Año XXXVI - Número 3773 Lima, 19 de septiembre de 2019 SUMARIO SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA Pág. RESOLUCIÓN N° 2090 Encargatura temporal de la Secretaría General RESOLUCIÓN N° 2090 Encargatura temporal de la Secretaría General LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA; VISTOS: El artículo 30 literales a) g) y j) del Acuerdo de Cartagena, los artículos 3 literal j), 11 literales b) y t) y 14 de la Decisión 409 - Reglamento de la Secretaría General; el artículo 53 de la Resolución 1075 - Texto Único Ordenado del Reglamento Interno de la Secretaría General; y la Resolución 1920 de fecha 17 de abril de 2017 y,
CONSIDERANDO
Que, corresponde al Secretario General realizar las acciones que le permitan coordinar y mantener vínculos de trabajos con los diversos organismos internacionales y visibilizar la CAN en los 50 años tanto a nivel externo como interno; Que, el artículo 53 de la Resolución 1075 establece que los funcionarios de la Secretaría General realizarán viajes de servicio cuyos gastos serán responsabilidad de la Secretaría General;
Que, el Secretario General se ausentará de la Sede de la Secretaría General del 23 de septiembre al 01 de octubre de 2019 para atender la invitación de la Comisión Económica Euroasiática para participar en la “Semana Euroasiática”, en la ciudad de Bishkek, Kirguistán; Que, mediante Decisión 409 se dispuso que, en caso de ausencia temporal del Secretario General, éste encargará interinamente la Secretaría General a cualquiera de los Directores Generales;
Que, mediante la Resolución N° 2032 de fecha 23 de noviembre de 2018, se designó al Señor Doctor Clarems Endara Vera, como Director General de la Secretaría General de la Comunidad Andina.
RESUELVE
Artículo Único. - Encargar la Secretaría General al Director General Dr. Clarems Endara Vera, quien actuará en calidad de Secretario General ad-interim, los días 23, 24, 25, 26, 27, 30 de septiembre y 01 de octubre de 2019. Para nosotros la Patria es América GACETA OFICIAL 19/09/2019 2 de 2 Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.
Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los dieciocho días del mes de septiembre del año dos mil diecinueve. Jorge Hernando Pedraza Secretario General Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina - Paseo de la República 3895 - Fax (51-1) 221-3329 - Teléf. (51-1) 710-6400 - Casilla 18-1177 - Lima 18 - Perú