Año XXX – Número 2270 Lima,09 de diciembre de 2013 SUMARIO SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA Resolución N° 1635.- Pág. Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios para la segunda quincena de diciembre de 2013, correspondientes a la Circular N° 450 del 06 de diciembre de 2013…………………………… RESOLUCION N° 1635 Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios para la segunda quincena de diciembre de 2013, correspondientes a la Circular N° 450 del 06 de diciembre de 2013 LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: El artículo 29 del Acuerdo de Cartagena, la Decisión 371 de la Comisión sobre el Sistema Andino de Franjas de Precios, la Resolución 1535 de la Secretaría General; y,
CONSIDERANDO
Que, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 22 de la Decisión 371, y para efectos de la aplicación de las Tablas Aduaneras publicadas en la Resolución 1535, o de efectuar los cálculos establecidos en los artículos 11, 12, 13 y 14 de la Decisión 371, la Secretaría General debe comunicar quincenalmente a los Países Miembros los Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios;
RESUELVE
Artículo 1.- Se fijan los siguientes Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios correspondientes a la segunda quincena de diciembre de 2013: Para nosotros la Patria es América 1 GACETA OFICIAL Artículo 2.- Los Precios de Referencia indicados en el artículo anterior, se aplicarán a las importaciones que arriben a puertos de la Comunidad Andina entre el dieciséis y el treinta y uno de diciembre del año dos mil trece.
Artículo 3.- Los Países Miembros que apliquen el Sistema Andino de Franjas de Precios de conformidad con las Decisiones 695 y 771 podrán utilizar, para la determinación de los derechos variables adicionales o las rebajas arancelarias que correspondan a los Precios de Referencia indicados en el artículo 1, las Tablas Aduaneras publicadas en la Resolución 1535 de la Secretaría General, o podrán efectuar los cálculos que se establecen en los artículos 11, 12, 13 y 14 de la Decisión 371. 09/12/2013 2 de 4 Artículo 4.- Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.
Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los 06 días del mes de diciembre del año dos mil trece. Pablo Guzmán Laugier Secretario General GACETA OFICIAL 09/12/2013 3 de 4 GACETA OFICIAL 09/12/2013 4 de 4 Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina - Paseo de la República 3895 - Fax (51-1) 221-3329- Teléf. (51-1) 710-6400 - Casilla 18-1177 - Lima 18-Perú