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Artículo 16

Modifícase El Inciso Primero Del Artículo 526 Del Decreto 2685 De 1999, Con El Siguiente Artículo: “se Podrá Disponer De Las Mercancías Aprehendidas, Decomisadas O Abandonadas A Favor De La Nación Mediante La Venta, Donación, Asignación, Destrucción O La Dación En Pago”

Decreto 4434 de 2004 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2685 de 1999.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modifícase el inciso primero del artículo 526 del Decreto 2685 de 1999, con el siguiente artículo: “Se podrá disponer de las mercancías aprehendidas, decomisadas o abandonadas a favor de la Nación mediante la venta, donación, asignación, destrucción o la dación en pago”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4434 de 2004