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Artículo 40

Introducción

Circular 100 de 1995

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Con el propósito de lograr una adecuada medición y/o reporte de los riesgos de crédito, mercado, operacional, liquidez, país y tasa de interés del libro bancario, bajo estándares homogéneos, así como asignar el deterioro (en adelante provisiones), la liquidez y el capital necesario para cubrir el riesgo de mercado y operacional, la entidad debe dar cumplimiento con los lineamientos establecidos en la presente Parte.

En el ámbito de aplicación de cada riesgo se señalan las entidades que deben dar cumplimiento a las instrucciones correspondientes

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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