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Artículo 40

Por La Naturaleza De La Entidad, Por Estar Adscrita Al Ministerio De Defensa Nacional Y Por Desarrollar Actividades Que Se Relacionan Con El Servicio Público De La Seguridad Nacional, Los Empleados Públicos Y Trabajadores Oficiales Al Servicio De La Caja De Retiro De Las Fuerzas Militares No Pertenecen A La Carrera Administrativa Ni Podrán Sindicalizarse; No Obstante Lo Cual En El Escogimiento De Los Candidatos Para Integrar Dicho Personal Prevalece El Sistema De Resolución Por Meritos, Aptitudes E Integridad Moral

Decreto 528 de 1977 · Por el cual se aprueban los Estatutos de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 40. Por la naturaleza de la entidad, por estar adscrita al ministerio de defensa nacional y por desarrollar actividades que se relacionan con el servicio público de la seguridad nacional, los empleados Públicos y trabajadores oficiales al servicio de la caja de retiro de las Fuerzas militares no pertenecen a la carrera administrativa ni podrán Sindicalizarse; no obstante lo cual en el escogimiento de los candidatos Para integrar dicho personal prevalece el sistema de resolución por Meritos, aptitudes e integridad moral. CAPITULO VIII Afiliados y beneficiarios.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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