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Gaceta 3780CAN · Gacetas Oficiales2019-10-02

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Año XXXVI - Número 3780 Lima, 02 de octubre de 2019 SUMARIO SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA Pág. RESOLUCIÓN N° 2094 Registro en la Lista Andina Satelital del satélite SES-3, perteneciente a la empresa New Skies Satellites B.V., en la posición orbital 103° Longitud Oeste RESOLUCIÓN N° 2094 Registro en la Lista Andina Satelital del satélite SES-3, perteneciente a la empresa New Skies Satellites B.V., en la posición orbital 103° Longitud Oeste LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: Los artículos 2 y 4 de la Decisión 707, la Decisión 715 de la Comisión de la Comunidad Andina; y,

CONSIDERANDO

Que, el artículo 4.1 de la Decisión 707 establece que los operadores satelitales interesados en ofrecer capacidad satelital en uno o más Países Miembros deberán, antes de solicitar la autorización o registro en alguno de ellos y como requisito previo, registrar cada uno de sus satélites en la Lista Andina Satelital, independientemente de si se trata de un nuevo Recurso Órbita Espectro (ROE) o si se trata del reemplazo, coubicación o relanzamiento de un satélite que tenga registro vigente;

Que, de acuerdo a lo señalado en el mencionado artículo 4.1, “la Secretaría General concederá al Operador Satelital, previa opinión favorable del Comité Andino de Autoridades de Telecomunicaciones (CAATEL), un Certificado de Registro por cada satélite y su ROE a explotar, el que será notificado a los Países Miembros y al operador satelital”;

Que, la empresa New Skies Satellites B.V. (SES) mediante comunicación sin número de fecha 29 de mayo de 2019, recibida en la Secretaría General de la Comunidad Andina el 4 de junio de 2019, solicitó el registro del satélite SES-3 en la posición orbital 103° Oeste en la Lista Andina Satelital; Que, la SGCAN mediante comunicación N° SG/E/D2/913/2019 de fecha 5 de junio de 2019, puso en conocimiento de los representantes de los Países Miembros ante el CAATEL, la solicitud presentada por la empresa New Skies Satellites B.V. a efecto de que emitan sus opiniones;

Para nosotros la Patria es América GACETA OFICIAL 02/10/2019 2 de 3 Que, mediante Nota N° SG/E/D2/914/2019 de fecha 5 de junio de 2019, la Secretaría General de la Comunidad Andina (SGCAN) comunicó a la empresa New Skies Satellites B.V. el inicio del trámite; Que, mediante correo electrónico del Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información de la República del Ecuador de fecha 31 de julio de 2019, remitió el Oficio N° ARCOTEL-CREG-2019-0110-OF de fecha 25 de julio de 2019 de la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (ARCOTEL) señalando que “… no tiene objeción técnica o legal en relación con lo solicitado”, refiriéndose a la solicitud de registro satelital de la empresa New Skies Satellites B.V.;

Que, la Oficina Internacional del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la República de Colombia, mediante comunicación sin número, de fecha 6 de agosto de 2019, manifiesta que “… no se encuentra objeción para conceder a dicha empresa la autorización andina para explotar el satélite SES-3”; Que, mediante Oficio N° 247-2019-MTC/03 de fecha 9 de agosto de 2019, recibido en esta Secretaría General el 12 de agosto de 2019, el Viceministerio de Comunicaciones de la República del Perú remite el informe N° 0509-2019-MTC/26 de fecha 25 de julio de 2019, que concluye señalando “… que la empresa New Skies Satellites cumple con los requisitos establecidos en el numeral 4.1 del artículo 4 de la Decisión 707…”, por lo que emite opinión favorable con respecto a la solicitud presentada;

Que, a través de la comunicación N° MOPSV/VMTEL/DESP. N° 762/2019 de fecha 26 de agosto de 2019, recibida en esta Secretaría General en fecha 9 de septiembre de 2019, el Viceministerio de Telecomunicaciones del Estado Plurinacional de Bolivia, informó que “…luego del análisis correspondiente, la Agencia Boliviana Espacial (ABE) y la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes – ATT, no presentaron ninguna observación a la solicitud señalada.

Por tanto, este Viceministerio no tiene objeción a la solicitud de registro del satélite SES-3 de la empresa New Skies Satellites B.V.”; Que, de conformidad a lo establecido en la Decisión 707, el Comité Andino de Autoridades de Telecomunicaciones (CAATEL) en su Reunión CXVIII de fecha 20 de septiembre de 2019, el CAATEL señala en el Acta que “… recibidas las conformidades por parte de cada uno de los Países Miembros, se puso a consideración la aprobación del mencionado registro…” y los mismos “… dio opinión favorable sobre la inscripción del satélite SES-3 en la posición Orbital 103° Oeste, en la Lista Andina Satelital”;

Que, el Informe Técnico SG-IT/DG-2/005/2019 de la Dirección General 2 de la SGCAN de fecha 20 de septiembre de 2019, “… considera procedente la emisión de la Resolución de inscripción del satélite SES-3 en la posición 103° Oeste, de la empresa New Skies Satellites B.V. (SES) en la Lista Andina Satelital, y la emisión del Certificado correspondiente”.

Asimismo, señala que “… no fueron encontradas causales de negación para conceder Certificado de Registro Satelital al satélite SES-3 y se contó con la opinión favorable por parte del Comité Andino de Autoridades de Telecomunicaciones…” (CAATEL).

RESUELVE

Artículo 1.- Registrar en la Lista Andina Satelital al satélite SES-3 perteneciente a la empresa New Skies Satellites B.V. (SES) en la posición orbital 103° Longitud Oeste. GACETA OFICIAL 02/10/2019 3 de 3 Artículo 2.- Conceder a la empresa New Skies Satellites B.V. (SES) de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1 de la Decisión 707, el Certificado de Registro del satélite SES-3 en la posición Orbital 103° Longitud Oeste, lo cual será notificado a los Países Miembros y a la empresa New Skies Satellites B.V. Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.

Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los dos días del mes de octubre del año dos mil diecinueve. César Montaño Huerta Secretario General a.i. Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina - Paseo de la República 3895 - Fax (51-1) 221-3329 - Teléf. (51-1) 710-6400 - Casilla 18-1177 - Lima 18 - Perú