La condenación penal deja siempre a salvo los derechos que la ley civil reconoce al lesionado por el delito.
Fuera de estos derechos, en los procesos por delitos que ofendan el honor de un individuo o de una familia, se condenará al delincuente a pagar al agraviado una suma fija, que se regulará prudencialmente a solicitud de éste.