RUTA Y PLAZO PARA EL RÉGIMEN DE TRÁNSITO ADUANERO INTERNACIONAL DESDE PEREIRA Código de Ruta Aduana de: Partida 16-39 Pereira Descripción de la Ruta Destino 1. Pereira - Cartago - Circasia - Armenia - Calarca Cajamarca - Ibagué - Lérida - Armero - Mariquita - HonParaguachón da Puerto Salgar - Puerto Boyacá - Puerto Araujo - La Lizama - San Alberto - Aguas Claras - Aguachica - San Roque - Bosconia - Fundación - Ye de Ciénaga - Mamatoco - Palomino - Riohacha Maicao - Paraguachón. Plazos en días y horas 8 (192 hs.) 16-89 Pereira Cúcuta 1.

Pereira - Cartago - Circasia - Armenia - Calarca Cajamarca - Ibagué - Lérida - Armero - Mariquita - Honda - Puerto Salgar - Puerto Boyacá - Puerto Araujo - La 6 (144 hs.) Lizama - Lebrija - Girón - Bucaramanga - Pamplona - La Donjuana - Cúcuta. 16-37 Pereira Rumichaca 1. Pereira - Cartago - La Paila - Buga - Palmira - Caloto Piendamó - Popayán - El Bordo - Mojarras - El Tablón - 5 (120 hs.) Chachaguí - Pasto - Ipiales - Rumichaca.

GACETA OFICIAL 02/03/2012 20.28 RUTA Y PLAZO PARA EL RÉGIMEN DE TRÁNSITO ADUANERO INTERNACIONAL DESDE RIOHACHA Código de Ruta Aduana de: Partida 25-39 25-89 25-37 Riohacha Riohacha Riohacha Descripción de la Ruta Destino Paraguachón 1. Riohacha - Maicao - Paraguachón. Plazos en días y horas 1 (24 hs.) Cúcuta 1. Riohacha - Palomino - Mamatoco - Ye de Ciénega Fundación - Bosconia - San Roque - Aguachica Aguas Claras - Ocaña - Abrego - Sardinata - Zulia Cúcuta. 7 (168 hs.) Rumichaca 1.

Riohacha - Santa Marta - La Ye de Ciénega - Fundación - Bosconia - San Roque - Pailitas - Aguachica San Alberto - La Lizama - Puerto Araujo - Puerto Boyacá - Puerto Salgar - Honda - Mariquita - Lérida - Ibagué - Calarca - Armenia - La Paila - Buga - El Cerrito Palmira - Candelaria - Villa Rica - Santander de Quilichao - Piendamó - Popayán - El Bordo - Mojaras - El Tablón - Chachaguí - Pasto - Ipiales - Rumichaca. 10 (240 hs.) RUTA Y PLAZO PARA EL RÉGIMEN DE TRÁNSITO ADUANERO INTERNACIONAL DESDE SANTA MARTA Código de Ruta Aduana de: Descripción de la Ruta Plazos en días y horas Partida Destino 19-39 Santa Marta Paraguachón 1.

Santa Marta - Palomino - Riohacha - Maicao - Paraguachón. 2 (48 hs.) 19-89 Santa Marta Cúcuta 1. Santa Marta - Ye de Ciénega - Fundación - Bosconia San Roque - Pailitas - Aguachica - Aguas Claras - Ocaña - Abrego - Sardinata - El Zulia - Cúcuta. 5 (120 hs.) Rumichaca 1. Santa Marta - La Ye de Ciénega - Fundación - Bosconia - San Roque - Pailitas - Aguachica - San Alberto - La Lizama - Puerto Araujo - Puerto Boyacá - Puerto Salgar - Honda - Mariquita - Lérida - Ibagué - Calarca - Armenia - La Paila - Buga - El Cerrito - Palmira - Candelaria Villa Rica - Santander de Quilichao - Piendamó - Popayán - El Bordo - Mojaras - El Tablón - Chachaguí Pasto - Ipiales - Rumichaca. 9 (216 hs.) 19-37 Santa Marta GACETA OFICIAL 02/03/2012 21.28 RUTA Y PLAZO PARA EL RÉGIMEN DE TRÁNSITO ADUANERO INTERNACIONAL DESDE VALLEDUPAR Código de Ruta Aduana de: Descripción de la Ruta Plazos en días y horas Partida Destino 24-89 Valledupar Cúcuta 1.

Valledupar - Valencia - Bosconia - San Roque - Pailitas - Aguachica - Aguas Claras - Ocaña - Abrego - Sardinata - El Zulia - Cúcuta. 4 (96 hs.) 24-39 Valledupar Paraguachón 1. Valledupar - San Juan del César - Buenavista - Barranca - Hato Nuevo - Maicao - Paraguachón. 3 (72 hs.) Rumichaca 1. Valledupar - Valencia - Bosconia - San Roque - Pailitas - Aguachica - San Alberto - La Lizama - Puerto Araujo Puerto Boyacá - Puerto Salgar - Honda - Mariquita - Lérida - Ibagué - Calarca - Armenia - La Paila - Buga - El Ce- 9 (216 hs.) rrito - Palmira - Candelaria - Villa Rica - Santander de Quilichao - Piendamó - Popayán - El Bordo - Mojaras - El Tablón - Chachaguí - Pasto - Ipiales - Rumichaca. 24-37 Valledupar RUTA Y PLAZO PARA EL RÉGIMEN DE TRÁNSITO ADUANERO INTERNACIONAL DESDE ARMENIA Código de Ruta Aduana de: Partida 01-39 Armenia 01-89 Armenia 01-37 Armenia Descripción de la Ruta Destino Plazos en días y horas 1.

Armenia - Calarcá - Cajamarca - Ibagué - Lérida Armero - Mariquita - Honda - Puerto Salgar - Puerto Boyacá - Puerto Araujo - La Lizama - San Alberto Paraguachón Aguas Claras - Aguachica - San Roque - Bosconia Fundación - Ye de Ciénaga - Mamatoco - Palomino Riohacha Maicao - Paraguachón. 8 (192 hs.) 1. Armenia - Calarcá - Cajamarca - Ibagué - Lérida Armero - Mariquita - Honda - Puerto Salgar - Puerto Boyacá - Puerto Araujo - La Lizama - Lebrija - Girón Bucaramanga - Pamplona - La Donjuana - Cúcuta. 6 (144 hs.) Cúcuta Rumichaca 1.

Armenia - La Paila - Buga - El Cerrito - Palmira - Candelaria - Villa Rica - Santander de Quilichao - Piendamó 5 (120 hs.) - Popayán - El Bordo - Mojaras - El Tablón - Chachaguí Pasto - Ipiales - Rumichaca. GACETA OFICIAL 02/03/2012 22.28 RUTA Y PLAZO PARA EL RÉGIMEN DE TRÁNSITO ADUANERO INTERNACIONAL DESDE IPIALES Código de Ruta 37-46 Aduana de: Partida Destino Ipiales Puerto Asís Descripción de la Ruta Plazos en días y horas 1.

Ipiales - Pasto - Sibundoy - Villa Garzón - Santa Ana - Puerto Asís 4 (96 hs.) RUTA Y PLAZO PARA EL RÉGIMEN DE TRÁNSITO ADUANERO INTERNACIONAL DESDE PUERTO ASIS Código de Ruta Aduana de: Descripción de la Ruta Partida Destino 46-03 Puerto Asís (Puente Internacional San Miguel) Bogotá 46-89 Puerto Asís (Puente Internacional San Miguel) Cúcuta 46-88 Puerto Asís (Puente Internacional San Miguel) Cali Puente Internacional San Miguel - Santana - Mocoa - Pitalito - Neiva - Guamo - Espinal - Girardot Bogotá Puente Internacional San Miguel - Santana - Mocoa - Pitalito - Neiva - Guamo - Espinal - Ibagué Mariquita - Honda - Puerto Salgar - Puerto Boyacá - Puerto Araujo - La Lizama - Girón - Bucaramanga - Pamplona - La Donjuana - Cúcuta.

Puente Internacional San Miguel - Santana - Mocoa - Pitalito - Popayán - Cali Plazos en días y horas 7 (168 hs.) 10 (240 hs.) 3 (72 hs.) GACETA OFICIAL 02/03/2012 23.28 PERÚ Código de Aduana para las rutas y los plazos3 Aduanas 019 Tumbes 046 Paita 118 Callao/Marítima 235 Callao/Aérea 127 Pisco 145 Mollendo/Matarani 154 Arequipa 163 Ilo 172 Tacna 181 Puno 082 Salaverry 055 Chiclayo 091 Chimbote 190 Cusco 217 Pucallpa 271 Tarapoto 280 Puerto Maldonado 028 Talara 252 Desaguadero 299 La Tina 929 Santa Rosa Iñapari4 3 4 Fuente: Tabla 2: Aduanas de los Países Miembros, Anexo IV de la Decisión 670.

Código para la Oficina Aduanera de Iñapari, habilitada para Tránsito Aduanero Comunitario, pendiente de emisión. GACETA OFICIAL 02/03/2012 24.28 RUTA Y PLAZO PARA EL RÉGIMEN DE TRÁNSITO ADUANERO INTERNACIONAL DESDE TUMBES Código de Ruta Aduana de: Partida Destino 019-046 Tumbes Paita 019-118 Tumbes Callao/ Marítima o Aérea 019-127 Tumbes Pisco 019-145 Tumbes Mollendo/Matarani 019-154 Tumbes Arequipa 019-163 Tumbes Ilo 019-172 Tumbes Tacna 019-181 Tumbes Puno 019-082 Tumbes Salaverry 019-055 Tumbes Chiclayo 019-091 Tumbes Chimbote 019-190 Tumbes Cusco 019-217 Tumbes Pucallpa 019-271 Tumbes Tarapoto 019-280 Tumbes Puerto Maldonado 019-262 Tumbes Desaguadero 019-028 Tumbes Talara Tumbes - Talara 019-299 Tumbes La Tina Tumbes - Sullana - La Tina 019-929 Tumbes Santa Rosa 019- Tumbes Iñapari Descripción de la Ruta Tumbes - Sullana - Piura - Paita Tumbes - Sullana - Piura - Chiclayo - Trujillo Chimbote - Callao Marítima o Aérea Tumbes - Sullana - Piura - Chiclayo - Trujillo Chimbote - Lima Callao - Pisco Tumbes - Sullana - Piura - Chiclayo - Trujillo Chimbote - Lima Callao - Pisco - Ica - Camaná Repartición - Mollendo Matarani Tumbes - Sullana - Piura - Chiclayo - Trujillo Chimbote - Lima Callao - Pisco - Ica - Camaná Repartición - Arequipa Tumbes - Sullana - Piura - Chiclayo - Trujillo Chimbote - Lima Callao - Pisco - Ica - Camaná Repartición - Moquegua - Ilo Tumbes - Sullana - Piura - Chiclayo - Trujillo Chimbote - Lima Callao - Pisco - Ica - Camaná Repartición - Moquegua - Tacna Tumbes - Sullana - Piura - Chiclayo - Trujillo Chimbote - Lima Callao - Pisco - Ica - Camaná Repartición - Arequipa - Juliaca - Puno Tumbes - Sullana - Piura - Chiclayo - Trujillo Salaverry Tumbes - Sullana - Piura - Chiclayo Tumbes - Sullana - Piura - Chiclayo - Trujillo Chimbote Tumbes - Sullana - Piura - Chiclayo - Trujillo Chimbote - Lima Callao - Pisco - Ica - Nazca Puquio - Abancay - Cusco Tumbes - Sullana - Piura - Chiclayo - Trujillo Chimbote - Lima Callao - Oroya - Cerro de Pasco - Huanuco - Pucallpa Tumbes - Sullana - Piura - Chiclayo - Olmos - El Tambo - Chamaya - El Reposo – Pte.

Ingenio Moyobamba - Tarapoto Tumbes - Sullana - Piura - Chiclayo - Trujillo Chimbote - Lima callao - Pisco - Ica - Nazca Puquio - Abancay - Cusco - Puerto Maldonado Tumbes - Sullana - Piura - Chiclayo - Trujillo Chimbote - Lima Callao - Pisco - Ica - Camaná Repartición - Arequipa - Juliaca - Puno - Desaguadero Tumbes - Sullana - Piura - Chiclayo - Trujillo Chimbote - Lima Callao - Pisco - Ica - Camaná Repartición - Moquegua - Tacna - Santa Rosa Tumbes - Sullana - Piura - Chiclayo - Trujillo Chimbote - Lima Callao - Pisco - Ica - Nazca Puquio - Abancay - Cusco - Puerto Maldonado Iñapari Plazo en horas y días 10 horas (0.42 día) 35 horas (1 día 11 hs.) 42 horas (1 día 18 hs.) 64 horas (2 días 16 hs.) 64 horas (2 días 16 hs.) 69 horas (2 días 21 hs.) 71 horas (2 días 23 hs.) 73 horas (3 días 1 hr.) 19 horas (0.79 día) 14 horas (0.58 día) 22 horas (0.92 día) 62 horas (2 días 14 hs.) 57 horas (2 días 9hs.) 34 horas (1 día 10 hs.) 77 horas (3 días 5 hs.) 77 horas (3 días 5 hs.) 6 horas (0.25 día) 12 horas (0.5 día) 72 horas (3 días) 77 horas (3 días 5 hs.) GACETA OFICIAL 02/03/2012 25.28 RUTA Y PLAZO PARA EL RÉGIMEN DE TRÁNSITO ADUANERO INTERNACIONAL 5 DESDE IÑAPARI Código de Ruta Aduana de: Destino -019 Iñapari Tumbes -046 Iñapari Paita -118 Iñapari Callao -127 Iñapari Pisco Iñapari Mollendo - Matarani Iñapari Arequipa Iñapari Ilo -172 Iñapari Tacna -181 Iñapari Puno -082 Iñapari Salaverry -055 Iñapari Chiclayo -091 Iñapari Chimbote -190 Iñapari Cusco -217 Iñapari Pucallpa -271 Iñapari Tarapoto -280 Iñapari Puerto Maldonado -262 Iñapari Desaguadero -028 Iñapari Talara -299 Iñapari La Tina -929 Iñapari Santa Rosa -145 -154 -163 5 Partida Descripción de la Ruta Plazo en horas Iñapari - Puerto Maldonado - Cusco Abancay - Nazca - Ica - Pisco - Lima Ca77 horas (3 días 5 hs.) llao - Chimbote - Chiclayo - Piura - Sullana - Tumbes Iñapari - Puerto Maldonado - Cusco Abancay - Puquio - Nazca - Ica - Pisco 68 horas (2 días 20hs.) Lima Callao - Chimbote - Chiclayo - Piura - Paita Iñapari - Puerto Maldonado - Cusco Abancay - Puquio - Nazca - Ica - Pisco 50 horas (2días 2hs.) Callao Iñapari - Puerto Maldonado - Cusco 43 horas (1 día 19 hs.) Abancay - Puquio - Nazca - Ica - Pisco Iñapari - Puerto Maldonado - Cusco 36 horas (1 día 12hs.) Juliaca - Arequipa - Mollendo Matarani Iñapari - Puerto Maldonado - Cusco 33 horas (1 día 9hs.) Juliaca - Arequipa Iñapari - Puerto Maldonado - Cusco 42 horas (1 día 18 hs.) Juliaca - Arequipa - Moquegua - Ilo Iñapari - Puerto Maldonado - Cusco 46 horas (1 día 22hs.) Juliaca - Arequipa - Moquegua - Tacna Iñapari - Puerto Maldonado - Cusco 33 horas (1 día 9hs.) Puno Iñapari - Puerto Maldonado - Cusco 57 horas (2 días 9 hs.) Abancay - Nazca - Ica - Pisco - Lima Callao - Chimbote - Salaverry Iñapari - Puerto Maldonado - Cusco Nazca - Ica - Pisco - Lima Callao - Chim- 63 horas (2 días 15 hs.) bote - Trujillo - Chiclayo Iñapari - Puerto Maldonado - Cusco Nazca - Ica - Pisco - Lima Callao - Chim54 horas (2 días 6 hs.) bote 23 horas (0.96 día) Iñapari - Puerto Maldonado - Cusco Iñapari - Puerto Maldonado - Cusco Arequipa - Camaná - Ica - Pisco - Lima 84 horas (3 días 12 hs.) Callao - Cerro de Pasco - Huánuco - Pucallpa Iñapari - Puerto Maldonado - Cusco Juliaca - Arequipa - Camaná - Ica - Pisco Lima Callao - Chimbote - Chiclayo - Cha- 103 horas (4 días 7hs.) maya - Pte.

Ingenio - Moyobamba - Tarapoto Iñapari - Puerto Maldonado 6 horas (0.25 día) Iñapari - Puerto Maldonado - Cusco 37 horas (1 día 13hs.) Puno - Desaguadero Iñapari - Puerto Maldonado - Cusco Abancay - Nazca - Ica - Pisco - Lima Ca70 horas (2 días 22hs.) llao - Chimbote - Piura - Talara Iñapari - Puerto Maldonado - cusco Abancay - Nazca - Ica - Pisco - Lima Ca77 horas (3 días 5 hs.) llao - Chimbote - Piura - Sullana - La Tina Iñapari - Puerto Maldonado - Cusco Juliaca - Arequipa - Moquegua - Tacna 47 horas (1 día 23 hs.) Santa Rosa Código para la Oficina Aduanera de Iñapari, pendiente de emisión. GACETA OFICIAL 02/03/2012 26.28 RUTA Y PLAZO PARA EL RÉGIMEN DE TRÁNSITO ADUANERO INTERNACIONAL DESDE DESAGUADERO Aduana de: Destino Código de Ruta Partida 262-019 Desaguadero Tumbes 262-046 Desaguadero Paita 262-118 Desaguadero 262-127 Desaguadero Pisco 262-145 Desaguadero Mollendo Matarani Desaguadero - Puno - Juliaca - Arequipa - Camaná - Ica - Pisco - Lima Callao - Chimbote Trujillo - Chiclayo - Piura - Sullana - Tumbes Desaguadero - Puno - Juliaca - Arequipa - Repartición - Camaná - Ica - Pisco - Lima Callao Chimbote - Chiclayo - Piura - Paita Desaguadero - Puno - Juliaca - Arequipa - Repartición - Camaná - Ica - Pisco - Callao Desaguadero - Puno - Juliaca - Arequipa - Repartición - Camaná - Ica - Pisco Desaguadero - Puno - Juliaca - Arequipa - Repartición - Mollendo Matarani 262-154 Desaguadero Arequipa Desaguadero - Puno - Juliaca - Arequipa 262-163 Desaguadero Ilo 262-172 Desaguadero Tacna 262-181 Desaguadero 262-11 Desaguadero 269-055 Desaguadero Chiclayo 269-091 Desaguadero Chimbote 269-190 Desaguadero Cusco 269-217 Desaguadero 269-271 Desaguadero 269-280 Desaguadero 269-028 Desaguadero 269-299 Desaguadero 269-929 Desaguadero 269- Desaguadero Callao Puno Salaverry Descripción de la Ruta Desaguadero - Puno - Juliaca - Arequipa - Repartición - Moquegua - Ilo Desaguadero - Mozocruz - Tarata - Tacna Desaguadero - Puno Desaguadero - Puno - Juliaca - Arequipa - Camaná - Ica - Lima Callao - Chimbote - Salaverry Desaguadero - Puno - Juliaca - Arequipa - Repartición - Camaná - Ica - Pisco - Lima Callao Chimbote - Chiclayo Desaguadero - Puno - Juliaca - Arequipa - Repartición - Camaná - Ica - Pisco - Callao - Chimbote Desaguadero - Puno - Cusco Desaguadero.

Puno - Juliaca - Arequipa - Camaná - Ica - Pisco - Lima Callao - Cerro de Pasco - Huánuco - Pucallpa Desaguadero - Puno - Arequipa - Camaná - Ica Pisco - Callao - Chimbote - Chiclayo - Olmos Tarapoto El Tambo - Chamaya - El Reposo - Puente Ingenio - Moyobamba - Tarapoto Desaguadero - Puno - Cusco - Puerto MaldonaPuerto Maldonado do Desaguadero - Puno - Juliaca - Arequipa - Repartición - Camaná - Ica - Lima/Callao - ChimboTalara te - Trujillo - Chiclayo - Piura - Talara Desaguadero - Puno - Juliaca - Arequipa - Repartición - Camaná - Ica - Pisco - Lima - Callao La Tina Chimbote - Trujillo - Chiclayo - Piura - Sullana La Tina Desaguadero - Puno - Ilave - Mozocruz - Tarata Santa Rosa Tacna - Santa Rosa Desaguadero - Puno - Cusco - Puerto MaldonaIñapari do - Iñapari Pucallpa Plazo en horas 77 horas (3 días 5 hs.) 69 horas (2 días 21 hs.) 42 horas (1 día 18 hs.) 36 horas (1 día 12hs.) 18 horas (0.75 día) 13 horas (0.54 día) 20 horas (0.83 día) 11 horas (0.46 día) 4 horas (0.16 día) 57 horas (2 días 9 hs.) 63 horas (2 días 15 hs.) 54 horas (2 días 6 hs.) 15 horas (0.63 día) 64 horas (2 días 16 hs.) 83 horas (3 días 11 hs.) 31 horas (1 día 7 hs.) 70 horas (2 días 22hs.) 73 horas (3 días 1 hr.) 17 horas (0.71 día) 37 horas (1 día 13 hs.) GACETA OFICIAL 02/03/2012 27.28 RUTA Y PLAZO PARA EL RÉGIMEN DE TRÁNSITO ADUANERO INTERNACIONAL DESDE SANTA ROSA Código de Ruta Partida Aduana de: Destino 929-019 Santa Rosa Tumbes 929-046 Santa Rosa Paita 929-118 Santa Rosa Callao 929-127 Santa Rosa Pisco 929-145 Santa Rosa Mollendo - Matarani 929-154 Santa Rosa Arequipa 929-163 Santa Rosa Ilo 929-172 Santa Rosa Tacna 929-181 Santa Rosa Puno 929-082 Santa Rosa Salaverry 929-055 Santa Rosa Chiclayo 929-091 Santa Rosa Chimbote 929-190 Santa Rosa Cusco 929-217 Santa Rosa Pucallpa 929-271 Santa Rosa Tarapoto 929-280 Santa Rosa Puerto Maldonado 929-252 Santa Rosa Desaguadero 929-028 Santa Rosa Talara 929-299 Santa Rosa La Tina 929- Santa Rosa Iñapari Descripción de la Ruta Santa Rosa - Tacna - Moquegua Camaná - Ica - Pisco - Lima Callao Chimbote - Trujillo - Chiclayo Piura - Sullana - Tumbes Santa Rosa - Tacna - Moquegua Camaná - Ica - Pisco - Callao Chimbote - Piura - Paita Santa Rosa - Tacna - Moquegua Camaná - ica - Pisco - Callao Santa Rosa - Tacna - Moquegua Camaná - Ica - Pisco Santa Rosa - Tacna - Moquegua Mollendo Matarani Santa Rosa - Tacna - Moquegua Repartición - Arequipa Santa Rosa - Tacna - Repartición Ilo Santa Rosa - Tacna Santa Rosa - Tacna - Tarata - Mazocruz - Ilave - Puno Santa Rosa - Tacna - Moquegua Ica - Pisco - Lima Callao - Chimbote - Salaverry Santa Rosa - Tacna - Moquegua Ica - Pisco - Lima Callao - Chimbote - Trujillo - Chiclayo Santa Rosa - Tacna - Moquegua Camaná - Ica - Pisco - Lima Callao Chimbote Santa Rosa - Tacna - Moquegua Arequipa - Cusco Santa Rosa - Tacna - Moquegua Camaná - Ica - Pisco - Lima Callao Cerro de Pasco - Huánuco - Pucallpa Santa Rosa - Tacna - Moquegua Camaná - Ica - Pisco - Lima Callao Chimbote - Chiclayo - Olmos - El Tambo - Chamaya - El Reposo Pte.

Ingenio - Moyobamba - Tarapoto Santa Rosa - Tacna - Moquegua Arequipa - Cusco - Puerto Maldonado Santa Rosa - Tacna - Tarata – Mazocruz - Puno - Desaguadero Santa Rosa - Tacna - Moquegua Ica - Pisco - Lima Callao - Chimbote - Chiclayo - Talara Santa Rosa - Tacna - Moquegua Ica - Pisco - Lima Callao - Chimbote - Chiclayo - Piura - Sullana - La Tina Santa Rosa - Tacna - Moquegua Arequipa - Cusco - Puerto Maldonado - Iñapari Plazo en horas 72 horas (3 días) 63 horas (2 días 15 hs.) 37 horas (1 día 13 hs.) 31 horas (1 día 7 hs.) 11 horas (0.46 día) 11 horas (0.46 día) 6 horas (0.25 día) 1 hora (0.042 día) 13 horas (0.54 día) 52 horas (2 días 4 hs.) 59 horas (2 días 11 hs.) 49 horas (2 días 1 hr.) 25 horas (1 día 1 hr.) 59 horas (2 días 11 hs.) 78 horas (3 días 6 hs.) 41 horas (1 día 17 hs.) 17 horas (0.71 día) 65 horas (2 días 17 hs.) 72 horas (3 días) 47 horas (1 día 23 hs.) GACETA OFICIAL 02/03/2012 28.28 RUTA Y PLAZO PARA EL RÉGIMEN DE TRÁNSITO ADUANERO INTERNACIONAL DESDE LA TINA Código de Ruta Partida Aduana de: Destino 299-019 La Tina Tumbes 299-046 La Tina 299-118 Descripción de la Ruta Plazo en horas La Tina - Sullana - Tumbes 12 horas (0.5 día) Paita La Tina - Sullana - Paita La Tina Callao La Tina - Sullana - Piura - Chiclayo - Chimbote - Callao 299-127 La Tina Pisco La Tina - Sullana - Piura - Chiclayo - Trujillo Chimbote - Lima Callao - Pisco 6 horas (0.25 día) 29 horas (1 día 5 hs.) 37 horas (1 día 13 hs) 299-145 La Tina La Tina - Sullana - Piura - Chiclayo - Trujillo Chimbote - Lima Callao - Pisco - Ica - Camaná - Mollendo Matarani 60 horas (2 días 12 hs.) 299-154 La Tina Arequipa La Tina - Sullana - Piura - Chiclayo - Trujillo Chimbote - Lima Callao - Pisco - Ica - Camaná - Arequipa 60 horas (2 días 12 hs.) 299-163 La Tina Ilo La Tina - Sullana - Piura - Chiclayo - Trujillo Chimbote - Lima Callao - Pisco - Ica - Camaná - Repartición - Ilo 66 horas (2 días 18 hs.) 299-172 La Tina Tacna La Tina - Sullana - Piura - Chiclayo - Trujillo Chimbote - Lima Callao - Pisco - Ica - Camaná - Moquegua - Tacna 67 horas (2 días 19 hs.) 299-181 La Tina Puno La Tina - Sullana - Piura - Chiclayo - Trujillo Chimbote - Lima Callao - Pisco - Ica - Camaná - Arequipa - Juliaca Puno 299-082 La Tina Salaverry La Tina - Sullana - Piura - Chiclayo - Trujillo Salaverry 299-055 La Tina Chiclayo La Tina - Sullana - Piura - Chiclayo 299-091 La Tina Chimbote La Tina - Sullana - Piura - Chiclayo - Trujillo Chimbote 19 horas (0.79) 299-190 La Tina Cusco La Tina - Sullana - Piura - Chiclayo - Trujillo Chimbote - Lima Callao - Pisco - Ica - Nazca Abancay - Cusco 62 horas (2 días 14 hs.) 299-217 La Tina Pucallpa La Tina - Sullana - Piura - Chiclayo - Trujillo Chimbote - Lima Callao - Cerro de Pasco Huánuco - Pucallpa 53 horas (2 días 5 hs.) 299-271 La Tina Tarapoto La Tina - Sullana - Piura - Chiclayo - Olmos El Tambo - Chamaya - El Reposo – Pte.

Ingenio - Moyobamba - Tarapoto 30 horas (1 día 6 hs.) 299-280 La Tina Puerto Maldonado La Tina - Sullana - Piura - Chiclayo - Trujillo Chimbote - Lima Callao - Pisco - Ica - Nazca Puquio - Abancay - Cusco - Puerto Maldonado 77 horas (3 días 5 hs.) 299-028 La Tina Talara La Tina - Talara 6 horas (0.25 día) 299-929 La Tina Santa Rosa La Tina - Sullana - Piura - Chiclayo - Chimbote - Lima Callao - Pisco - Ica - Moquegua - Tacna.

Santa Rosa 72 horas (3 días) 299- La Tina Iñapari La Tina - Sullana - Piura - Chimbote - Lima Callao - Pisco - Ica - Nazca - Abancay - Cusco - Puerto Maldonado - Iñapari. 77 horas (3 días 5 hs.) Mollendo - Matarani 69 horas (2 días 21 hs.) 16 horas (0.66 día) 10 horas (0.42) Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina - Paseo de la República 3895 - Fax (51-1) 221-3329 - Teléf. (51-1) 710-6400 - Casilla 18-1177 - Lima 18-Perú