A los oficiales que se retiren durante los primeros cinco años, contados desde el 1º de enero de 1926en adelante, se le deducirá por cinco años un 10 por 100 del sueldo de retiro que se les reconozca.
Las sumas que a causa de estas deducciones se obtengan ingresaran también a la Caja Especial de Sueldos de Retiro.