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Artículo 1

Decreto 648 de 1918 · Por el cual se determina el Presupuesto especial de gastos de la Escuela Superior de Agronomía de Bogotá

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Presupuesto administrativo de la Escuela Superior de Agronomía, durante el año comprendido en el 1° de marzo de 1918 y 28 de febrero de 1919, será el siguiente:

INGRESOS

Partida 1° Del Presupuesto General de la República, artículo 568:

"Para el sostenimiento de cincuenta becas en la Escuela Superior de Agronomía de Bogotá, a $ 20 mensuales cada una, en cumplimiento de lo que disponen las Leyes 108 de 1914 y 74 de 1915, $ 10,000."

"Para dar cumplimiento a la Ley 38 de 1914 y a los artículos 1°, 2°, 3° y 4° de la Ley 75 de 1915, relativos al trabajo de las Estaciones Agronómicas, y a los artículos de la misma Ley, referentes a Granjas escuela, así:

Pasan

CAPITULO I

Cuerpo docente y administrativo

Personal del servicio domestico

Servicio de alimentación

Servicio generales

(Gastos materiales)

Servicios corrientes

Ingresos

Para el sostenimiento de cuarenta y cinco becas (Partida 568 del P.G. de la R.)

Personal docente y administrativo

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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