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Artículo 4

La Dirección General Del Presupuesto Público Nacional Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Efectuará Los Ajustes Necesarios En El Sistema Integrado De Información Financiera-Siif Nación Y Adecuará Los Procedimientos Correspondientes Al Registro Y Operatividad De La Información Presupuestal De La Vigencia Fiscal De 2003, Que Se Derive De La Adopción Del Presente Decreto, Incluidas Las Reservas Presupuestales Y Cuentas Por Pagar Constituidas

Decreto 2077 de 2003 · por el cual se efectúa un ajuste en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2003.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. La Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público efectuará los ajustes necesarios en el Sistema Integrado de Información Financiera-SIIF Nación y adecuará los procedimientos correspondientes al registro y operatividad de la información presupuestal de la vigencia fiscal de 2003, que se derive de la adopción del presente decreto, incluidas las reservas presupuestales y cuentas por pagar constituidas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2077 de 2003