JurídicoESEN

Artículo 46

Conforme Al Decreto 3118 De 1968 El Instituto Podrá Liquidar Directamente La Cesantía De Los Trabajadores Ocasionales O Transitorios

Decreto 539 de 1969 · Por el cual se aprueban los estatutos del Instituto Colombiano de Comercio Exterior (INCOMEX)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 46. Conforme al decreto 3118 de 1968 el instituto podrá liquidar Directamente la cesantía de los trabajadores ocasionales o transitorios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 539 de 1969