El Tesoro Nacional costeará igualmente hasta cuarenta becas en las Escuelas de Agricultura Tropical, por el término de dos años, que se proveerán adjudicando cada año una por cada Departamento y seis por el Gobierno Nacional.
Dichas becas serán adjudicadas de la misma manera establecida en la Ley 108 de 1914 , y conforme a las disposiciones reglamentarias que haya dictado o dicte el Poder Ejecutivo.
Queda en estos términos adicionada la Ley 108 de 1914 .