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Artículo 13

El Subsistema De Carrera Administrativa Es Un Proceso Automatizado Para El Registro, El Procesamiento Y La Producción De Información Sobre El Personal De Carrera Administrativa, Que Presta Sus Servicios En Las Entidades De La Rama Ejecutiva De Los Órdenes Nacional, Departamental, Distrital Y Municipal Y Sus Entes Descentralizados; Las Corporaciones Autónomas Regionales Y De Desarrollo Sostenible; Las Personerías; Las Entidades Públicas Que Conforman El Sistema General De Seguridad Social En Salud; Las Instituciones Públicas De Educación Superior, Media Vocacional, Secundaria Y Primaria, De Todos Los Niveles Sobre El Personal Administrativo; El Ministerio De Defensa Nacional, Las Fuerzas Militares Y La Policía Nacional, Sobre El Personal No Uniformado; Y Las Entidades Descentralizadas Adscritas O Vinculadas A Las Anteriores

Decreto 1571 de 1998 · por el cual se reglamenta el Título IX y los numerales 2, 4, 8 y 10 del artículo 56 de la Ley 443 de 1998.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El subsistema de carrera administrativa es un proceso automatizado para el registro, el procesamiento y la producción de información sobre el personal de carrera administrativa, que presta sus servicios en las entidades de la Rama Ejecutiva de los órdenes nacional, departamental, distrital y municipal y sus entes descentralizados; las corporaciones autónomas regionales y de desarrollo sostenible; las personerías; las entidades públicas que conforman el Sistema General de Seguridad Social en Salud; las instituciones públicas de educación superior, media vocacional, secundaria y primaria, de todos los niveles sobre el personal administrativo; el Ministerio de Defensa Nacional, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, sobre el personal no uniformado; y las entidades descentralizadas adscritas o vinculadas a las anteriores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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