Facúltese al Gobierno para que lleve a cabo los estudios presupuestales y análisis financieros necesarios, que permitan determinar la viabilidad de fijar una tasa para el servicio público de vigilancia de la Policía Nacional.
Una vez realizados los mismos y de acuerdo a su resultado, el Gobierno a través del Ministerio de Defensa Nacional, presentará el proyecto de ley para la creación de la tasa a la que hace referencia este artículo, con el fin de garantizar la adecuada prestación del servicio en todo el territorio nacional.