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Artículo 1

º

Decreto 3996 de 2008 · por el cual se establece la utilización de líneas de crédito contingentes en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley 781 de 2002.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Líneas de Crédito Contingentes. Se consideran líneas de crédito contingentes los acuerdos, convenios o contratos que tienen como propósito permitir a la Nación el acceso a recursos que otorgan los organismos multilaterales y entidades financieras internacionales, en aquellos eventos en los cuales la Nación no pueda obtener recursos para financiar el Presupuesto General de la Nación en condiciones ordinarias y sean necesarios para mantener y/o restablecer la estabilidad fiscal y/o económica del país.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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