JurídicoESEN
Gace848CAN · Gacetas Oficiales2002-10-04

Documentos publicados en esta gaceta

Año XIX - Número 848 Lima, 4 de octubre de 2002 SUMARIO Comisión de la Comunidad Andina Pág. Decisión 532.- Modificación de la Decisión 487: Garantías Marítimas (Hipoteca Naval y Privilegios Marítimos) y Embargo Preventivo de Buques Decisión 533.- Autorización para el diferimiento del Arancel Externo Común de productos de la cadena siderúrgica DECISION 532 Modificación de la Decisión 487: Garantías Marítimas (Hipoteca Naval y Privilegios Marítimos) y Embargo Preventivo de Buques LA COMISION DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: Los Capítulos III y XI del Acuerdo de Cartagena, las Decisiones 288, 314, 390 y 487, y la Propuesta 65 de la Secretaría General de la Comunidad Andina;

CONSIDERANDO

Que el Comité Andino de Autoridades de Transporte Acuático (CAATA), mediante Resolución CAATA Nº X-98 (10 de agosto de 2001), estimando necesario promover el desarrollo del sector acuático de la Subregión, la armonización de las normas dictadas por la Comisión de la Comunidad Andina, y la conveniencia de ampliar la cobertura de los beneficios que otorga la Decisión 487 a los buques de transporte de carga o pasajeros de más de 500 TRB, para los de pesca, plataformas de exploración y explotación petroleras, gabarras, diques flotantes, naves factorías, remolcadores, dragas, botes de suministro, entre otros; recomendó la modificación de la definición de buque o nave consignada en el Artículo 1 de la Decisión 487;

Que, asimismo, el CAATA recomendó la derogatoria del Artículo 55 de la misma norma comunitaria, por resultar innecesaria la disposición que consigna, así como para evitar ulteriores contradicciones entre éste y el resto del articulado de la misma Decisión 487; DECIDE: Artículo 1.- Modificar el texto del párrafo tercero del Artículo 1 (Definiciones) de la Decisión 487 - Garantías Marítimas (Hipoteca Naval y Privilegios Marítimos) y Embargo Preventivo de Buques, referente a la definición de Buque o Nave, de acuerdo al siguiente texto: “Buque o Nave: Toda construcción flotante apta para navegar, cualquiera que sea su tipo, clase o dimensión”.

Artículo 2.- Derogar el Artículo 55 de la Decisión 487. Artículo 3.- Facultar a la Secretaría General para que, sobre la base de lo establecido en la presente Decisión, publique un texto consolidado de la Decisión sobre Garantías Marítimas (Hipoteca Naval y Privilegios Marítimos) y Embargo Preventivo de Buques. Para nosotros la Patria es América GACETA OFICIAL 04/10/2002 Artículo 4.- La presente Decisión entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. 2.16 Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los dos días del mes de octubre del año dos mil dos.

DECISION 533 Autorización para el diferimiento del Arancel Externo Común de productos de la cadena siderúrgica LA COMISION DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: El Capítulo VI sobre el Arancel Externo Común del Acuerdo de Cartagena; la Decisión 370 de la Comisión; y las Resoluciones 60, 214, 603, 611, 625 y 634 de la Secretaría General;

CONSIDERANDO

Que el artículo 5 de la Decisión 370 sobre Arancel Externo Común establece que “los Países Miembros podrán diferir la aplicación del Arancel Externo Común (…) para atender situaciones de emergencia nacional calificadas previamente por la Secretaría General”; Que, mediante Resolución 603 de marzo de 2002, se autorizó al Gobierno de Venezuela a diferir el Arancel Externo Común, aumentándolo en 10 puntos porcentuales para productos clasificados en 104 subpartidas NANDINA, por razones de emergencia nacional.

Dichas razones se fundamentan en el hecho que existe una crisis mundial del acero debido a una sobreoferta en la cadena siderúrgica que derivó en la toma de medidas comerciales restrictivas por parte de un gran número de países productores de acero; Que, por otro lado, la Resolución 611 del 5 de abril de 2002, autorizó al Gobierno de Colombia a aumentar en diez puntos porcentuales el Arancel Externo Común relativo a los productos de la cadena siderúrgica detallados en su anexo por un período de tres meses;

Que, a solicitud del Gobierno de Venezuela y mediante Resolución 625 de junio de 2002, se prorrogó por tres meses adicionales la vigencia de la Resolución 603, resultando septiembre de 2002 como el mes en que expiraría la medida; Que, de igual forma, a solicitud del Gobierno de Colombia, mediante Resolución 634 del 1º de julio de 2002, la Secretaría General autorizó prorrogar por tres meses adicionales el diferimiento del Arancel Externo Común autorizado mediante Resolución 611;

Que la Resolución 60 sobre criterios y procedimientos sobre diferimientos por emergencia nacional establece que la Secretaría General puede prorrogar la autorización concedida para un diferimiento arancelario hasta por tres meses adicionales. Sin embargo, de subsistir la situación que dio origen a la emergencia nacional, la Resolución 60 dispone que la Secretaría General puede proponer a la Comisión las medidas que considere más apropiadas para resolverla;

Que, en el Período Ochenta y Dos Ordinario de Sesiones de la Comisión, celebrado en Lima en junio de 2002, la Delegación de Venezuela expuso las causas y posibles consecuencias de la situación de emergencia que se está viviendo en ese país, producto de la crisis mundial del acero, encontrando que el período de 6 meses, permitido como máximo por la normativa comunitaria sobre emergencia nacional, es insuficiente para neutralizar los efectos que, sobre la producción local de la cadena siderúrgica, están teniendo las medidas restrictivas adoptadas por países productores del acero.

Por ello, solicitó, al amparo del artículo 9 de la Resolución 60, la autorización para diferir el arancel de los productos de la cadena siderúrgica por un año; Que, por lo anteriormente expuesto, la Comisión instruyó a la Secretaría General preparar un Proyecto de Decisión para ser evaluado por los Países Miembros; GACETA OFICIAL 04/10/2002 3.16 tándolo hasta en 10 puntos porcentuales para los productos de la cadena siderúrgica que se detallan en el Anexo 1.

Que, mediante comunicación de fecha 28 de agosto de 2002, el Gobierno de Colombia pidió a la Secretaría General que se amplíe la propuesta de diferimiento del Arancel Externo Común de productos de la cadena siderúrgica a todos los Países Miembros; Artículo 2.- Autorizar al Gobierno de Venezuela, el diferimiento del Arancel Externo Común para los productos de la cadena siderúrgica que figuran en el Anexo 2, hasta los niveles arancelarios que allí se indican.

Que el Artículo 96 del Acuerdo de Cartagena faculta a la Comisión a modificar los niveles arancelarios comunes en la medida y en la oportunidad que considere convenientes, para adecuarlos a las necesidades de la Subregión; Artículo 3.- El diferimiento entrará en vigencia desde su publicación en la Gaceta Oficial y hasta por un período de un año. Que el Artículo 97 del Acuerdo de Cartagena dispone que la Secretaría General podrá proponer a la Comisión las medidas que considere indispensables para procurar condiciones normales de abastecimiento subregional;

Artículo 4.- Los Gobiernos de Colombia y Venezuela comunicarán a la Secretaría General las respectivas normas nacionales mediante las cuales apliquen el diferimiento autorizado en la presente Decisión. DECIDE: Artículo 1.- Autorizar al Gobierno de Colombia a diferir el Arancel Externo Común, aumen- Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los dos días del mes de octubre del año dos mil dos.

ANEXO 1 NANDINA Descripción de la NANDINA 72071100 Productos intermedios de hierro o de acero sin alear, con un contenido de carbono, inferior a 0,25%, de sección transversal cuadrada o rectangular y de anchura inferior al doble del espesor Productos intermedios de hierro o de acero sin alear, con un contenido de carbono, inferior a 0,25%, de sección transversal rectangular, excepto de anchura inferior al doble del espesor Demás productos intermedios de hierro o de acero sin alear, con un contenido de carbono, en peso, inferior a 0,25% Productos intermedios de hierro o acero sin alear, con un contenido, en peso superior o igual a 0,25% Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, con motivos en relieve, de espesor superior a 10 mm Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, con motivos en relieve, de espesor superior o igual a 4,75 mm pero inferior o igual a 10 mm Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, con motivos en relieve, de espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4,75 mm Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, con motivos en relieve, de espesor inferior a 3 mm Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, decapados, de espesor superior a 10 mm 72071200 72071900 72072000 72081010 72081020 72081030 72081040 72082510 GACETA OFICIAL 04/10/2002 4.16 NANDINA Descripción de la NANDINA 72082520 Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, decapados, de espesor superior o igual a 4,75 mm pero inferior o igual a 10 mm Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, decapados, de espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4,75 mm Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, decapados, de espesor inferior a 3 mm Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, de espesor superior a 10 mm Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, de espesor superior o igual a 4,75 mm pero inferior o igual a 10 mm Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, de espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4,75 mm Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, de espesor inferior a 3 mm Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, sin enrollar, simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, con motivos en relieve, de espesor superior a 10 mm Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, sin enrollar, simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, con motivos en relieve, de espesor superior o igual a 4,75 mm pero inferior o igual a 10 mm Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, sin enrollar, simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, con motivos en relieve, de espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4,75 mm Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, sin enrollar, simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, con motivos en relieve, de espesor inferior a 3 mm Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, sin enrollar, simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, de espesor superior a 10 mm pero inferior o igual a 12,5 mm Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, sin enrollar, simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, de espesor superior o igual a 4,75 mm pero inferior o igual a 10 mm Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, sin enrollar, simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, de espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4,75 mm Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, sin enrollar, simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, de espesor inferior a 3 mm Demás productos laminados planos de hierro o de acero, sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, sin chapar ni revestir Productos de hierro o acero sin alear, ancho 500 mm, laminado frío, enrollados, espesor 3 mm Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en frío, sin chapar ni revestir, de espesor superior a 1 mm pero inferior a 3 mm 72082600 72082700 72083600 72083700 72083800 72083900 72084010 72084020 72084030 72084040 72085120 72085200 72085300 72085400 72089000 72091500 72091600 GACETA OFICIAL 04/10/2002 5.16 NANDINA Descripción de la NANDINA 72091700 Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en frío, sin chapar ni revestir, de espesor superior o igual a 0,5 mm pero inferior o igual a 1 mm Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en frío, sin chapar ni revestir, de espesor inferior a 0,5 mm pero superior o igual a 0,25 mm Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en frío, sin chapar ni revestir, de espesor inferior a 0,25 mm Productos de hierro o acero sin alear, ancho 600 mm, laminado frío, sin enrollar, espesor 3 mm Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, sin enrollar, simplemente laminados en frío, sin chapar ni revestir, de espesor superior a 1 mm pero inferior a 3 mm Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, sin enrollar, simplemente laminados en frío, sin chapar ni revestir, de espesor superior o igual a 0,5 mm pero inferior o igual a 1 mm Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, sin enrollar, simplemente laminados en frío, sin chapar ni revestir, de espesor inferior a 0,5 mm Demás productos laminados planos de hierro o de acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, laminados en frío, sin chapar ni revestir Productos laminados de hierro o acero sin alear, ancho 600 mm, estañados, espesor 0,5 mm Productos laminados de hierro o acero sin alear, ancho 600 mm, estañados, espesor 0,5 mm Productos laminados planos de hierro o de acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, emplomados, incluidos los revestidos con una aleación de plomo y estaño Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, cincados electrolíticamente Productos laminados planos de hierro o de acero, sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, galvanizados, ondulados, excepto electrolíticamente Productos laminados planos de hierro o de acero, sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, galvanizados, sin ondular, excepto electrolíticamente Productos laminados sin alear, ancho 600 mm, revestidos de óxidos de cromo o de cromo y óxidos Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, revestidos de aleaciones de aluminio y cinc Productos laminados planos de hierro o de acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, revestidos de aleaciones de aluminio-cinc Demás productos laminados planos de hierro o de acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, pintados, barnizados o revestidos de plástico, excepto revestidos de aleaciones de aluminio-cinc Productos laminados planos de hierro o de acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, chapados o revestidos de otro modo Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, simplemente laminados en caliente, en las cuatro caras o en acanaladuras cerradas, de anchura superior a 150 mm pero inferior a 600 mm y espesor superior o igual a 4 mm, sin enrollar y sin motivos en relieve Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, simplemente laminados en caliente, de anchura inferior a 600 mm, de espesor superior o igual a 4,75 mm, sin chapar ni revestir 72091810 72091820 72092500 72092600 72092700 72092800 72099000 72101100 72101200 72102000 72103000 72104100 72104900 72105000 72106100 72107010 72107090 72109000 72111300 72111400 GACETA OFICIAL 04/10/2002 6.16 NANDINA Descripción de la NANDINA 72111900 Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura inferior a 600 mm, sin chapar ni revestir, simplemente laminados en caliente Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura inferior a 600 mm, simplemente laminados en frío, con un contenido de carbono inferior al 0,25% en peso, sin chapar ni revestir Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura inferior a 600 mm, sin chapar ni revestir, simplemente laminados en frío Demás productos planos de hierro o de acero, sin alear, de anchura inferior a 600 mm, sin chapar o revestir Productos laminados planos de hierro o de acero sin alear, de anchura inferior a 600 mm, estañados Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura inferior a 600 mm, cincados electrolíticamente Productos laminados planos de hierro o de acero sin alear, de anchura inferior a 600 mm, galvanizados de otro modo Productos laminados planos de hierro o de acero sin alear, de anchura inferior a 600 mm, pintados, barnizados o revestidos de plástico Productos laminados planos de hierro o de acero sin alear, de anchura inferior a 600 mm, pintados, barnizados o revestidos de otro modo Productos laminados planos de hierro o de acero sin alear, de anchura inferior a 600 mm, chapados Alambrón de hierro o acero sin alear, con muescas, cordones, surcos o relieves, producidos en el laminado Alambrón de acero de fácil mecanización ALAMBRON DE HIERRO O ACERO SIN ALEAR DE SECCION CIRCULAR, CON DIAMETRO INFERIOR A 14 mm, CON UN CONTENIDO DE MANGANESO DE 0,65 A 1,20% EN PESO ALAMBRON DE HIERRO O ACERO SIN ALEAR DE SECCION CIRCULAR, CON DIAMETRO INFERIOR A 14 mm, CON UN CONTENIDO DE AZUFRE MENOR DE 0,025% Y FOSFORO MENOR DE 0,025% DEMAS ALAMBRON DE HIERRO O ACERO SIN ALEAR DE SECCION CIRCULAR, CON DIAMETRO INFERIOR A 14 mm DEMAS ALAMBRON DE HIERRO O ACERO SIN ALEAR Barras de hierro o acero sin alear, forjadas, en caliente Barras de hierro o acero sin alear, con muescas, cordones, surcos o relieves, producidos en el laminado o sometidas a torsión después del laminado, en caliente BARRAS SIN ALEAR TRABAJADAS EN CALIENTE DE ACERO FACIL MECANIZACION, DE DIAMETRO INFERIOR O IGUAL A 100 mm Barras de hierro o acero sin alear, laminadas o extrudidas en caliente, así como las sometidas a torsión después del laminado, de sección transversal rectangular Demás barras de hierro o acero sin alear, laminadas o extrudidas en caliente, así como las sometidas a torsión después del laminado DEMAS BARRAS SIN ALEAR DE ACERO DE FACIL MECANIZACION, OBTENIDAS EN FRIO CON DIAMETRO INFERIOR O IGUAL A 100 mm DEMAS BARRAS DE HIERRO O ACERO SIN ALEAR, SIMPLEMENTE OBTENIDAS O ACABADAS EN FRIO, CON DIAMETRO INFERIOR O IGUAL A 100 mm DEMAS BARRAS DE HIERRO O ACERO SIN ALEAR, CON DIAMETRO INFERIOR O IGUAL A 100 mm Perfiles de hierro o de acero sin alear, en “U”, en “I” o en “H”, simplemente laminados o extrudidos en caliente, de altura inferior a 80 mm Perfiles de hierro o de acero sin alear, en “L”, simplemente laminados o extrudidos en caliente, de altura inferior a 80 mm 72112300 72112900 72119000 72121000 72122000 72123000 72124000 72125000 72126000 72131000 72132000 7213910010 7213910020 7213910090 7213990090 72141000 72142000 7214300010 7214910010 7214990010 7215100010 7215500010 7215900010 72161000 72162100 GACETA OFICIAL 04/10/2002 7.16 NANDINA Descripción de la NANDINA 72162200 Perfiles de hierro o de acero sin alear, en T, simplemente laminados o extrudidos en caliente, de altura inferior a 80 mm Perfiles de hierro o de acero sin alear, en “U” simplemente laminados o extrudidos en caliente, de altura superior o igual a 80 mm Perfiles de hierro o de acero sin alear, en “I” simplemente laminados o extrudidos en caliente, de altura superior o igual a 80 mm Perfiles de hierro o de acero sin alear, en “H” simplemente laminados o extrudidos en caliente, de altura superior o igual a 80 mm Perfiles de hierro o de acero sin alear, en “L” o en “T”, simplemente laminados o extrudidos en caliente, de altura superior o igual a 80 mm Demás perfiles de hierro o acero sin alear, simplemente laminados o extrudidos en caliente Perfiles de hierro o acero sin alear, simplemente obtenidos o acabados en frío, a partir de productos laminados planos Demás perfiles de hierro o acero sin alear, simplemente obtenidos o acabados en frío Perfiles de hierro o acero sin alear, obtenidos o acabados en frío, a partir de productos laminados planos Demás perfiles de hierro o acero sin alear Alambre de hierro o acero sin alear, sin revestir, incluso pulido Alambre de hierro o acero sin alear, cincado Alambre de hierro o acero sin alear, revestido de otro metal común Demás alambres de hierro o acero sin alear Productos laminados planos de acero inoxidable, de anchura inferior a 600 mm, simplemente laminados en caliente, de espesor inferior a 4,75 mm BARRAS SIMPLEMENTE LAMINADAS O EXTRUDIDAS EN CALIENTE, DE SECCION CIRCULAR, CON DIAMETRO INFERIOR O IGUAL A 65 mm DEMAS BARRAS SIMPLEMENTE LAMINADAS O EXTRUDIDAS EN CALIENTE CON DIAMETRO INFERIOR O IGUAL A 65 mm BARRAS DE ACERO INOXIDABLE OBTENIDAS O ACABADAS EN FRIO, CON DIAMETRO INFERIOR O IGUAL A 65 mm Demás aceros aleados en lingotes u otras formas primarias Productos intermedios de los demás aceros aleados Productos laminados planos, simplemente laminados en frío, de anchura inferior a 600 mm Productos laminados planos de los demás aceros aleados, de anchura inferior a 600 mm, cincados electrolíticamente Productos laminados planos de los demás aceros aleados, de anchura inferior a 600 mm, cincados de otro modo Demás productos laminados planos de los demás aceros aleados, de anchura inferior a 600 mm BARRAS DE ACERO SILICOMANGANESO, CON DIAMETRO INFERIOR O IGUAL A 100 mm Demás barras de los demás aceros aleados, simplemente laminadas o extrudidas en caliente Demás barras de los demás aceros aleados, simplemente forjadas DEMAS BARRAS DE DEMAS ACEROS ALEADOS, OBTENIDOS O ACABADOS EN FRIO, CON DIAMETRO INFERIOR O IGUAL A 100 mm DEMAS BARRAS DE LOS DEMAS ACEROS ALEADOS, CON DIAMETRO INFERIOR O IGUAL A 100 mm Tablestacas de hierro o de acero, incluso preparadas o hechas con elementos ensamblados Perfiles obtenidos por soldadura, de hierro o de acero 72163100 72163200 72163300 72164000 72165000 72166100 72166900 72169100 72169900 72171000 72172000 72173000 72179000 72201200 7222110010 7222190010 7222200010 72241000 72249000 72269200 72269300 72269400 72269900 7228200010 72283000 72284000 7228500010 7228600010 73011000 73012000 GACETA OFICIAL 04/10/2002 8.16 NANDINA Descripción de la NANDINA 73021000 73023000 Carriles (rieles), de fundición, hierro o acero Agujas, puntas de corazón, varillas para el mando de agujas y demás elementos para el cruce y cambio de vías, de fundición, de hierro o acero Bridas y placas de asiento, de fundición, de hierro o acero Contracarriles y cremalleras, cuñas, bridas de unión, placas y tirantes de separación y demás piezas diseñadas especialmente para la colocación, unión o fijación de carriles (rieles), de fundición, de hierro o acero Tubos y perfiles huecos, de fundición Tubos del tipo de los utilizados en oleoductos o gasoductos, sin soldadura, de hierro o de acero Tubos de perforación, del tipo de los utilizados para la extracción de petróleo o gas, sin soldadura (sin costura), de hierro o acero Tubos de entubación (“casing”) o de producción (“tubing”), del tipo de los utilizados para la extracción de petróleo o gas, sin soldadura (sin costura), de hierro o acero Tubos y perfiles huecos, sin soldadura, de hierro o de acero sin alear, estirados o laminados en frío, de sección circular Tubos y perfiles huecos, sin soldadura, de hierro o de acero sin alear, de sección circular, excepto los estirados o laminados en frío Tubos y perfiles huecos, sin soldadura, de sección circular, estirados o laminados al frío, de los demás aceros aleados Tubos y perfiles huecos, sin soldadura, de sección circular, estirados o laminados al frío, de los demás aceros aleados, excepto los estirados y laminados al frío Demás tubos y perfiles huecos, sin soldadura, de hierro o acero Tubos del tipo de los utilizados en oleoductos o gasoductos, soldados longitudinalmente con arco sumergido, de sección interior y exterior circular, de diámetro exterior superior a 406,4 mm, de hierro o acero Tubos del tipo de los utilizados en oleoductos o gasoductos, soldados longitudinalmente excepto con arco sumergido, de sección interior y exterior circular, de diámetro exterior superior a 406,4 mm, de hierro o acero Tubos del tipo de los utilizados en oleoductos o gasoductos, excepto los soldados longitudinalmente, de sección interior y exterior circular, de diámetro exterior superior a 406,4 mm, de hierro o acero Tubos de entubado del tipo de los utilizados para la extracción de petróleo o de gas, de sección interior y exterior circular, de diámetro exterior superior a 406,4 mm, de hierro o acero Demás tubos de sección circular con diámetro exterior superior a 406,4 mm, de hierro o acero, soldados longitudinalmente Demás tubos excepto soldados longitudinalmente, de sección interior y exterior circular, de diámetro exterior superior a 406,4 mm, de hierro o acero Demás tubos soldados, de sección circular con diámetro exterior superior a 406,4 mm, de hierro o acero Demás tubos del tipo de los utilizados en oleoductos y gasoductos, de hierro o acero Demás tubos de entubado o de producción del tipo de los utilizados para la extracción de petróleo o de gas, de hierro o acero Demás tubos soldados, de sección circular, de hierro o acero sin alear Demás tubos y perfiles huecos, soldados, excepto los de sección circular, de hierro o acero Demás tubos y perfiles huecos (p. ej.: soldados, remachados, grapados o con los bordes simplemente aproximados), de hierro o acero Accesorios de tuberías, de fundición no maleable, moldeados Accesorios de tuberías, de hierro o acero, excepto de fundición no maleable, moldeados Bridas de acero inoxidable 73024000 73029000 73030000 73041000 73042100 73042900 73043100 73043900 73045100 73045900 73049000 73051100 73051200 73051900 73052000 73053100 73053900 73059000 73061000 73062000 73063000 73066000 73069000 73071100 73071900 73072100 GACETA OFICIAL 04/10/2002 9.16 NANDINA Descripción de la NANDINA 73072200 73072900 73079100 73079200 73079300 73079900 73081000 73082000 73083000 73084000 73089010 Codos, curvas y manguitos, roscados, de acero inoxidable Demás accesorios de tubería, de acero inoxidable Bridas, excepto los moldeados y los de acero inoxidable Codos, curvas y manguitos, roscados, excepto los moldeados y los de acero inoxidable Accesorios para soldar a tope, excepto los moldeados y los de acero inoxidable Demás accesorios de tubería, excepto los moldeados y los de acero inoxidable Puentes y sus partes, de fundición, hierro o acero Torres y castilletes, de fundición, hierro o acero Puertas, ventanas y sus marcos, bastidores y umbrales, de fundición, hierro o acero Material de andamiaje, encofrado, apuntalado o de apeo Chapas, barras, perfiles, tubos y similares, preparados para la construcción, de fundición, hierro o acero Demás construcciones o partes de construcciones, de fundición, hierro o acero, excepto las construcciones prefabricadas de la partida 94.06 Depósitos, cisternas, cubas y recipientes similares para cualquier materia (con excepción de los de gases comprimidos o licuados), de fundición, hierro o acero, de capacidad superior a 300 l, sin dispositivos mecánicos ni térmicos, incluso con revestimiento interior o calorífugo Depósitos, barriles, tambores, cajas y recipientes similares, para cualquier materia (excepto de los gases comprimidos o licuados), de capacidad superior o igual a 50 l, de fundición, hierro o acero Cajas para cerrar por cerradura o rebordeado, de capacidad inferior a 50 l, de fundición, hierro o acero DEMAS DEPOSITOS, BARRILES, TAMBORES Y RECIPIENTES SIMILARES, DE FUNDICION, HIERRO O ACERO, DE CAPACIDAD INFERIOR A 50 l Demás recipientes para gases comprimidos o licuados, de fundición, hierro o acero Demás cables, de hierro o acero, sin aislar para electricidad Trenzas, eslingas y artículos similares, sin aislar para usos eléctricos Alambre de púas, de hierro o acero Alambre o fleje, torcidos, incluso con púas, del tipo de los utilizados para cercar, de hierro o de acero Telas metálicas tejidas, continuas o sin fin, de acero inoxidable, para máquinas Demás telas metálicas tejidas, continuas o sin fin, de hierro o acero, para máquinas Demás telas metálicas tejidas, de acero inoxidable Demás telas metálicas tejidas, de hierro o acero Enrejados de alambre soldados en los puntos de cruce, con alambre de 3 mm o más en la mayor dimensión de la sección transversal y con mallas de superficie superior o igual a 100 cm2, de hierro o de acero, excepto el inoxidable Demás redes y rejas, de hierro o acero, soldadas en los puntos de cruce, cincadas Demás redes y rejas, de hierro o acero, soldadas en los puntos de cruce Demás enrejados, galvanizados, de alambre de hierro o acero Demás enrejados, revestido de plástico, de hierro o de acero Demás enrejados, excepto los galvanizados y revestido de plástico, de hierro o de acero Chapas y bandas extendidas, de hierro o acero Cadenas de rodillos, de fundición, hierro o acero Demás cadenas de eslabones articulados, de fundición, hierro o acero Partes de cadenas de eslabones articulados, de fundición, hierro o acero Cadenas antideslizantes, de fundición, hierro o acero Cadenas de eslabones con puntales, de fundición, hierro o acero Cadenas, de eslabones soldados, de fundición, hierro o acero Demás cadenas de fundición, hierro o acero Partes para cadenas de fundición, de hierro o acero, excepto de eslabones articulados Anclas, rezones y sus partes, de fundición, de hierro o de acero 73089090 73090000 73101000 73102100 7310290090 73110090 73121090 73129000 73130010 73130090 73141200 73141300 73141400 73141900 73142000 73143100 73143900 73144100 73144200 73144900 73145000 73151100 73151200 73151900 73152000 73158100 73158200 73158900 73159000 73160000 GACETA OFICIAL 04/10/2002 10.16 NANDINA Descripción de la NANDINA 73170000 Puntas, clavos, chinchetas, grapas apuntadas, grapas onduladas o biseladas y artículos similares, de fundición, de hierro o de acero, incluso con cabeza de otras materias, con exclusión de los de cabeza de cobre Tirafondos, de fundición, hierro o acero Demás tornillos para madera, de fundición, de hierro o de acero Escarpias y armellas, roscadas, de fundición, de hierro o de acero Tornillos taladradores, de fundición, de hierro o de acero Pernos de anclaje expandibles, para concreto, de fundición, hierro o acero Demás tornillos, incluso con sus tuercas y arandelas, de fundición, de hierro o de acero Tuercas, de fundición, hierro o acero Demás artículos roscados, de fundición, hierro o acero Arandelas de muelle y las demás de seguridad, de fundición, hierro o acero Demás arandelas, de fundición, hierro o acero Remaches, de fundición, de hierro o de acero Pasadores, clavijas y chavetas, de fundición, hierro o acero Demás artículos sin roscar, de fundición, hierro o acero 73181100 73181200 73181300 73181400 73181510 73181590 73181600 73181900 73182100 73182200 73182300 73182400 73182900 ANEXO 2 NANDINA Descripción de la NANDINA 72071100 Productos intermedios de hierro o acero sin alear, con un contenido de carbono, inferior a 0,25%, de sección transversal cuadrada o rectangular y de anchura inferior al doble del espesor Productos intermedios de hierro o acero sin alear, con un contenido de carbono, inferior a 0,25%, de sección transversal rectangular, excepto de anchura inferior al doble del espesor Productos intermedios de hierro o acero sin alear, con un contenido de carbono superior o igual al 0,25% en peso Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, con motivos en relieve, de espesor superior a 10 mm Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, con motivos en relieve, de espesor superior o igual a 4,75 mm pero inferior o igual a 10 mm Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, con motivos en relieve, de espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4,75 mm Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, con motivos en relieve, de espesor inferior a 3 mm Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, decapados, de espesor superior a 10 mm Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, decapados, de espesor superior o igual a 4,75 mm pero inferior o igual a 10 mm 72071200 72072000 72081010 72081020 72081030 72081040 72082510 72082520 Nivel 20 20 20 25 25 25 25 25 25 GACETA OFICIAL 04/10/2002 NANDINA Descripción de la NANDINA 72082600 Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, decapados, de espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4,75 mm Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, decapados, de espesor inferior a 3 mm Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, de espesor superior a 10 mm Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, de espesor superior o igual a 4,75 mm pero inferior o igual a 10 mm Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, de espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4,75 mm Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, de espesor inferior a 3 mm Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, sin enrollar, simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, con motivos en relieve, de espesor superior a 10 mm Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, sin enrollar, simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, con motivos en relieve, de espesor superior o igual a 4,75 mm pero inferior o igual a 10 mm Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, sin enrollar, simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, con motivos en relieve, de espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4,75 mm Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, sin enrollar, simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, con motivos en relieve, de espesor inferior a 3 mm Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, sin enrollar, simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, de espesor superior a 10 mm pero inferior o igual a 12,5 mm Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, sin enrollar, simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, de espesor superior o igual a 4,75 mm pero inferior o igual a 10 mm Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, sin enrollar, simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, de espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4,75 mm Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, sin enrollar, simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, de espesor inferior a 3 mm Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, sin chapar ni revestir Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en frío, sin chapar ni revestir, de espesor superior a 1 mm pero inferior a 3 mm 72082700 72083600 72083700 72083800 72083900 72084010 72084020 72084030 72084040 72085120 72085200 72085300 72085400 72089000 72091600 11.16 Nivel 25 25 25 25 25 25 25 25 25 25 25 25 25 25 20 25 GACETA OFICIAL 04/10/2002 NANDINA Descripción de la NANDINA 72091700 Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en frío, sin chapar ni revestir, de espesor superior o igual a 0,5 mm pero inferior o igual a 1 mm Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en frío, sin chapar ni revestir, de espesor inferior a 0,5 mm pero superior o igual a 0,25 mm Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en frío, sin chapar ni revestir, de espesor inferior a 0,25 mm Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, sin enrollar, simplemente laminados en frío, sin chapar ni revestir, de espesor superior a 1 mm pero inferior a 3 mm Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, sin enrollar, simplemente laminados en frío, sin chapar ni revestir, de espesor superior o igual a 0,5 mm pero inferior o igual a 1 mm Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, sin enrollar, simplemente laminados en frío, sin chapar ni revestir, de espesor inferior a 0,5 mm Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, cincados electrolíticamente Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, galvanizados, ondulados, excepto electrolíticamente Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, galvanizados, sin ondular, excepto electrolíticamente Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, revestidos de aleaciones de aluminio y cinc Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, revestidos de aluminio Productos laminados planos de hierro o de acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, revestidos de aleaciones de aluminio-cinc Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, pintados, barnizados o revestidos de plástico, excepto revestidos de aleaciones de aluminio-cinc Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, chapados o revestidos de otro modo Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, simplemente laminados en caliente, en las cuatro caras o en acanaladuras cerradas, de anchura superior a 150 mm pero inferior a 600 mm y espesor superior o igual a 4 mm, sin enrollar y sin motivos en relieve Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, simplemente laminados en caliente, de anchura inferior a 600 mm, de espesor superior o igual a 4,75 mm, sin chapar ni revestir Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura inferior a 600 mm, sin chapar ni revestir, simplemente laminados en caliente Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura inferior a 600 mm, simplemente laminados en frío, con un contenido de carbono inferior al 0,25% en peso, sin chapar ni revestir Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura inferior a 600 mm, sin chapar ni revestir, simplemente laminados en frío Demás productos planos de hierro o acero sin alear, de anchura inferior a 600 mm, sin chapar o revestir Alambrón de hierro o acero sin alear, con muescas, cordones, surcos o relieves, producidos en el laminado 72091810 72091820 72092600 72092700 72092800 72103000 72104100 72104900 72106100 72106900 72107010 72107090 72109000 72111300 72111400 72111900 72112300 72112900 72119000 72131000 12.16 Nivel 25 25 20 25 25 25 20 25 25 20 20 20 20 20 30 30 30 20 20 30 30 GACETA OFICIAL 04/10/2002 NANDINA Descripción de la NANDINA 7213910010 Alambrón de hierro o acero sin alear, de sección circular con diámetro inferior a 14 mm Alambrón de hierro o acero sin alear, de sección circular con diámetro inferior a 14 mm Barras de hierro o acero sin alear, con muescas, cordones, surcos o relieves, producidos en el laminado o sometidas a torsión después del laminado, en caliente Barras de hierro o acero sin alear, laminadas o extrudidas en caliente, así como las sometidas a torsión después del laminado, de sección transversal rectangular Demás barras de hierro o acero sin alear, laminadas o extrudidas en caliente, así como las sometidas a torsión después del laminado Perfiles de hierro o acero sin alear, en “U”, en “I” o en “H”, simplemente laminados o extrudidos en caliente, de altura inferior a 80 mm Perfiles de hierro o de acero sin alear, en “L”, simplemente laminados o extrudidos en caliente, de altura inferior a 80 mm Perfiles de hierro o de acero sin alear, en “U”, simplemente laminados o extrudidos en caliente, de altura superior o igual a 80 mm Perfiles de hierro o acero sin alear, en “I”, simplemente laminados o extrudidos en caliente, de altura superior o igual a 80 mm Perfiles de hierro o acero sin alear, en “H”, simplemente laminados o extrudidos en caliente, de altura superior o igual a 80 mm Perfiles de hierro o acero sin alear, en “L” o en “T”, simplemente laminados o extrudidos en caliente, de altura superior o igual a 80 mm Alambre de hierro o acero sin alear, sin revestir, incluso pulido Alambre de hierro o acero sin alear, cincado Alambre de hierro o acero sin alear, revestido de otro metal común Demás alambres de hierro o acero sin alear Demás barras de los demás aceros aleados, simplemente laminadas o extrudidas en caliente Perfiles obtenidos por soldadura de hierro o acero Tubos del tipo de los utilizados en oleoductos o gasoductos, sin soldadura, de hierro o acero Tubos de entubación (“casing”) o de producción (“tubing”), del tipo de los utilizados para la extracción de petróleo o gas, sin soldadura (sin costura), de hierro o acero Tubos y perfiles huecos, sin soldadura, de hierro o acero sin alear, estirados o laminados en frío, de sección circular Tubos y perfiles huecos, sin soldadura, de hierro o acero sin alear, de sección circular, excepto los estirados o laminados en frío Tubos y perfiles huecos, sin soldadura, de sección circular, estirados o laminados al frío, de los demás aceros aleados Tubos y perfiles huecos, sin soldadura, de sección circular, estirados o laminados al frío, de los demás aceros aleados, excepto los estirados y laminados al frío Demás tubos y perfiles huecos, sin soldadura, de hierro o acero Tubos del tipo de los utilizados en oleoductos o gasoductos, soldados longitudinalmente con arco sumergido, de sección interior y exterior circular, de diámetro exterior superior a 406,4 mm, de hierro o acero Tubos del tipo de los utilizados en oleoductos o gasoductos, soldados longitudinalmente excepto con arco sumergido, de sección interior y exterior circular, de diámetro exterior superior a 406,4 mm, de hierro o acero 7213910090 72142000 72149100 72149900 72161000 72162100 72163100 72163200 72163300 72164000 72171000 72172000 72173000 72179000 72283000 73012000 73041000 73042900 73043100 73043900 73045100 73045900 73049000 73051100 73051200 13.16 Nivel 20 25 30 30 30 25 25 25 25 25 30 30 30 30 30 20 30 30 30 30 30 30 30 30 30 30 GACETA OFICIAL 04/10/2002 NANDINA Descripción de la NANDINA 73051900 Tubos del tipo de los utilizados en oleoductos o gasoductos, excepto los soldados longitudinalmente, de sección interior y exterior circular, de diámetro exterior superior a 406,4 mm, de hierro o acero Tubos de entubado del tipo de los utilizados para la extracción de petróleo o de gas, de sección interior y exterior circular, de diámetro exterior superior a 406,4 mm, de hierro o acero Demás tubos de sección circular con diámetro exterior superior a 406,4 mm, de hierro o acero, soldados longitudinalmente Demás tubos excepto soldados longitudinalmente, de sección interior y exterior circular, de diámetro exterior superior a 406,4 mm, de hierro o acero Demás tubos soldados, de sección circular con diámetro exterior superior a 406,4 mm, de hierro o acero Demás tubos del tipo de los utilizados en oleoductos y gasoductos, de hierro o acero Demás tubos de entubado o de producción del tipo de los utilizados para la extracción de petróleo o de gas, de hierro o acero Demás tubos soldados, de sección circular, de hierro o acero sin alear Demás tubos y perfiles huecos, soldados, excepto los de sección circular, de hierro o acero Demás tubos y perfiles huecos (p. ej.: soldados, remachados, grapados o con los bordes simplemente aproximados), de hierro o acero Codos, curvas y manguitos, roscados, de acero inoxidable Codos, curvas y manguitos, roscados, excepto los moldeados y los de acero inoxidable Puentes y sus partes, de fundición, hierro o acero Torres y castilletes, de fundición, hierro o acero Puertas, ventanas y sus marcos, bastidores y umbrales, de fundición, hierro o acero Material de andamiaje, encofrado, apuntalado o de apeo Chapas, barras, perfiles, tubos y similares, preparados para la construcción, de fundición, hierro o acero Demás construcciones o partes de construcciones, de fundición, hierro o acero, excepto las construcciones prefabricadas de la partida 94.06 Depósitos, cisternas, cubas y recipientes similares para cualquier materia (con excepción de los de gases comprimidos o licuados), de fundición, hierro o acero, de capacidad superior a 300 l, sin dispositivos mecánicos ni térmicos, incluso con revestimiento interior o calorífugo Depósitos, barriles, tambores, cajas y recipientes similares, para cualquier materia (excepto de los gases comprimidos o licuados), de capacidad superior o igual a 50 l, de fundición, hierro o acero Cajas para cerrar por cerradura o rebordeado, de capacidad inferior a 50 l, de fundición, hierro o acero Demás recipientes para gases comprimidos o licuados, de fundición, hierro o acero Demás cables, de hierro o acero, sin aislar para electricidad Trenzas, eslingas y artículos similares, de hierro o acero, sin aislar para electricidad Alambre de púas, de hierro o acero Alambre o fleje, torcidos, incluso con púas, del tipo de los utilizados para cercar, de hierro o acero Demás redes y rejas, de hierro o acero, soldadas en los puntos de cruce, cincadas 73052000 73053100 73053900 73059000 73061000 73062000 73063000 73066000 73069000 73072200 73079200 73081000 73082000 73083000 73084000 73089010 73089090 73090000 73101000 73102100 73110090 73121090 73129000 73130010 73130090 73143100 14.16 Nivel 30 30 30 30 30 30 30 30 30 30 30 30 30 30 30 30 30 30 30 30 30 30 30 30 30 30 30 GACETA OFICIAL 04/10/2002 15.16 NANDINA Descripción de la NANDINA Nivel 73143900 73144100 73144200 73144900 Demás redes y rejas, de hierro o acero, soldadas en los puntos de cruce Demás enrejados, galvanizados, de alambre de hierro o acero Demás enrejados, revestidos de plástico, de hierro o acero Demás enrejados, excepto los galvanizados y revestidos de plástico, de hierro o acero Chapas y bandas extendidas, de hierro o acero Puntas, clavos, chinchetas, grapas apuntadas, grapas onduladas o biseladas y artículos similares, de fundición, hierro o acero, incluso con cabeza de otras materias, excepto de cabeza de cobre 30 30 30 73145000 73170000 30 30 30 GACETA OFICIAL 04/10/2002 16.16 Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina - Paseo de la República 3895 - Fax (51-1) 221-3329 - Teléf. (51-1) 411-1400 - Casilla 18-1177 - Lima 18-Perú