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Artículo 22

Como Funcionario De Policía Nacional, El Inspector De La Pesca Puede, A Más De Imponer Todas Las Penas Correccionales Para Las Cuales Es Competente La Policía, Intervenir Preventivamente Como Funcionario De Instrucción En La Investigación De Delitos Y La Aprehensión De Criminales

Decreto 1315 de 1923 · Por el cual se reglamenta la pesca de perlas

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Como funcionario de Policía Nacional, el Inspector de la Pesca puede, a más de imponer todas las penas correccionales para las cuales es competente la Policía, intervenir preventivamente como funcionario de instrucción en la investigación de delitos y la aprehensión de criminales.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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