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Artículo 1

Ley 25 de 1960 · Por la cual se decretan unos auxilios para obras de fomento

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para obras en el Departamento del Huila, y como aporte de los Municipios al Instituto Nacional de Fomento, auxiliase a los siguientes Municipios: Garzón (acueducto y alcantarillado)$200.000.00Palermo (acueducto y alcantarillado)50.000.00Teruel (acueducto y alcantarillado).50.000 00Iquira (alcantarillado)50.000.00Guadalupe (alcantarillado)150.000 00Tarqui (alcantarillado).100.000.000Timaná (alcantarillado)100.000 00Saladoblanco (acueducto y alcantarillado50.000.00Oporapa (acueducto)30.000 00La Jagua (acueducto)20.000.00Pital (acueducto y alcantarillado)100 000.00Palestina (acueducto)20.000.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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