°. El Instituto de Aprovechamiento de Aguas y Fomento Eléctrico procederá a ceder inmediatamente a la Corporación Autónoma Regional del Cauca, como aporte de la Nación, la totalidad del interés social que tiene en la sociedad Central Hidroeléctrica del Rio Anchicaya, Limitada, sin perjuicio de que dicha empresa continúe sus proyectos de desarrollo hidroeléctrico en Anchicaya y termoeléctrico en Yumbo.
En caso de disolución de la Corporación Autónoma Regional del Cauca, los derechos que se le ceden en virtud de este artículo revertirán al Instituto de Aprovechamiento de Aguas y Fomento Eléctrico.