Los depósitos de drogas son establecimientos comerciales destinados exclusivamente a la venta de drogas al por mayor; podrán tener Sección de Reenvase, y no les será permitido la elaboración de productos farmacéuticos.
Los depósitos de drogas que posean Sección de Reenvase para su normal funcionamiento deberán estar asistidos por un químico farmacéutico licenciado en legal ejercicio de su profesión.