Año XLI - Número 5599 Lima, 16 de diciembre de 2024 SUMARIO SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA Pág. RESOLUCIÓN N° 2458 Modificatoria de la entrada en vigencia de la Resolución N° 2310 “Reglamento Técnico Andino para el Etiquetado de Productos Cosméticos” RESOLUCIÓN N° 2458 Modificatoria de la entrada en vigencia de la Resolución N° 2310 “Reglamento Técnico Andino para el Etiquetado de Productos Cosméticos” LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: El artículo 29 del Acuerdo de Cartagena; la Decisión 827 de la Comisión de la Comunidad Andina; la Resolución N° 2310 de la Secretaría General de la Comunidad Andina; y,
CONSIDERANDO
Que, la Decisión 827 establece los lineamientos para la elaboración, adopción y aplicación de reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad en los Países Miembros de la Comunidad Andina y a nivel comunitario, con la finalidad de evitar que se constituyan en obstáculos técnicos innecesarios al comercio; Que, la Secretaría General de la Comunidad Andina mediante Resolución N° 2310 aprobó el Reglamento Técnico Andino para el Etiquetado de Productos Cosméticos, el cual tiene como objeto establecer los requisitos de etiquetado o rotulado que deben cumplir los productos cosméticos que se comercialicen en los territorios de los Países Miembros de la Comunidad Andina, con el fin de prevenir prácticas que puedan inducir a error a los consumidores o usuarios sobre las características de estos productos y proteger la salud o seguridad humana;
Que, la referida Resolución, en su Disposición Final Única, dispuso que el Reglamento Técnico Andino entrará en vigencia a partir de veinticuatro (24) meses después de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena; publicación que se produjo el 16 de diciembre de 2022, en la referida gaceta; Que, los Países Miembros, en atención a la necesidad presentada por la industria del sector de requerir un mayor plazo para la adecuación de sus procesos y procedimientos, en particular respecto a lo establecido en el artículo 5 de la Resolución N° 2310, acordaron prorrogar la entrada en vigencia de la referida Resolución;
Para nosotros la Patria es América GACETA OFICIAL 16/12/2024 2 de 2 Que, el Grupo de Expertos Gubernamentales para la Armonización de Legislación Sanitaria (Sanidad Humana) y el Comité Andino de la Calidad en las reuniones celebradas el 29 de noviembre y 03 de diciembre de 2024, respectivamente, emitieron su conformidad y opinión favorable al proyecto de resolución sobre la modificatoria de la entrada en vigencia de la Resolución N° 2310, y recomendaron su adopción mediante Resolución de la Secretaría General de la Comunidad Andina;
RESUELVE
Artículo 1.- Modificar por única vez la entrada en vigencia establecida en la Disposición Final Única de la Resolución N° 2310 “Reglamento Técnico Andino para el Etiquetado de Productos Cosméticos”, la cual quedará redactada en los siguientes términos: “ÚNICA. - Entrada en vigencia. El presente Reglamento Técnico Andino entrará en vigencia el 17 de diciembre de 2025”.
Artículo 2.- La presente Resolución entrará en vigencia en la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. Dada en la ciudad de Lima, a los dieciséis días del mes de diciembre del año dos mil veinticuatro. Gonzalo Gutiérrez Reinel Embajador Secretario General Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18Perú