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Artículo 4

Decreto 1333 de 1972 · Por el cual se determina la planta de personal de la Dirección General de Navegación y Puertos del Ministerio de Obras Públicas, se adiciona el Decreto 2284 del 27 de noviembre de 1971, y se suprimen los cargos de la planta de personal de la División de Obras Hidráulicas de la Dirección General de Conservación establecida en el mismo Decreto

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo cuarto. El Gobierno podrá asignar, cuando lo estime necesario y previo cumplimiento de las formalidades del caso, Prima Técnica a las personas que ocupen los cargos de Director General II categoría 28; Jefe de División V categoría 28 de la División Técnica; jefe de División V categoría 28 del a División de Tráfico Fluvial; Jefe de División V categoría 28 de la División de Dragado, cargos dependientes de la Dirección General de Navegación y Puertos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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