Naturaleza de las decisiones en las actuaciones administrativas relacionadas con el Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente. Para los efectos del artículo 50 del Código Contencioso Administrativo o la norma que lo sustituya, se consideran decisiones definitivas, las siguientes
La decisión que, como resultado del análisis previo concluye la actuación administrativa en la etapa de análisis previo.
La decisión sobre la inscripción en el Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente.