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Artículo 20

La Creación, Supresión Y Fusión De Cargos Se Hará Por El Consejo Directivo A Propuesta Del Director Del Instituto Y De Acuerdo Con Las Disposiciones Legales Vigentes Y El Respectivo Estatuto Personal

Decreto 539 de 1969 · Por el cual se aprueban los estatutos del Instituto Colombiano de Comercio Exterior (INCOMEX)

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 20. La creación, supresión y fusión de cargos se hará por el Consejo directivo a propuesta del director del instituto y de acuerdo con Las disposiciones legales vigentes y el respectivo estatuto personal. Organos asesores

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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